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Documento BOE-A-2000-10345

Acuerdo de 30 de mayo de 2000, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se resuelve el concurso de méritos convocado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 23 de febrero de 2000, para la provisión de un puesto de trabajo en los órganos técnicos del Consejo, entre funcionarios del grupo "B" de las Administraciones Públicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 3 de junio de 2000, páginas 19627 a 19627 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2000-10345

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en los artículos 145 y 146

de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,

reformada por Ley Orgánica 16/1994, de 8 de noviembre, y como

resultado del concurso de méritos para la provisión de un puesto

de trabajo en los órganos técnicos del Consejo General del Poder

Judicial, entre funcionarios del grupo "B" de las Administraciones

Públicas, con destino en la Escuela Judicial, convocado por

acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial en su reunión

del día 23 de febrero de 2000 (publicado en el "Boletín Oficial

del Estado" número 65, de 16 de marzo de 2000),

La Comisión Permanente de este Consejo, en su reunión del

día 30 de mayo de 2000, acuerda resolver dicho concurso, por

delegación del Pleno, en los términos de la propuesta de la

Comisión de Valoración designada al efecto, adjudicando el puesto de

Jefe de Unidad de Formación Inicial, atendiendo al orden de

puntuación total obtenida, al siguiente concursante:

Don Andreu Estela Barnet, con número de Registro de Personal

5094165046A1188.

El plazo de toma de posesión en el destino obtenido será el

de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al del

cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles

siguientes a la publicación de este Acuerdo en el "Boletín Oficial del

Estado".

El funcionario nombrado quedará en la situación de servicios

especiales mientras preste sus servicios en el Consejo General

del Poder Judicial, de conformidad con lo establecido en el

artículo 146.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder

Judicial, desempeñando sus funciones durante el plazo de dos

años prorrogables por períodos anuales, de acuerdo con lo

señalado en el artículo 146.1 de la citada norma, y estará sometido

al Reglamento del Organización y Funcionamiento del Consejo.

Los concursantes no nombrados dispondrán de un plazo de

seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa

de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso

de no efectuarlo.

Contra el presente Acuerdo, que se adopta por delegación del

Pleno del Consejo, cabe recurso contencioso-administrativo ante

la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses,

contado de fecha a fecha desde su publicación en el "Boletín Oficial

del Estado".

Madrid, 30 de mayo de 2000.-El Presidente del Consejo

General del Poder Judicial,

DELGADO BARRIO

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