En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta
Universidad, aprobados por Real Decreto 1287/1985, de 26 de junio
("Boletín Oficial del Estado" de 31 de julio), y con el fin de atender
las necesidades de personal funcionario de Administración y
Servicios,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas por el artículo 18 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25
de agosto, de Reforma Universitaria, en relación con el
artículo 3.e) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta
Universidad, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso
en la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Nacional
de Educación a Distancia, con sujeción a las siguientes
Bases
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir diez plazas
de la Escala de Gestión Universitaria de la UNED por los sistemas
de promoción interna y general de acceso libre.
Siete de las plazas convocadas quedan reservadas al sistema
de promoción interna, adjudicándose las tres restantes por el
sistema general de acceso libre.
Las plazas sin cubrir reservadas al sistema de promoción interna
se acumularán al sistema general de acceso libre.
1.2 Se reservará una plaza en cada uno de los sistemas de
promoción interna y general de acceso libre para ser cubiertas
por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o
superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional
decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, modificada parcialmente
por la Ley 23/1988.
Las plazas sin cubrir del cupo de reserva de discapacitados
se incorporarán a las generales del sistema correspondiente.
1.3 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos
sistemas.
1.4 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28
de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín
Oficial del Estado" de 10 de abril), por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo
y de Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado; el Real Decreto 1287/1985,
de 26 de junio, por el que se aprueban los Estatutos de la
Universidad, y lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.5 El procedimiento de selección constará, para el
sistema general de acceso libre, de una fase de oposición y para el
sistema de promoción interna de una fase de oposición y una
fase de concurso, con las pruebas, puntuaciones y valoraciones
que se especifican en la base 6.
1.6 El programa que ha de regir la fase de oposición es el
que figura en el anexo I de esta convocatoria.
1.7 El primer ejercicio de la oposición se celebrará a partir
deí día 1 de octubre del presente año, determinándose en la
Resolución a que se refiere la base 4.1 los lugares y fecha de su
realización.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español, ostentar la condición de nacional de un Estado
miembro de la Unión Europea, u ostentar el derecho a la libre
circulación de trabajadores conforme al Tratado de la Unión
Europea.
b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.
c) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario,
Ingeniero o Arquitecto Técnico o equivalente.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones.
2.2 Si se trata de aspirantes a las plazas reservadas a personas
afectadas de minusvalías, deberán presentar una discapacidad de
grado igual o superior al 33 por 100.
2.3 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno
de promoción interna deberán pertenecer a la Escala
Administrativa de la UNED, o a un Cuerpo o Escala adscrito al
grupo C del artículo 25 de la Ley 30/1984 y tener destino definitivo
en la UNED, así como poseer una antigüedad de al menos dos
años en aquel Cuerpo o Escala y reunir los demás requisitos.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, en
alguno de los Cuerpos o Escalas anteriormente citados, serán
computables a efectos de antigüedad para participar por
promoción interna en estas pruebas selectivas.
2.4 Todos los requisitos enumerados en esta base deberán
poseerse en el último día del plazo de presentación de solicitudes
y mantenerse hasta el momento de toma de posesión como
funcionario de carrera de la Escala de Gestión Universitaria de
la UNED.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar mediante instancia en el modelo que se
facilitará en las Unidades de Información de la Universidad
Nacional de Educación a Distancia, sitas en la calle Bravo Murillo,
número 38, Pabellón de Gobierno (Ciudad Universitaria, sin número),
y en la calle Senda del Rey, sin número (Puente de los Franceses).
3.2 Los aspirantes acompañarán a su solicitud una fotocopia
del documento nacional de identidad.
3.3 En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes
tendrán en cuenta lo siguiente:
a) Las solicitudes se dirigirán al magnífico y excelentísimo
señor Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia,
en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente
a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de esta
convocatoria.
b) La presentación de solicitudes podrá realizarse en el
Registro General de la Universidad Nacional de Educación a Distancia
o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.
c) Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas para los
aspirantes por el sistema general de acceso libre, y de 1.500
pesetas para los aspirantes por el sistema de promoción interna.
