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Documento BOE-A-1999-9858

Resolución de 26 de marzo de 1999, de la Dirección General del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO), por la que se convocan los premios IMSERSO 1999.

Publicado en:
«BOE» núm. 104, de 1 de mayo de 1999, páginas 16207 a 16210 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1999-9858

TEXTO ORIGINAL

La existencia de colectivos de población que, por sus características especiales, encuentran dificultades de diverso orden para su integración social, como son las personas con discapacidad, mayores, inmigrantes y refugiados, aconseja que, además de las normas que a este respecto dicta el Gobierno y de los servicios y acciones que lleva a cabo, se promuevan otras medidas que contribuyan, por un lado, a promocionar la investigación hacia la búsqueda de soluciones para la mejor integración social y el mayor bienestar social de estos colectivos, y, por otro, a estimular, mediante el reconocimiento público, la destacada labor que desarrollan entidades, asociaciones, empresas, profesionales, etc., en favor de la integración de estos sectores de la población, así como conseguir la atención de los medios de comunicación, al objeto de difundir y sensibilizar a toda la sociedad ante esta problemática.

Con esta finalidad se considera conveniente que el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) realice una nueva convocatoria de premios IMSERSO, con el fin de que la labor de divulgación y sensibilización, tanto en España como en países iberoamericanos, sea permanente.

En consecuencia, esta Dirección General del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, en virtud de las competencias que tiene atribuidas por el Real Decreto 1856/1979, de 30 de julio, modificado por el Real Decreto 140/1997, de 31 de enero, y en base a la experiencia recogida en anteriores convocatorias, ha resuelto:

Primero.

Convocar los premios IMSERSO 1999 para las siguientes especialidades: Premios medios de comunicación social (prensa, radio o televisión), premio de investigación, premio ayudas técnicas, premios a la integración laboral y social, premio de accesibilidad, premios de cultura (música, literatura, cine o teatro) y premio extraordinario.

Segundo.

Los premios se regirán de acuerdo con las bases que se hacen públicas como anexo I a la presente Resolución.

Tercero.

Por cada una de las especialidades se constituirá un Jurado formado por personas cualificadas en la materia, cuyo nombramiento corresponderá al Director general del IMSERSO.

Cuarto.

Los gastos producidos por esta convocatoria de premios IMSERSO 1999 se imputarán a los créditos consignados en el Programa 35.91, aplicación 226.2.1, del presupuesto de gastos y dotaciones del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales del corriente ejercicio económico.

Madrid, 26 de marzo de 1999.–El Director general, Héctor Maravall Gómez-Allende.

ANEXO I
Premios IMSERSO 1999

Bases comunes

Primera.

Se convocan los premios IMSERSO 1999 en las siguientes especialidades: Premios medios de comunicación social (prensa, radio o televisión), premio de investigación, premio de ayudas técnicas, premios a la integración laboral y social, premio de accesibilidad, premios de cultura (música, literatura, cine o teatro) y premio extraordinario.

La cuantía de cada uno de los premios se detalla en las bases específicas.

Segunda.

El tema obligado en todas y cada una de las especialidades incluidas en esta convocatoria será: La prevención, la rehabilitación, la integración social o la promoción de las personas con discapacidad, personas mayores, inmigrantes y refugiados.

Tercera.

Los concursantes deberán ser españoles o iberoamericanos.

Cuarta.

El plazo de admisión de trabajos finalizará el 30 de septiembre de 1999.

Quinta.

Los trabajos podrán remitirse por correo certificado al Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO), avenida de la Ilustración, sin número, con vuelta a Ginzo de Limia, 58, 28029 Madrid, o entregarse personalmente en el Registro General de este Instituto, planta cero, indicando en el sobre «Premios IMSERSO» y especialidad a la que concursa.

Los trabajos presentados deberán ir acompañados de:

Solicitud cumplimentada cuyo modelo figura en la convocatoria como anexo II.

Fotocopia del numero de identificación fiscal o cédula de identificación personal del concursante o representante de la asociación, colectivo o institución.

Documentos y certificados exigidos en las bases que regulan cada una de las especialidades.

Sexta.

Los trabajos pueden ser realizados en cualquier idioma de los reconocidos por la Constitución, debiendo enviar, en su caso, traducción del texto en castellano.

Séptima.

Los premios serán indivisibles, pudiendo declararse desiertos.

Octava.

No se tomarán en consideración los trabajos que hayan sido premiados en otros concursos.

No se valorarán aquellos trabajos que hayan sido realizados con financiación total o parcial del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales.

Novena.

No podrá concurrir a esta convocatoria el personal que preste servicios retribuidos en el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales.

Décima.

Los premios se otorgarán por Resolución del Director general del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, a propuesta de los Jurados nombrados al efecto, formados por expertos en las diferentes modalidades convocadas.

Undécima.

La presentación a la convocatoria supone la plena aceptación por parte del concursante de todas las bases que regulan el concurso. No serán admitidos los trabajos que no reúnan los requisitos establecidos en las mismas.

Duodécima.

El fallo será inapelable y se hará público en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su notificación personal a los interesados.

Decimotercera.

Las obras presentadas que no resulten premiadas podrán ser retiradas, dentro del plazo de tres meses a contar desde la publicación del fallo del Jurado en el «Boletín Oficial del Estado», siendo destruidas las que no sean retiradas en dicho plazo.

Premios medios de comunicación social

Primera.

Podrán optar a estos premios los artículos o reportajes, programas de radio o programas de televisión que traten sobre la problemática en España o países iberoamericanos de personas con discapacidad, personas mayores, inmigrantes y refugiados que hayan sido publicados o emitidos en revistas, diarios, emisoras de radio o cadenas de televisión de estos países.

Los artículos o reportajes de prensa, programas de radio o televisión tienen que haber sido publicados o emitidos durante el período comprendido entre el 1 de octubre de 1998 y el 30 de septiembre de 1999.

Segunda.

Los concursantes deberán presentar el siguiente material: Prensa:

a) Podrán participar con un solo artículo o con varios hasta un máximo de seis. Los artículos podrán haber sido publicados con nombre, seudónimo o sin firma. En estos dos últimos casos, el Director de la publicación deberá certificar el nombre del autor.

b) Dos ejemplares o fotocopias de cada artículo publicado, especificando los datos completos del concursante, título y fecha de publicación.

c) Autorización para la reproducción y difusión de los artículos premiados.

Radio:

a) Selección de guiones, no superior a seis, de la serie de programas emitidos. Los guiones se remitirán por duplicado.

b) Una sola copia, en cinta casete, de los programas presentados, tal como fueron emitidos.

c) Certificado del Director de la emisora en el que se acredite el título, fecha y hora de emisión y composición del equipo realizador.

d) Autorización para la utilización de los programas premiados para los fines del IMSERSO.

Televisión:

a) Una copia en vídeo, en formato VHS, sistema español.

b) Certificado del Director de la emisora, en el que se acredite el título, fecha, hora de emisión y composición del equipo realizador.

c) Declaración de que no existen problemas de reproducción de la imagen de las personas que aparezcan en los trabajos presentados, responsabilizándose de las posibles reclamaciones que por este motivo pudiesen originarse.

d) Autorización para la utilización de los programas premiados para los fines del IMSERSO.

Tercera.

Los artículos podrán ser reproducidos y difundidos a través de las revistas y publicaciones del IMSERSO, indicándose siempre los datos del autor.

Los programas de radio y televisión premiados podrán ser emitidos y difundidos en todos aquellos actos institucionales, jornadas informativas, etc., en los que intervenga el IMSERSO y que considere que su difusión pueda resultar de interés para los objetivos que tiene encomendados el Instituto.

Cuarta.

El IMSERSO y las Consejerías con competencia en temas de Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas podrán proponer al Jurado de esta especialidad la concesión del premio, aunque no se hayan presentado al concurso, a:

Profesionales de la información que hayan destacado, durante el período exigido en las bases de esta convocatoria, por su esfuerzo y labor en el tratamiento de estos temas en periódicos, revistas, agencias de prensa, emisoras de radio o cadenas de televisión.

Periódicos, revistas, programas de radio o televisión que tengan un reconocido prestigio por su destacada labor de sensibilización y difusión en el área de los servicios sociales, cuyos artículos o programas hayan sido publicados o emitidos en el período de tiempo exigido en la convocatoria.

Quinta.

Se conceden en esta especialidad los siguientes premios:

Primer premio: 1.500.000 pesetas.

Segundo premio: 1.000.000 de pesetas.

Premio de investigación

Primera.

Podrán presentarse a este premio los españoles o iberoamericanos, tanto individualmente como en equipo, así como entidades o empresas, que hayan realizado una investigación de la que resulte o pueda resultar un instrumento, servicio o plan de actuación que coopere a la integración social de las personas con discapacidad, personas mayores, inmigrantes y refugiados.

Segunda.

Los trabajos de investigación deberán versar sobre estudios sociales y económicos.

Deberán ser inéditos y con una extensión no inferior a 100 folios.

Se enviarán, por duplicado, en tamaño DIN A-4, mecanografiados a doble espacio, por una sola cara.

Los trabajos podrán venir acompañados de los gráficos, descripciones o cualquier elemento que ayude a los Jurados a la toma de sus decisiones.

Tercera.

En los trabajos de investigación figurará exclusivamente el título. Los datos identificativos del autor o autores constarán únicamente en los documentos reseñados en la base común quinta (boletín de inscripción).

Cuarta.

Los trabajos premiados de investigación podrán ser publicados y difundidos por el IMSERSO, indicando siempre los datos del autor.

Quinta.

La dotación económica de este premio será de 2.000.000 de pesetas.

Premio de ayudas técnicas

Primera.

Podrán concurrir a este premio personas físicas o jurídicas, individualmente o en equipo, así como entidades o empresas que hayan realizado o desarrollado un producto, dispositivo, sistema o servicio que sirva para mejorar la autonomía personal y calidad de vida de personas con discapacidad y mayores, facilitando su participación social, a través del acceso a la información, formación, comunicación, movilidad, empleo, vivienda, ocio y a todas las demás actividades de la vida diaria.

Segunda.

Los trabajos presentados deberán estar relacionados con uno o más de los siguientes campos:

Prevención, protección y cuidado personal.

Movilidad personal y transporte.

Tareas domésticas.

Mobiliario.

Comunicación, información y señalización.

Tiempo libre, ocio y deporte.

Vivienda y domótica.

Diseño para todos.

Adaptación de puestos de trabajo.

Tercera.

Deberán ser novedosos o suponer una clara mejora de los productos existentes. Los Jurados valorarán la creación o realización de las ayudas técnicas en las que se destaque su utilidad, creatividad, imaginación y finalidad integradora.

Cuarta.

Se deberá presentar la ayuda técnica para que se pueda evaluar. Si las dimensiones, requisitos técnicos u otras características de la ayuda técnica aconsejan o impiden su desplazamiento, se podrá presentar una maqueta a escala o un vídeo (en formato VHS sistema español) donde quede constancia de las características técnicas y sea demostrativo del funcionamiento real del producto o sistema.

Los productos, dispositivos o servicios tendrán que venir acompañados de la documentación necesaria explicativa del desarrollo, funcionamiento, características técnicas, manual de uso y toda información que facilite al Jurado la toma de decisiones.

Toda la documentación se enviará por duplicado, en tamaño DIN A4, mecanografiada a doble espacio por una sola cara.

Quinta.

En el supuesto de que se trate de una ayuda técnica ya aplicada deberá indicarse: Lugar, fecha, resultados de su evaluación y cualesquiera datos que se consideren de interés para su estudio.

Sexta.

Los trabajos premiados podrán ser difundidos por el IMSERSO, indicándose siempre los datos del/de los autor/es.

Séptima.

La dotación económica de este premio será de 1.000.000 de pesetas.

Premios de integración laboral y social

Primera.

Podrán presentarse todas aquellas empresas, entidades y asociaciones u organismos españoles o iberoamericanos que consideren haber realizado una labor relevante en favor de la integración laboral de las personas con discapacidad, inmigrantes y refugiados, o bien hayan desarrollado programas o actividades de cuyos resultados se haya logrado una mejor integración social, tanto de los colectivos anteriormente citados como de las personas mayores.

Segunda.

Los concursantes deberán remitir, por duplicado, una memoria explicativa no inferior a 25 folios, mecanografiada a doble espacio y por una cara, exponiendo la labor desarrollada dentro del tema citado.

En la memoria explicativa, sin perjuicio de que los participantes expongan otras informaciones que consideren de interés, se valorarán los siguientes datos:

Integración laboral:

Motivaciones para emprender estas acciones, descripción del centro o de las actividades, número de trabajadores, tipo de trabajo que realiza, promoción de los trabajadores, objetivos futuros.

Indicar si algún organismo oficial o entidad ha colaborado en el desarrollo de la experiencia y, en su caso, nombre del mismo.

Integración social:

Motivaciones para emprender estas acciones, duración del programa y sus objetivos, número y características de las personas beneficiadas, resultados de la integración social del grupo.

Indicar si algún organismo oficial o entidad ha colaborado en el desarrollo de la experiencia y, en su caso, nombre del mismo.

Tercera.

El Jurado de esta especialidad, en el ejercicio de sus funciones, podrá pedir asesoramiento o recabar la información complementaria que estime procedente.

Cuarta.

Las experiencias premiadas podrán ser publicadas y difundidas por el IMSERSO, indicando siempre los datos del autor.

Quinta.

Se concederán en esta especialidad los siguientes premios:

Premio integración laboral: 1.000.000 de pesetas.

Premio integración social: 1.000.000 de pesetas.

Premio de accesibilidad

Primera.

Podrán concurrir a este premio las personas físicas o jurídicas, individualmente o en equipo, así como entidades o empresas que en el período comprendido entre el 1 de octubre de 1998 y el 30 de septiembre de 1999 hayan destacado como promotores o autores en la organización, diseño y desarrollo de actuaciones que permitan la accesibilidad, plena utilización y disfrute de espacios urbanos, edificios, transportes y comunicación por parte de las personas con discapacidad.

Segunda.

Los concursantes deberán presentar el siguiente material:

Memoria explicativa, con un máximo de 15 folios, en la que se describa la intervención de que se trata y los aspectos más destacables relacionados con la accesibilidad.

Planos, textos, fotos, vídeo (en formato VHS sistema español), etc., precisos para la adecuada explicación de la actuación, en función de la naturaleza de ésta.

Toda la documentación se presentará encuadernada o encarpetada en volúmenes de formato DIN A3 o DIN A4.

Tercera.

Los trabajos premiados podrán ser publicados y difundidos por el IMSERSO, indicando siempre los datos del/ de los autor/es.

Cuarta.

El IMSERSO, las Consejerías con competencia en temas de servicios sociales de las Comunidades Autónomas y las asociaciones o instituciones de personas con discapacidad podrán, asimismo, para ser merecedoras de este premio, proponer al Jurado, para su estudio y consideración, el nombre de aquellas entidades, empresas o personas que, a su juicio, consideren reúnan requisitos suficientes, adjuntando memoria justificativa de dicha propuesta.

Quinta.

La dotación económica de este premio será de 1.000.000 de pesetas.

Premios de cultura

Primera.

Podrán optar a estos premios obras literarias, producciones musicales, películas y obras de teatro que traten sobre la problemática en España o países iberoamericanos de personas con discapacidad, mayores, inmigrantes y refugiados que hayan sido publicadas, estrenadas o puestas en escena, en estos países durante el período comprendido entre el 1 de octubre de 1998 y el 30 de septiembre de 1999.

