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Documento BOE-A-1999-8573

Resolución de 8 de abril de 1999, de la Secretaría de Estado de Aguas y Costas, sobre delegación de facultades en materia de seguridad y salud en las obras de construcción.

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 16 de abril de 1999, páginas 14342 a 14342 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1999-8573
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1999/04/08/(2)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, introduce importantes modificaciones con respecto a la anterior regulación de esta materia, afectando a las obligaciones de los distintos sujetos intervinientes en las obras de construcción, con incidencia en los contratos en que el promotor de las obras sea una administración pública. Obligaciones que, en consecuencia, afectan a las atribuciones que como órgano de contratación corresponden a esta Secretaría de Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas.

En particular, la aparición de la figura del coordinador en materia de seguridad y salud -tanto durante la elaboración del proyecto como durante la ejecución de la obra-, así como otros aspectos que se refieren a los planes de seguridad y a la información que ha de suministrarse a las autoridades laborales, hacen necesario complementar el régimen de delegación de atribuciones contenido en la Resolución de esta Secretaría de Estado de 9 de noviembre de 1996, atendiendo a los criterios de agilidad y eficacia en la gestión de los contratos de las obras públicas.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, Esta Secretaría de Estado de Aguas y Costas ha resuelto:

Primero.-Delegar en los Directores generales de esta Secretaría de Estado, en el ámbito de sus respectivas competencias, las facultades sobre designación de los coordinadores de seguridad y aprobación de los planes de seguridad a que se refiere el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.

Segundo.-Delegar en los Subdirectores generales de los distintos órganos directivos de esta Secretaría de Estado, en razón de las funciones que tienen encomendadas, el ejercicio de la obligación de aviso a la autoridad laboral competente antes del comienzo de los trabajos, que se recoge en el artículo 18 del Real Decreto 1627/1997 anteriormente citado.

Madrid, 8 de abril de 1999.-El Secretario de Estado, Benigno Blanco Rodríguez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 08/04/1999
  • Fecha de publicación: 16/04/1999
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Disposición adicional 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1997-7878).
    • art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
  • CITA Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre (Ref. BOE-A-1997-22614).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General de Costas
  • Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas
  • Ministerio de Medio Ambiente
  • Secretaría de Estado de Aguas y Costas

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