Por Orden de 30 de septiembre de 1998 ("Boletín Oficial del
Estado" de 27 de octubre), se convocó concurso general para la
provisión de puestos de trabajo en los Servicios Periféricos del
organismo autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, valorados
los méritos alegados por los concursantes y previa actuación de
la Comisión de Valoración a la que hace referencia la base sexta
de la citada Orden, este Ministerio, acuerda la adjudicación de
los puestos de trabajo contenidos en la misma.
En la tramitación del presente concurso se ha procedido a la
valoración de los méritos de los participantes, tal y como prevé
el Capítulo II, artículo 39 y siguientes, del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado, y lo dispuesto en las bases de la convocatoria.
La relación completa de adjudicatarios, con el destino asignado,
se encuentra publicada en los tablones de anuncios de los
establecimientos penitenciarios, así como en el Registro Central de
la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, sito en la
calle Alcalá, número 38, de Madrid.
El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no
implica cambio de residencia, o de un mes si comporta cambio
de residencia, extremo este que deberá ser documentalmente
acreditado, o reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir
del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los
tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente Orden
en el "Boletín Oficial del Estado". Si la Orden comporta el reingreso
al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse
desde dicha publicación.
La presente Orden y los actos derivados de la misma podrán
ser impugnados en un plazo máximo de dos meses ante el órgano
jurisdiccional competente, de acuerdo con lo previsto en la Ley
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común y la Ley reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 16 de marzo de 1999.-P. D. (Orden de 30 de
noviembre de 1998), el Presidente del organismo autónomo Trabajo y
Prestaciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo.
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