En el recurso contencioso-administrativo número 2.020/1995, referente al expediente de marca número 1.651.256/1, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Unilever, N. V., actuando como codemandada «Dulces Reineta, Sociedad Limitada», contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 20 de abril de 1994 y 24 de noviembre de 1995, se ha dictado, con fecha 30 de mayo de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña María Dolores de la Plata Corbacho, en nombre y representación de la entidad Unilever N. V., contra las resoluciones reflejadas en el fundamento de derecho primero, las cuales, por ser ajustadas a Derecho, confirmamos, y todo ello sin efectuar pronunciamiento alguno en cuanto a costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de noviembre de 1998.‒El Director general, José López Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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