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Documento BOE-A-1999-9727

Resolución de 13 de abril de 1999, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca concurso público para la provisión de diversas plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 30 de abril de 1999, páginas 15985 a 15991 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1999-9727

TEXTO ORIGINAL

Uno.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 39.2. o

de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria;

artículo 2.4 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre,

por el que se regulan los concursos para la provisión de plazas

de los Cuerpos Docentes Universitarios, y el Real

Decreto 1427/1986, de 13 de junio, que lo modifica, y a tenor de

lo establecido en el artículo 8 de la Ley 5/1993, de 1 de julio,

del Parlamento de Andalucía, por la que se crea la Universidad

de Jaén,

Este Rectorado, en cumplimiento de los acuerdos adoptados

por la Comisión Gestora de fecha 26 de marzo de 1999, ha resuelto

convocar concurso para la provisión de las plazas docentes que

se relacionan en el anexo I de la presente Resolución.

Dos.-Estos concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley

Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria

("Boletín Oficial del Estado" de 1 de septiembre); el Real

Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado"

de 26 de octubre), por el que se regulan los concursos para la

provisión de plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios; Real

Decreto 1427/1986, de 13 de junio, sobre modificación parcial

del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, y en lo no

previsto por estas disposiciones, por la legislación vigente que

regula el régimen general de ingreso en la Administración Pública

y demás normas de general aplicación.

Tres.-La tramitación de los concursos para la provisión de

las plazas citadas será independiente para cada una de ellas,

quedando garantizados, en todo momento, la igualdad de condiciones

de los candidatos y el respeto a los principios constitucionales

de publicidad, capacidad y mérito.

Cuatro.-Para ser admitidos a los concursos, los solicitantes

deberán reunir los siguientes requisitos generales:

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de

Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea

y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación

de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en

el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. La nacionalidad

deberá poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación

de instancias.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de la Administración del Estado, autonómica,

institucional o local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas.

d) No padecer enfermedades ni defecto físico que impida el

desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de

Universidad.

La documentación que acredite reunir estas condiciones deberá

ser presentada por aquellos candidatos que hayan superado las

pruebas.

Aquellos solicitantes de nacionalidad extranjera que participen

en estos concursos en virtud de lo establecido en la Ley 17/1993,

de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de

la función publica de los nacionales de los demás Estados

miembros de la Comunidad Europea, deberán acreditar asimismo que

reúnen los requisitos generales exigidos a la totalidad de los

concursantes. Para ello deberán presentar la documentación que así

lo acredite, debidamente transcrita al idioma castellano.

Cinco.-Deberán reunir, además, las condiciones específicas

que se señalan en el artículo 4,1ó2,delReal Decreto 1888/1984,

de 26 de septiembre, según la categoría de la plaza y clase de

concurso. Los solicitantes acogidos a lo establecido en la

Ley 17/1993, de 23 de diciembre, deberán además tener

homologada su titulación por el Ministerio de Educación y Cultura,

cuando ésta haya sido expedida por Universidades no españolas.

Cuando, estando en posesión del título de Doctor, se concurse

a plaza de Catedrático de Universidad, conforme a lo previsto

en el artículo 4.1.c) del Real Decreto 1888/1984, de 26 de

septiembre, y no pertenezca a ninguno de los Cuerpos que en el

mismo se señalan, los interesados deberán acreditar haber sido

eximidos de tales requisitos dentro del plazo fijado para solicitar

la participación en el concurso.

Podrán concurrir a la plaza número 3 los Catedráticos

numerarios de Bachillerato que estén en posesión del título de Doctor,

de acuerdo con el artículo 39.4 de la Ley de Reforma Universitaria,

y que cumplan las condiciones anteriormente citadas.

Seis.-Quienes deseen tomar parte en estos concursos remitirán

la correspondiente solicitud al Rector de la Universidad de Jaén,

por cualquiera de los procedimientos establecidos en Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días hábiles, a partir

de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado", mediante instancia, según modelo del anexo II,

debidamente cumplimentada, junto con los documentos que acrediten

reunir las condiciones específicas para participar en los concursos.

De acuerdo con el artículo 5.1 del Real Decreto 1427/1986, la

concurrencia de dichos requisitos deberá estar referida siempre

a una fecha anterior a la expiración del plazo fijado para solicitar

la participación en el concurso.

