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Documento BOE-A-1999-9490

Orden de 5 de marzo de 1999 por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del centro de Educación Secundaria «OSCUS, Obra Social y Cultural Sopeña», sito en Badajoz.

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 28 de abril de 1999, páginas 15655 a 15656 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-9490

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia del representante legal de la

titularidad del Centro de Educación Secundaria "OSCUS, Obra Social y

Cultural Sopeña", sito en la calle Ponferrada, 3, de Badajoz, solicitando

la modificación de la autorización de apertura y funcionamiento,

Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14 del Real

Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Modificar la autorización de apertura y funcionamiento del

Centro de Educación Secundaria "OSCUS, Obra Social y Cultural Sopeña",

sito en la calle Ponferrada, 3, de Badajoz, que quedará configurado de

la siguiente forma:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: "OSCUS, Obra Social y Cultural Sopeña".

Domicilio: Calle Ponferrada, 3.

Localidad: Badajoz.

Municipio: Badajoz.

Provincia: Badajoz.

Titular: Obra Social y Cultural Sopeña.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Educación Secundaria Obligatoria: Capacidad: Número de

unidades: Cuatro. Número de puestos escolares: Ciento veinte.

b) Ciclos formativos de grado medio:

Turno diurno:

Gestión Administrativa.-Capacidad: Número de grupos: Uno. Número

de puestos escolares: Treinta.

Comercio.-Capacidad: Número de grupos: Uno. Número de puestos

escolares: Treinta.

Peluquería.-Capacidad: Número de grupos: Uno. Número de puestos

escolares: Treinta.

Estética Personal Decorativa.-Capacidad: Número de grupos: Uno.

Número de puestos escolares: Treinta.

Turno vespertino:

Peluquería.-Capacidad: Número de grupos: Uno. Número de puestos

escolares: Treinta.

c) Ciclos formativos de grado superior:

Administración y Finanzas.-Capacidad: Número de grupos: Dos.

Número de puestos escolares: Cuarenta.

Segundo.-Provisionalmente, de acuerdo con lo solicitado por el centro,

y teniendo en cuenta la identidad de aulas y de equipamiento,

exclusivamente durante el curso 1999-2000, el centro podrá impartir en horario

diurno un grupo del ciclo formativo de grado superior de Secretariado

y un grupo del ciclo formativo de grado superior de Administración y

Finanzas. Una vez concluido el citado curso escolar el centro deberá

ajustarse a la autorización concedida en la presente Orden.

Tercero.-El centro deberá cumplir la Norma Básica para la Edificación

NBE CPI/96, de Condiciones de Protección contra Incendios en los

Edificios, aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.

Cuarto.-En relación con el ciclo formativo de grado superior de

Administración y Finanzas, y con carácter previo al comienzo de las actividades

del centro, la Dirección Provincial del Departamento en Badajoz

comprobará que éste cumple con los requisitos de equipamiento que, previo

informe de la Dirección General de Formación Profesional y Promoción

Educativa, se comunicarán al mismo.

Quinto.-La Dirección Provincial del Departamento en Badajoz, previo

informe del Servicio de Inspección Técnica de Educación, deberá aprobar

la relación del profesorado con el que contará el centro, que cumplirá

los requisitos establecidos en la Orden de 23 de febrero de 1998 ("Boletín

Oficial del Estado" del 27), por la que se regulan las titulaciones mínimas

y condiciones que deben poseer los Profesores para impartir Formación

Profesional Específica en los centros privados y en determinados centros

de titularidad pública.

Sexto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia

Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la

notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los

artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 5 de marzo de 1999.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y de 17

de julio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación

Profesional, Roberto Mur Montero.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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