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Documento BOE-A-2000-10520

Decreto 97/1999, de 29 de julio, por el que se aprueba la segregación de la entidad local menor de Pueblonuevo del Guadiana para su constitución en municipio independiente del de Badajoz.

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 3 de junio de 2000, páginas 19699 a 19699 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Referencia:
BOE-A-2000-10520

TEXTO ORIGINAL

La entidad local menor de Pueblonuevo del Guadiana pretende su segregación del municipio de Badajoz para constituirse en municipio independiente, para la cual ha tramitado el correspondiente expediente con arreglo a las prescripciones de la Ley 7/1985, reguladora de las bases de Régimen Local, y de conformidad con el dictamen de la Comisión Permanente del Consejo de Estado, que en sesión celebrada el día 25 de marzo de 1999 dictaminó que procede someter a la Junta de Extremadura para su aprobación la segregación de la entidad local menor de Pueblonuevo del Guadiana para constituirse en municipio independiente del de Badajoz.

En base a lo establecido en el artículo 13 de la Ley 7/1985, reguladora de las bases de Régimen Local, y en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.5 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, a propuesta del Consejero de Presidencia y Trabajo y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de fecha 29 de julio de 1999, dispongo:

Artículo primero.

Aprobar la segregación de la entidad local menor de Pueblonuevo del Guadiana para su constitución en municipio independiente del de Badajoz, denominándose «Pueblonuevo del Guadiana».

Artículo segundo.

Los términos municipales afectados por esta segregación estarán delimitados conforme a los acuerdos adoptados por los órganos colegiados de ambas entidades locales afectadas y que obran en el expediente de su razón.

Artículo tercero.

Las estipulaciones jurídicas y económicas a que hace referencia el artículo 14.2 del Real Decreto 160/1986, de 11 de julio, serán las fijadas por los órganos colegiados de ambas entidades locales afectadas y que obran en el expediente tramitado al efecto.

Madrid, 29 de julio de 1999.–El Presidente, Juan Carlos Rodríguez Ibarra.–El Consejero de Presidencia y Trabajo, Victorino Mayoral Cortés.

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