La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia, por
sentencia de 12 de enero de 1999, declarada firme, condenó al
Policía del Cuerpo Nacional de Policía don Manuel García
Martínez, con documento nacional de identidad número 1.482.398,
adscrito a la plantilla de Cuart de Poblet (Valencia), como autor
de un delito de infidelidad en la custodia de documentos, además
de otras, a la pena de inhabilitación especial para su empleo de
Policía Nacional por tiempo de tres años.
Teniendo en cuenta lo que, respecto de la pena de
inhabilitación, previenen los artículos 37.1.d) de la Ley de Funcionarios
Civiles del Estado, texto articulado por Decreto 315/1964, de 7
de febrero (modificado por el artículo 105 de la Ley 13/1996,
de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del
Orden Social), y 134.1.d) del Reglamento Orgánico de la Policía
Gubernativa, aprobado por Decreto 2038/1975, de 17 de julio,
al establecer que la condición de funcionario se pierde por pena
principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para
cargo público; efecto que también prevé el vigente Código Penal
en el artículo 42,
Esta Secretaría de Estado dispone declarar la pérdida de la
condición de funcionario de don Manuel García Martínez, Policía
del Cuerpo Nacional de Policía.
Madrid, 24 de marzo de 1999.-El Secretario de Estado,
Ricardo Martí Fluxá.
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