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Documento BOE-A-1999-8728

Decreto 36/1999, de 19 de abril, del Presidente de la Junta de Comunidades, por el que se convocan elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 94, de 20 de abril de 1999, páginas 14616 a 14617 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-1999-8728
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-cm/d/1999/04/19/36

TEXTO ORIGINAL

El artículo 10.2 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha establece que «las elecciones serán convocadas por el Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en los términos previstos por la Ley que regule el Régimen Electoral General...».

La disposición adicional quinta de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, en la redacción dada por la Ley Orgánica 3/1998, de 15 de junio, establece que «En el supuesto de que en el mismo año coincidan para su celebración, en un espacio de tiempo no superior a cuatro meses, elecciones locales, elecciones a Asambleas Legislativas de Comunidades Autónomas que celebraron sus elecciones el cuarto domingo del mes de mayo de 1995, con las elecciones al Parlamento Europeo, los Decretos de convocatoria se expedirán el quincuagésimo quinto día anterior al de la fecha en que han de tener lugar las elecciones al Parlamento Europeo, en orden a asegurar la celebración simultánea. Los referidos Decretos se publicarán al día siguiente de su expedición en el "Boletín Oficial del Estado" o, en su caso, en el "Boletín Oficial" de la Comunidad Autónoma correspondiente, y entrarán en vigor el mismo día de su publicación...».

La Ley 5/1986, de 23 de diciembre, Electoral de Castilla-La Mancha, en su artículo 19, al regular los requisitos de la convocatoria, prevé que ésta se realice por Decreto del Presidente de la Junta de Comunidades y que se publique en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha», debiendo fijar el día de la votación y la fecha de la sesión constitutiva de las Cortes de Castilla-La Mancha, que tendrá lugar dentro de los veinticinco días siguientes al de la celebración de las elecciones.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1.

Se convocan elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha, que tendrán lugar el domingo 13 de junio de 1999.

Artículo 2.

El número de Diputados a elegir por cada circunscripción electoral es el siguiente: Albacete, 10; Ciudad Real, 11; Cuenca, ocho; Guadalajara, siete; Toledo, 11.

Artículo 3.

La campaña electoral tendrá una duración de quince días, comenzando a las cero horas del viernes día 28 de mayo, y finalizando a las veinticuatro horas del viernes día 11 de junio.

Artículo 4.

La sesión constitutiva de las Cortes de Castilla-La Mancha tendrá lugar el miércoles día 7 de julio de 1999, a las once horas.

Disposición final.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha».

Dado en Toledo a 19 de abril de 1999.-El Presidente, José Bono Martínez.

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 19/04/1999
  • Fecha de publicación: 20/04/1999
  • Fecha de entrada en vigor: 20/04/1999
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
  • Publicada en el DOCM núm. 23, de 20 abril de 1999.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 19 de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1987-2164).
    • art. 10.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto (Ref. BOE-A-1982-20820).
Materias
  • Castilla La Mancha
  • Elecciones autonómicas

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