Las solicitudes que se envíen por correo se presentarán en

sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de

Correos antes de su certificación, tal y como señala el artículo 38.4

de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Los aspirantes deberán justificar haber abonado en la oficina

de la Caja Rural, paraje de las Lagunillas, edificio 8, de Jaén,

en la cuenta número 0109-0200001272 a nombre de Universidad

de Jaén: Prestación de Servicios, la cantidad de 1.500 pesetas

en concepto de derechos.

Las instancias serán facilitadas en el Negociado de Información

o en el Servicio de Personal y Organización Docente de la

Universidad de Jaén, sito en el paraje de Las Lagunillas, sin número,

código postal 23071, de Jaén, y deberá presentarse una instancia

y documentación por cada plaza a la que se desee concursar.

Siete.-De acuerdo con el apartado 1 del artículo 9 del Real

Decreto 1888/1984, se adjunta modelo de currículum vitae

(anexo III). El candidato deberá presentar el currículum en el acto

de presentación del concurso.

Ocho.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, este

Rectorado, por cualquiera de los procedimientos administrativos

establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, remitirá a

todos los aspirantes la relación completa de los admitidos y

excluidos, con indicación de las causas de exclusión.

Contra la resolución aprobando la lista de admitidos y

excluidos, los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector,

en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente

al de la notificación de la lista de admitidos y excluidos.

Nueve.-El Presidente de la Comisión dictará una resolución,

que deberá ser notificada a todos los aspirantes admitidos, con

una antelación mínima de quince días naturales, para realizar el

acto de presentación de concursantes y con señalamiento del día,

hora y lugar de celebración de dicho acto, que no podrá exceder

de dos días hábiles desde la constitución de la Comisión.

Diez.-En el acto de presentación, los concursantes entregarán

al Presidente de la Comisión la documentación señalada en los

artículos 9 y 10 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre,

y Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio, en su caso, según

se trate de concurso o concurso de méritos.

El currículum vitae, proyecto docente y de investigación, en

su caso, deberán ser entregados por sextuplicado (uno para cada

miembro de la Comisión y otro para el archivo en el expediente

administrativo por parte de la Universidad).

Once.-Los candidatos propuestos para la provisión de plaza

deberán presentar, en el Servicio de Personal y Organización

Docente de la Universidad, en el plazo de quince días hábiles

siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, por

cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad, tarjeta de

identificación equivalente o pasaporte cuando se trate de

solicitantes de nacionalidad no española.

b) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni

defecto físico o psíquico para el desempeño de las funciones

correspondientes a Profesor de Universidad, expedido por la Dirección

Provincial, Consejería u organismo procedente, competentes en

materia de Sanidad.

c) Declaración jurada de no haber sido separado de la

Administración del Estado, institucional o local, ni de las

Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente

disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la

función pública.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de

carrera en activo estarán exentos de justificar tales documentos y

requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo

del que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios

y cuantas circunstancias consten en la hoja de servicios.

Doce.-En el plazo máximo de un mes, a contar desde el día

siguiente de la publicación del nombramiento en el "Boletín Oficial

del Estado", el aspirante propuesto deberá tomar posesión de su

destino, momento en que adquirirá la condición de funcionario

a todos los efectos.

Trece.-Contra la presente convocatoria, sus bases y todos los

actos administrativos que se deriven se podrá recurrir, sin perjuicio

de lo que dispone el punto octavo, en los casos y en la forma

establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 13 de abril de 1999.-El Rector, Luis Parras Guijosa.

ANEXO I

Cuerpo: Catedráticos de Universidad

Plaza número 1. Área de conocimiento: "Derecho Financiero

y Tributario". Departamento: Derecho Civil, Derecho Financiero

y Tributario. Actividad docente: Docencia propia del área. Clase

de convocatoria: Concurso de méritos. Número de plazas: Una.

Plaza número 2. Área de conocimiento: "Medicina Preventiva

y Salud Pública". Departamento: Ciencias de la Salud. Actividad

docente: Docencia e investigación propia del área. Clase de

convocatoria: Concurso de méritos. Número de plazas: Una.

Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad

Plaza número 3. Área de conocimiento: "Filología Latina".

Departamento: Lenguas y Culturas Mediterráneas. Actividad

docente: Lengua y literatura latinas. Clase de convocatoria:

Concurso de méritos. Número de plazas: Una.

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