Los derechos de examen se ingresarán en la "Cuenta
restringida de la Universidad Nacional de Educación a Distancia",
número 1302-01109-17-0018626248, abierta en la Caja Postal (calle
Santa Engracia, número 179, 28003 Madrid), realizando el ingreso
en concepto de "Pruebas selectivas para el ingreso en la Escala
de Gestión Universitaria". En la solicitud de participación deberá
figurar el sello de la entidad bancaria o Caja de Ahorros a través
de la cual se realiza el ingreso en la cuenta indicada.
En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de
la solicitud.
La no acreditación del pago de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
Ello no obstante, estarán exentos del pago de los derechos
de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33
por 100, así como quienes figurasen como demandantes de empleo
durante un mes, como mínimo, antes de la fecha de esta
convocatoria, siempre y cuando carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional y no hubieran
rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a
participar en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales. La certificación relativa a la condición de
demandante de empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará
de la correspondiente oficina del INEM. En cuanto a la acreditación
de las rentas, se realizará con una declaración jurada o promesa
escrita del aspirante. Ambos documentos deberán acompañarse
a la instancia de participación.
3.4 Los aspirantes deberán observar las siguientes
instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:
a) En el recuadro de la solicitud destinado a Cuerpo o Escala,
los aspirantes harán constar "Escala de Gestión Universitaria de
la UNED".
b) En el recuadro destinado para forma de acceso se
consignará la letra "P" en el caso de aspirantes por el sistema de
promoción interna, o "L" si se trata de aspirantes del sistema
general de acceso libre.
c) Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior
al 33 por 100, que deseen participar en las pruebas selectivas
por el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en
el recuadro 8 de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles
adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, utilizando para ello
el recuadro 9.
3.5 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar
su modificación mediante escrito motivado.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el
Rector de la Universidad dictará Resolución en virtud de la cual se
declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes
admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta Resolución,
que será publicada en el "Boletín Oficial del Estado", junto con
la relación de los aspirantes excluidos, figurará la fecha y lugar
de celebración del primer ejercicio, así como los centros donde
estará expuesta la lista certificada completa de aspirantes
admitidos.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días, contados a partir del siguiente al de la publicación en el
"Boletin Oficial del Estado" de la Resolución aludida en la
base 4.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la
exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los
aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su
derecho a ser incluidos en la relación de admitidos serán
definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto
de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma,
los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que
no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además
que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.
4.3 La Resolución que eleve a definitivas las listas de
admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y contra la
misma se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante
el excelentísimo y magnífico señor Rector de esta Universidad,
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su
publicación, o recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a su publicación.
5. Tribunal calificador
5.1 El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas
estará formado por los miembros que figuran en el anexo II de
estas bases. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.2
del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones
por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría segunda.
5.2 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen
pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración
en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo
aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado
personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará
bajo la dirección del Tribunal calificador.
5.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, cuando concurran en ellos alguna de las
circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieren
realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas
de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta
convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros del
Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las
circunstancias de abstención o recusación.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas
en el párrafo anterior.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con la asistencia de éste y del Secretario o, en su caso,
de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros.
Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima
de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase
de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones
que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar
válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus
miembros, titulares o suplentes, y, en todo caso, la del Secretario
y Presidente (titular o suplente).
5.6 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas precisas
para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que no
hayan de ser leídos públicamente por los aspirantes sean
corregidos sin que se conozca la identidad de éstos.
5.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Servicio de Personal de la Universidad
Nacional de Educación a Distancia (Bravo Murillo, número 38,
28015 Madrid, teléfono 91 398 74 65).
5.8 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes que de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
5.9 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá
las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así
como la actuación que proceda en los casos no previstos. En todo
momento, su actuación se ajustará a lo dispuesto en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.10 Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal
que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión,
los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el
magnífico y excelentísimo señor Rector de la Universidad Nacional
de Educación a Distancia en el plazo de un mes.
