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Documento BOE-A-1999-9683

Orden de 20 de abril de 1999 por la que se resuelve concurso específico, referencia 1E/99, convocado por Orden de 15 de diciembre de 1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 30 de abril de 1999, páginas 15968 a 15970 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1999-9683

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 15 de diciembre de 1998 ("Boletín Oficial del

Estado" de 15 de enero de 1999), correcciones de errores por

Órdenes de 18 de enero y 15 de febrero de 1999 ("Boletín Oficial

del Estado" de 27 de enero y de 26 de febrero, respectivamente),

se convocó concurso específico, referencia 1E/99 para la provisión

de puestos de trabajo vacantes en el Departamento, y de acuerdo

con lo previsto en la base décima de dicha convocatoria, así como

en el artículo 47.1 del vigente Reglamento General de Ingreso

del Personal al Servicio de la Administración General del Estado

y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional

de los Funcionarios Civiles de la Administración General del

Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en

lo que se refiere al plazo de resolución del presente concurso,

y habiéndose cumplido cuantos requisitos y procedimientos se

establecen en las bases de la convocatoria mencionada, que

recogen lo prevenido en el mencionado Reglamento General, de 10

de marzo de 1995, sobre plazo de presentación de instancias,

examen de las mismas, valoración de méritos alegados según

baremo establecido y previa propuesta elaborada por la

correspondiente Comisión de Valoración a la que hace referencia la base

octava de la citada Orden de 15 de diciembre de 1998,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Resolver la convocatoria y aprobar la propuesta de

la Comisión de Valoración de méritos, adjudicando los puestos

de trabajo que se relacionan en el anexo a los funcionarios que,

asimismo, se especifican.

Segundo.-Declarar desierto el puesto que se indica en el citado

anexo.

Tercero.-El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles,

si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes,

si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente

al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles

siguientes a la publicación de la presente Orden.

Cuarto.-Si la resolución comporta el reingreso al servicio

activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde la

publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial del Estado". No

obstante, aquellos funcionarios que hayan obtenido destino desde

la situación de servicios especiales o de excedencia para el cuidado

de hijos tendrán derecho, mientras duren las citadas situaciones,

a la reserva del nuevo destino, sin que para ello sea preciso

formalizar la toma de posesión del mismo hasta tanto se haga efectivo

el reingreso al servicio activo.

Quinto.-El personal que ha obtenido destino a través de este

concurso no podrá participar en concursos de méritos que

convoque tanto la Administración del Estado como las Comunidades

Autónomas hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma

de posesión del puesto que se les adjudique en la presente Orden,

salvo lo prevenido por el apartado 2 del artículo 41 del citado

Reglamento General.

Sexto.-Los destinos adjudicados se consideran de carácter

voluntario y, en consecuencia, no generan derecho al abono de

indemnización por concepto alguno.

Séptimo.-Contra el presente acto, que pone fin a la vía

administrativa, podrá recurrir potestativamente en reposición ante el

titular del Departamento, en el plazo de un mes, o interponer

recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente

Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de

dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de

su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", no pudiendo

interponerse este último hasta que aquél sea resuelto

expresamente o se haya producido su desestimación presunta, conforme

a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, de

modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, así como

en los artículos 9, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Madrid, 20 de abril de 1999.-P. D. (Orden de 25 de septiembre

de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el Subsecretario,

Claro José Fernández-Carnicero González.

Subdirección General de Recursos Humanos.

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