Segunda.

Los trabajos presentados deberán contribuir de forma positiva a la sensibilización de la sociedad respecto a la problemática de estos colectivos.

Tercera.

Los concursantes deberán presentar el siguiente material:

Literatura:

a) Tres ejemplares de la obra que se presente a concurso.

b) Certificado de la editorial, indicando fecha de publicación.

c) En el supuesto que la obra haya sido publicada bajo seudónimo, el editor deberá certificar el nombre del autor.

Música:

a) Tres ejemplares en formato CD o casete de la obra musical que se presenta a concurso.

b) Certificado de la compañía discográfica, indicando fecha de publicación.

Cine:

a) Dos copias de la película presentada a concurso en vídeo, formato VHS sistema español.

b) Certificado de la productora, indicando fecha del estreno.

Teatro:

a) Dos copias del libreto y, si fuera posible, dos copias en vídeo de la escenificación de la obra en formato VHS sistema español.

b) Certificación de la fecha del estreno.

Cuarta.

El IMSERSO y las Consejerías con competencia en temas de servicios sociales de las Comunidades Autónomas podrán proponer al Jurado de esta especialidad la concesión de alguno de los premios, aunque no se hayan presentado al concurso.

Quinta.

Se concederán los siguientes premios:

Primer premio: 1.500.000 pesetas.

Segundo premio: 1.000.000 de pesetas.

Premio extraordinario Año Internacional de las Personas Mayores

Primera.

Teniendo en cuenta que el año 1999 ha sido declarado «Año Internacional de las Personas Mayores» por las Naciones Unidas, se convoca un premio extraordinario que se otorgará a las entidades, asociaciones, empresas o personas que se hayan distinguido por promover acciones o medidas a favor de los mayores.

Segunda.

Este premio extraordinario se concederá a propuesta de cualquier persona u organismo, sin que sea posible que las entidades, asociaciones, empresas o personas lo soliciten para sí mismas.

Aquellas personas u organismos que consideren que una determinada entidad, etc., es merecedora de este premio, por conocer su destacada labor, podrán dirigirse al Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) y efectuar la propuesta correspondiente, aportando una memoria explicativa en la que se recojan las acciones, medidas y toda aquella información que acredite los méritos estimados para acceder a este premio.

El IMSERSO y las Consejerías con competencia en temas de servicios sociales de las Comunidades Autónomas podrán, asimismo, proponer al Jurado, para su estudio y consideración, el nombre de aquellas entidades, asociaciones, empresas o personas que, a su juicio, consideren reúnen requisitos suficientes.

Tercera.

El Jurado del premio extraordinario analizará y valorará las actividades y logros conseguidos.

Cuarta.

La dotación económica de este premio será de 1.000.000 de pesetas.

ANEXO II
Premios IMSERSO 1999

Boletín de inscripción

Datos del participante o representante autorizado

Imagen: /datos/imagenes/disp/1999/104/09858_14332201_image1.png

Documentos que se acompañan:

Fotocopia número de identificación fiscal o cédula de identificación personal de los participantes y/o representantes.

Prensa (premio medios de comunicación):

Autorización de reproducción artículos (base segunda).

Autorización de reproducción suscrita por empresa editora o propietaria (base segunda).

Radio (premio medios de comunicación):

Certificado Director emisora (base segunda).

Autorización emisión programa (base segunda).

Televisión (premio medios de comunicación):

Certificado reproducción de imagen (base segunda).

Certificado Director emisora (base segunda).

Investigación: Autorización para su publicación (base cuarta).

Literatura (premio de cultura): Certificado del editor con identificación del autor y fecha de publicación [base tercera, b)].

Música (premio de cultura): Certificado de la compañía discográfica con fecha de publicación [base tercera, b)].

Cine (premio de cultura): Certificado de la productora indicando fecha del estreno [base tercera, b)].

Teatro (premio de cultura): Certificación de la fecha del estreno [base tercera, b)].

Ilmo. Sr. Director general del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales.

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