6. Procedimiento de selección
6.1 Sistema general de acceso libre.
El procedimiento de selección para los aspirantes por el sistema
general de acceso libre será el de oposición, que estará formada
por tres ejercicios, todos ellos eliminatorios:
a) Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario
de cien preguntas con respuestas múltiples, de las que sólo una
será la correcta, basado en el contenido del programa que figura
en el anexo I.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de noventa minutos.
b) Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de tres
supuestos prácticos propuestos por el Tribunal, relacionados,
respectivamente, con los contenidos de las materias de Derecho
Administrativo General, Administración de Recursos Humanos, Gestión
Financiera y Gestión Universitaria que figuran en el programa
publicado como anexo I a esta convocatoria.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de dos horas y treinta minutos.
c) Tercer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de
dos temas, elegidos de entre tres propuestos por el Tribunal, de
carácter general, sobre las materias del programa que figura como
anexo I de esta convocatoria.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de tres horas. El ejercicio será leído ante el Tribunal, por cada
opositor, en sesión pública.
d) Calificación de los ejercicios.
Los ejercicios se valorarán de cero a cincuenta puntos cada
uno.
El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar
cada uno de los ejercicios. En los tres ejercicios las puntuaciones
mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones
transformadas que se deriven de los baremos que fije el Tribunal.
Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente.
6.2 Sistema de promoción interna.
El procedimiento de selección para los aspirantes por el sistema
de promoción interna constará de las fases de oposición y de
concurso.
6.2.1 Fase de oposición: La fase de oposición estará formada
por dos ejercicios, ambos eliminatorios:
a) Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario
de setenta y cinco preguntas con respuestas múltiples, de las que
sólo una será la correcta, basado en el contenido de las materias
de Derecho Administrativo General, Administración de Recursos
Humanos, Gestión Financiera y Gestión Universitaria, que figuran
en el programa publicado como anexo I a esta convocatoria.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de setenta minutos.
b) Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito
de dos temas, elegidos de entre tres propuestos por el Tribunal,
de carácter general, sobre las materias de Derecho Administrativo
General, Administración de Recursos Humanos, Gestión
Financiera y Gestión Universitaria, que figuran en el programa publicado
como anexo I a esta convocatoria.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de tres horas. El ejercicio será leído ante el Tribunal, por cada
opositor, en sesión pública.
c) Calificación de los ejercicios:
Ambos ejercicios se calificarán de cero a cincuenta puntos.
El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar
cada uno de los ejercicios. En ambos ejercicios las puntuaciones
mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones
transformadas que se deriven de los baremos que fije el Tribunal.
Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente.
6.2.2 Fase de concurso: En la fase de concurso se valorarán
los méritos, referidos a la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias para participar en esta convocatoria, de
los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición de
conformidad con el siguiente baremo:
a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o
Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, se valorará teniendo en cuenta los servicios
prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de
diciembre, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una
puntuación de 1 punto hasta un máximo de 20 puntos.
b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que
se tenga consolidado, se otorgará la siguiente puntuación:
Hasta el grado 16: 4 puntos.
Grados 17 y 18: 6 puntos.
Grados 19 y 20: 8 puntos.
Grados 21 y 22: 10 puntos.
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de
destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe, se
otorgará la siguiente puntuación:
Hasta el nivel 16: 4 puntos.
Nivel 17 y 18: 6 puntos.
Nivel 19 y 20: 8 puntos.
Nivel 21 y 22: 10 puntos.
La valoración del nivel de complemento de destino corresponde
al puesto desempeñado como funcionario del grupo C.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser
modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia
de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios en comisión de servicio se les valorará el
nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los
funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel
correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo
tuvieran, el nivel mínimo del grupo C.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de
excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del
puesto reservado y a los funcionarios en la situación de servicios
especiales con derecho a reserva de puesto, el nivel del puesto
de trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso.
d) Formación: Los cursos de formación o perfeccionamiento
que versen sobre materias directamente relacionadas con los
cometidos propios de los Cuerpos o Escalas desde los que se accede
o de la Escala a que se pretende acceder, organizados por la UNED,
el INAP u otros organismos de la Administración Pública, 1 punto
por curso, hasta un máximo de 5.
7. Calendario y desarrollo de los ejercicios de la fase de oposición
7.1 Los ejercicios de la fase de oposición de estas pruebas
selectivas se celebrarán en Madrid.
7.2 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará
a partir del día 1 de octubre de 2000, publicándose en el "Boletín
Oficial del Estado" en la misma Resolución a que se refiere la
base 4.1, el lugar, fecha y hora de su celebración.
El anuncio de celebración del segundo y tercer ejercicio no
será objeto de publicación en el "Boletín Oficial del Estado" y
se efectuará a través de la Resolución del Tribunal calificador
en la que se haga pública la relación de aprobados del ejercicio
anterior.
7.3 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "B" de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública de 23 de febrero de 2000 ("Boletín
Oficial del Estado" de 3 de marzo), por la que se publica el resultado
del sorteo celebrado el día 16 de febrero.
7.4 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por el Tribunal para que acrediten su identidad.
7.5 Los aspirantes serán convocados para la realización de
cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la fase
de oposición quienes no comparezcan.
7.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la
presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá
su exclusión al magnífico y excelentísimo señor Rector, dando
traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades formuladas
por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas
a los efectos procedentes.
7.7 Corresponderá al Tribunal la verificación y apreciación
de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los
ejercicios, adoptando al respecto las decisiones que estime
pertinentes.
8. Listas de aprobados y valoración de méritos de la fase
de concurso
8.1 Una vez realizado cada uno de los ejercicios de la fase
oposición, el Tribunal hará pública en el lugar o lugares de
celebración de éstos, en la sede del Tribunal y en aquellos otros que
estime oportunos, la relación de aspirantes que lo hayan superado.
Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación
correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos,
siendo eliminados del proceso selectivo.
8.2 Publicada la relación de aprobados en el segundo ejercicio
de la fase de oposición por el sistema de promoción interna, los
aspirantes que lo hayan superado dispondrán de un plazo
improrrogable de veinte días naturales, a contar desde el siguiente
al que se haga pública dicha relación, para presentar en el Registro
General de la Universidad los documentos acreditativos de los
méritos referidos en la base 6.2.2.
La documentación acreditativa de los méritos deberá
presentarse precedida de la carátula que se publica como anexo III a
esta convocatoria, que servirá como identificativo de la
documentación que cada aspirante entregue.
Los méritos incluidos en las letras a), b) y c) de la base 6.2.2
se acreditarán con certificación expedida por el Servicio de
Personal de la UNED en el modelo que figura como anexo IV. Los
méritos incluidos en la letra d) de la misma base serán acreditados
mediante la aportación por los aspirantes de copia compulsada
de los documentos que estén oficialmente establecidos a tal fin.
La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos
acreditativos de los méritos determinará la no valoración al
aspirante de la fase de concurso.
8.3 Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública,
en la sede del Tribunal (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid), la
relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes,
con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno
de los méritos objeto de la valoración.
8.4 Finalizadas ambas fases, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo de acceso
a las plazas convocadas por el sistema de promoción interna y
por el sistema general de acceso libre. En esta lista los aspirantes
aparecerán, dentro de cada sistema, ordenados por la puntuación
total obtenida en el proceso y, asimismo, figurarán las
puntuaciones totales obtenidas en cada fase. En caso de empate, se
resolverá a favor de quien más puntuación hubiera obtenido en la fase
de concurso y, de persistir la igualdad, a favor de quien más
puntuación hubiera obtenido en el mérito que aparece relacionado
en primer lugar, y así sucesivamente con los siguientes méritos.
Si persistiera la igualdad, se resolverá a favor de quien más
puntuación hubiera obtenido en el tercero, segundo y primer ejercicio
de la fase de oposición, por ese orden. Finalmente, y de resultar
necesario, el Tribunal efectuará un sorteo entre los aspirantes
igualados.
