La Audiencia Provincial de La Coruña ha dictado sentencia,
declarada firme por Resolución de 17 de diciembre de 1998, en
la que se declara a don Juan Muiños González, como "autor
criminalmente responsable de un delito continuado de falsedad de
funcionario público en documentos oficiales y mercantiles como
medio para cometer un delito continuado de fraude de funcionario
público con la concurrencia en el delito de falsedad de la
circunstancia atenuante muy cualificada de haber procedido a reparar
el daño y en el delito de fraude de la circunstancia atenuante
muy cualificada analógica a la del arrepentimiento, a las penas
de veintisiete meses de prisión, seis meses de multa con cuotas
diarias de 1.000 pesetas y dos años de inhabilitación especial
para cargo administrativo en la administración tributaria con
incapacidad para obtener otro cargo análogo durante el tiempo de
la condena e inhabilitación especial para el derecho de sufragio
pasivo durante ese tiempo y a las de seis meses de arresto mayor
e inhabilitación especial para que ocupe cargos administrativos
en la administración tributaria durante seis años y un día por
el fraude con la accesoria de suspensión de derecho de sufragio
durante el tiempo de la condena".
Asimismo, se condena al señor Muiños González a indemnizar,
solidariamente con otro acusado, a la administración tributaria
en la suma de 925.000 pesetas con aplicación del artículo 921
de la LEC, debiendo contemplarse en el cálculo de intereses las
sumas consignadas por los acusados durante la tramitación de
la causa.
De conformidad con lo expuesto, esta Dirección General de
la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en uso de las
atribuciones que le están conferidas por el artículo 103 de la Ley
30/1990, de 27 de diciembre, acuerda:
Primero.-Declarar la pérdida de la condición de funcionario
de don Juan Muiños González, funcionario del Cuerpo General
Auxiliar de la Administración del Estado, especialidad
Administración Tributaria, de acuerdo con el artículo 37.1 de la Ley de
Funcionarios Civiles del Estado, de 7 de febrero de 1964, en la
redacción dada al mismo por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre,
de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Segundo.-Elevar a firme las medidas de suspensión provisional
impuestas a don Juan Muiños González, acordada por resolución
del Director de la Agencia Tributaria de 9 de abril de 1997, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 50 de la referida Ley de
Funcionarios Civiles del Estado.
Tercero.-La continuación del expediente disciplinario incoado
a don Juan Muiños González por acuerdo del Delegado de la
Agencia de La Coruña de 18 de octubre de 1996, conforme a lo
dispuesto en el artículo 19.2 del Reglamento de Régimen
Disciplinario, aprobado por Real Decreto 33/1986, de 10 de enero.
Contra la presente Resolución podrá interponerse, en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación,
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o
de Galicia, a elección del interesado.
Madrid, 31 de marzo de 1999.-El Director general, Ignacio
Ruiz-Jarabo Colomer.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid