Visto el expediente de indulto de don Miguel Ángel Pérez Sánchez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Algeciras, en sentencia de fecha 28 de abril de 1997, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de cuatro meses y un día de arresto mayor y multa de 500.000 pesetas, y un delito de contrabando, a la pena de un año y cuatro meses de prisión y multa de 100.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1996; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de marzo de 1999,
Vengo en indultar a don Miguel Ángel Pérez Sánchez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por el delito de contrabando, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 26 de marzo de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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