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Documento BOE-A-1999-9386

Resolución de 7 de abril de 1999, conjunta de la Secretaría General de Comunicaciones y la Subsecretaría de Economía y Hacienda, sobre emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de Correos denominada «Deportes». 7.º Campeonato Mundial de Atletismo. Sevilla '99.

Publicado en:
«BOE» núm. 100, de 27 de abril de 1999, páginas 15518 a 15519 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1999-9386

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, se dicta la presente Resolución sobre emisión y puesta en circulación de la serie de sellos de Correos denominada «Deportes». 7.º Campeonato Mundial de Atletismo. Sevilla ’99.

En su virtud, hemos resuelto:

Primero.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá a la estampación de una serie de sellos de Correos con la denominación «Deportes». 7.º Campeonato Mundial de Atletismo. Sevilla ’99.

Segundo.

Entre los días 20 y 29 de agosto se celebrará en Sevilla el «7.º Campeonato Mundial de Atletismo». La ciudad de Sevilla está preparada para este acontecimiento deportivo internacional, el más importante de 1999, que reunirá a más de 3.000 atletas y un número equivalente de medios de comunicación de todo el mundo. Con este motivo se emitirá un sello de Correos alusivo al tema, que ha sido diseñado por el sevillano Félix Rivas.

Características técnicas:

Procedimiento de impresión: Huecograbado.

Papel: Estucado, engomado, fosforescente.

Dentado: 13 3/4.

Tamaño del sello: 28,8 × 40,9 milímetros (vertical).

Valor facial: 70 pesetas.

Efectos en pliego: 50. Tirada: 1.500.000.

Tercero.

La venta y puesta en circulación de esta emisión se iniciará el día 30 de abril de 1999.

Su distribución a los puntos de venta cesará el 31 de diciembre de 2001, no obstante lo cual, mantendrán indefinidamente su valor a efectos de franqueo, hasta que se dicte orden en contrario.

Cuarto.

De estos efectos quedarán reservadas en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre 3.500 unidades a disposición de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos, para atender los compromisos internacionales, derivados de la pertenencia a la Unión Postal Universal y de los intercambios con otras administraciones postales, así como para su incorporación a los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y para la promoción del sello español.

Otras 2.000 unidades de estos efectos serán reservadas a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, para atenciones de intercambio con los organismos emisores de otros países, integración en los fondos filatélicos del Museo de dicha Fábrica y promoción filatélica nacional e internacional.

Quinto.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado, una vez realizada la emisión. Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica, que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado de la emisión anteriormente aludida encierra gran interés histórico o didáctico, podrá ser destinado, conveniente inutilizado, a dotar el Museo de la Fábrica, el Museo Postal o cualquier otro museo de interés en la materia. En todo caso, se extenderá la correspondiente acta, tanto de la inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integren en alguno de los indicados museos.

Lo que comunicamos a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 7 de abril de 1999.‒El Secretario general de Comunicaciones, José Manuel Villar Uríbarri.‒El Subsecretario de Economía y Hacienda, Fernando Díez Moreno.

Ilmos. Sres. Consejero Director general de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos, y Presidente Director general de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

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