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Documento BOE-A-2000-10044

Orden de 19 de mayo de 2000 por la que se resuelve convocatoria del concurso específico, referencia FE1/00, para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Departamento.

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 31 de mayo de 2000, páginas 19223 a 19226 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2000-10044

TEXTO ORIGINAL

Anunciada por Orden de 14 de marzo de 2000 ("Boletín Oficial

del Estado" del 22), modificada por Orden de 31 de marzo de

2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 12 de abril), convocatoria

pública para cubrir por el sistema de concurso específico

(referencia FE1/00), puestos de trabajo vacantes en el Departamento,

de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 de la Ley

30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la

Función Pública, según redacción dada al mismo por el artículo

primero de la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la

anterior, y previo cumplimiento de las normas establecidas en

el título III, capítulo II del Reglamento General de Ingreso del

Personal al Servicio de la Administración General del Estado y

de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de

los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,

aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y de las

bases de dicha convocatoria,

Este Ministerio, en uso de las atribuciones conferidas por el

artículo 13.7 de la Ley 6/1993, de 14 de abril, de Organización

y Funcionamiento de la Administración General del Estado, ha

resuelto:

Primero.-Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración

de méritos, adjudicando los puestos de trabajo de la referida

convocatoria a los funcinarios y en los términos que se expresan en

el anexo a la presente.

Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se especifican

en el anexo, por no alcanzar en los mismos los candidatos las

puntuaciones mínimas a que se refiere la base segunda de la

convocatoria o por no haber petición alguna para cubrirlos.

Tercero.-El plazo para tomar posesión del nuevo destino será

de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del

funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o el

reingreso al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contarse a partir

del día siguiente al de cese, el cual deberá efectuarse dentro de

los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta Orden

en el "Boletín Oficial del Estado". Si la Resolución comporta el

reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá

computarse desde dicha publicación.

Cuarto.-El personal que ha obtenido destino a través de este

concurso no podrá participar en concursos de méritos que

convoque tanto la Administración del Estado como las Comunidades

Autónomas hasta que hayan transcurridos dos años desde la toma

de posesión del puesto adjudicado, salvo lo prevenido por el

apartado 2 del artículo 41 del citado Reglamento General.

Quinto.-Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo

que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiera

obtenido otro destino, bien por el sistema de libre designación

o por el de concurso, convocados por otros Departamentos o

Comunidades Autónomas. Asimismo, se considerarán de carácter

voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al cobro de

indemnización por concepto alguno.

Sexto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa (disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997,

de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado), cabe recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del

Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, con

arreglo a lo dispuesto en los artículos 9.a) y 14.2 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados desde

el día siguiente al de su publicación (artículo 46.1 de la precitada

Ley) o, potestativamente y con carácter previo, recurso

administrativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el

plazo de un mes (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según

redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 19 de mayo de 2000.-P. D. (Orden de 30 de mayo

de 1996, "Boletín Oficial del Estado" de 1 de junio), el

Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.

Subsecretaria del Departamento.

ANEXO (ver imágenes páginas 19224 a 19226).

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