En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas
que el de plazas convocadas en cada sistema, siendo nula de pleno
derecho cualquier relación de aprobados cuyo número supere al
de plazas convocadas. La motivación de dicha lista, en cuanto
acto administrativo emanado de la discrecionalidad técnica del
Tribunal, y que pone fin al proceso selectivo, estará referida al
cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la
convocatoria.
8.5 El Tribunal elevará, finalmente, al magnífico y
excelentísimo señor Rector la correspondiente propuesta de
nombramiento como funcionarios de carrera a favor de los aspirantes que
han superado el proceso selectivo. El Rectorado hará pública en
el "Boletín Oficial del Estado" la relación de aspirantes que han
superado el proceso selectivo.
9. Presentación de documentos, elección de plazas
y nombramiento de funcionaríos de carrera
9.l En el plazo de veinte días naturales, contados desde el
siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de
la lista de aprobados en el proceso selectivo, los aspirantes deberán
presentar en el Servicio de Personal de la UNED aquellos
documentos que acrediten las condiciones y requisitos exigidos para
el acceso a la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad
Nacional de Educación a Distancia, a excepción de aquellos que
obren ya en poder del citado Servicio como consecuencia de la
aportación realizada para su anterior nombramiento como
funcionario de carrera. Estos documentos deberán ser aportados
mediante copia compulsada o, en caso contrario, acompañada
de los originales para su comprobación y posterior compulsa.
Asimismo y dentro del citado plazo deberá entregarse, debidamente
cumplimentada, la declaración jurada que figura como anexo V
a esta convocatoria.
9.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos que
se indican en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios
de carrera, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio
de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en
la solicitud inicial.
9.3 La petición de destinos por parte de los aspirantes
aprobados deberá realizarse ante el Rectorado de la Universidad, previa
oferta de los mismos.
Los aspirantes procedentes del sistema de promoción interna
tendrán preferencia para la elección de destinos respecto a los
aspirantes seleccionados por el sistema general de acceso libre.
Dentro de cada sistema, la elección se efectuará por el orden
de puntuación obtenido en el conjunto de las pruebas selectivas,
determinado conforme a lo previsto en la base 8.4.
Los aspirantes seleccionados por el sistema de promoción
interna podrán solicitar que se les adjudique el puesto que vinieran
desempeñando en la UNED con destino definitivo como
funcionarios de carrera, siempre que se cumplan los requisitos
establecidos en la relación de puestos de trabajo. En este caso,
quedarán excluidos del procedimiento de adjudicación de destinos
por el orden obtenido en el proceso selectivo.
9.4 Por la autoridad convocante se procederá al
nombramiento de funcionarios de carrera mediante Resolución que será
publicada en el "Boletín Oficial del Estado" con indicación de los
destinos adjudicados.
9.5 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será
efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de
publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
10. Normas finales
10.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las
presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta
convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio
de las reclamaciones o recursos pertinentes. El Tribunal se halla
facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo
no previsto en las bases, así como para la adopción de los acuerdos
necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.
10.2 Contra la presente Resolución, que agota la vía
administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición
ante el excelentísimo y magnífico señor Rector de esta Universidad,
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su
publicación, o recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a su publicación.
Madrid, 17 de mayo de 2000.-El Rector, Jaime Montalvo
Correa.
ANEXO I
Programa
I. Organización del Estado y de la Administración Pública
1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.
La reforma de la Constitución.
2. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y
suspensión.
3. El Tribunal Constitucional. Organización, composición y
atribuciones.
4. Órganos dependientes de las Cortes Generales: El Tribunal
de Cuentas y el Defensor del Pueblo.
5. La Jefatura del Estado: La Corona. Funciones
constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.
6. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del
Congreso de los Diputados y del Senado.
7. El Gobierno y las Administraciones. Relaciones entre el
Gobierno y las Cortes Generales. Designación, causas de cese
y responsabilidad.
8. El Poder Judicial. El principio de unidad jurisdiccional.
El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El
Ministerio Fiscal. La organización judicial española.
