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Documento BOE-A-1999-8904

Resolución de 5 de abril de 1999, de la Dirección General de Recursos Humanos del INSALUD, por la que se nombra a los miembros del Tribunal Central de las pruebas selectivas para acceso a plazas vacantes de Pinches.

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 21 de abril de 1999, páginas 14847 a 14847 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1999-8904

TEXTO ORIGINAL

En desarrollo de lo dispuesto en la base 5.2 de la Resolución

de 3 de diciembre de 1997, de la Dirección General de Recursos

Humanos del INSALUD, por la que se publica la convocatoria

general por la que se establecen las bases comunes que han de

regir, en régimen descentralizado por provincias, las pruebas

selectivas para la adjudicación de vacantes de diversas categorías de

personas de los grupos D y E de las Instituciones Sanitarias de

la Seguridad Social dependientes del INSALUD,

Esta Dirección General de Recursos Humanos, conforme a lo

previsto en el artículo 10.12 del Real Decreto 1893/1996,

de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de

Sanidad y Consumo, de sus organismos autónomos y del INSALUD

("Boletín Oficial del Estado" del 6), resuelve nombrar a los

miembros del Tribunal de las pruebas selectivas, tanto titulares como

suplentes:

Tribunal de Pinches

Titular:

Presidenta: Doña Isabel Mateo Cano, Cuerpo Superior de

Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.

Secretario: Don Francisco Aramburu Godínez, Cuerpo de

Gestión de la Administración de la Seguridad Social.

Vocales: Don José Luis Gimeno Pedrero, Operador de

Ordenador; doña Diana del Gallo Errea, Cocinera.

Vocal sindical: Doña Eva Martínez Montes (CC. OO).

Suplente:

Presidenta: Doña Carmen López Roa, Cuerpo de Gestión de

la Administración de la Seguridad Social.

Secretario: Don Ángel Vallejo Granizo, Cuerpo de Gestión de

la Administración de la Seguridad Social.

Vocales: Don Jesús Giráldez Blanco, Operador de Ordenador

de la Seguridad Social; doña Trinidad Martín Cuesta, Gobernanta.

Vocal sindical: Doña Eusebia Sánchez Sánchez (CSIF).

Corresponde a estos Tribunales, como responsables de la

adopción de las medidas de coordinación del desarrollo de las pruebas:

a) La aprobación de criterios y normas relativas a posibilitar

la realización simultánea de los ejercicios de la fase de oposición,

así como la determinación de la fecha de su celebración.

b) La determinación del contenido de los ejercicios de la fase

de oposición, que será único para cada categoría, así como su

corrección y calificación.

3. Ejercer la función coordinadora de todos los Tribunales

provinciales.

Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo a la autoridad que los nombró, cuando

concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el

artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ni otra causa

de abstención prevista en las bases de convocatoria.

Los aspirantes podrán recusar a los miembros de los Tribunales

cuando concurra alguna de las circunstancias aludidas en el

párrafo anterior.

Madrid, 5 de abril de 1999.-El Director general, Roberto Pérez

López.

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