9. La Administración General del Estado. Órganos centrales.
El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.
Los Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios generales.
Secretarios generales Técnicos. Directores generales.
Subdirectores generales. Los Servicios comunes de los Ministerios.
10. La Administración General del Estado. Órganos
territoriales. Los Delegados del Gobierno. Los Subdelegados del
Gobierno en las provincias. Los Directores insulares. La Administración
única o común.
11. Los organismos públicos. Creación, modificación y
extinción. Los organismos autónomos. Las entidades públicas
empresariales. La Administración consultiva: El Consejo de Estado.
12. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de
Autonomía. Naturaleza y tipología. Órganos y funciones.
13. La delimitación de competencias entre el Estado y las
Comunidades en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía.
Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas.
14. La organización política y la administración en las
Comunidades Autónomas.
15. La Administración Local: La provincia y el municipio.
Otras entidades de la Administración Local.
II. Comunidades Europeas
1. Las Comunidades Europeas: Antecedentes. Objetivos y
naturaleza jurídica de las Comunidades. Los Tratados originarios
y modificativos.
2. Las Instituciones de las Comunidades: El Parlamento
Europeo, el Consejo, la Comisión y el Tribunal de Justicia.
Composición y funciones. El Consejo Europeo.
3. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Derecho
originario y Derecho derivado. Otras fuentes. Las relaciones entre
el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados
miembros.
4. El mercado interior común. La libre circulación de
mercancías. La libre circulación de trabajadores. La libertad de
establecimiento y la libre prestación de servicios. La libre circulación
de capitales.
5. La Unión Económica y Monetaria. El proceso de
convergencia. El euro. El Banco Central Europeo. El programa de
estabilidad.
III. Derecho Administrativo General
1. Las fuentes del Derecho Administrativo. Concepto. Clases
de fuentes. La jerarquía de las fuentes. La ley. Tipos de leyes.
Reserva de ley. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley:
Decreto-ley y Decreto-legislativo.
2. El Reglamento: Concepto, clases y límites. La costumbre.
Los principios generales del Derecho. Los Tratados
Internacionales. El Derecho Comunitario Europeo.
3. El acto administrativo: Conceptos, clases y elementos.
Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y
notificación. Revisión, anulación y revocación.
4. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio
de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras
alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos
administrativos.
5. Tipos de contratos: Obras, gestión de servicios públicos,
suministro, consultoría y asistencia técnica, servicios y trabajos
específicos y concretos no habituales de la Administración.
6. La expropiación forzosa: Concepto, naturaleza y
elementos. Procedimiento general de expropiación. Garantías
jurisdiccionales. Idea general de los procedimientos especiales.
7. Los bienes de la Administración. El dominio público y los
bienes patrimoniales: Concepto, naturaleza y régimen jurídico.
8. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones
Públicas: Régimen vigente y procedimiento.
9. El procedimiento administrativo: Concepto, naturaleza y
caracterización. Procedimiento administrativo común y su alcance.
La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común: Planteamiento general
y principios rectores.
10. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. Las garantías en el desarrollo del
procedimiento.
11. Disposiciones generales sobre los procedimientos
administrativos. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del
procedimiento. La obligación de resolver. El silencio
administrativo.
12. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de
oficio. Los recursos administrativos. Las reclamaciones previas
a las vías judiciales civil y laboral.
13. El procedimiento económico-administrativo: Materias
impugnables, interesados, actos impugnables y extensión de la
revisión. Suspensión del acto impugnado. El procedimiento en
única o primera instancia. Los recursos de alzada y revisión.
14. El recurso contencioso-administrativo. Organización
jurisdiccional. Las partes, capacidad, legitimación y postulación.
Actos impugnables. Fases del proceso. La sentencia.
IV. Administración de recursos humanos
1. El personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Estructura actual de la función pública en España.
2. Los funcionarios públicos: Concepto y clases. Planes de
empleo, oferta de empleo público y relaciones de puestos de
trabajo.
3. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. La
selección de los funcionarios: Convocatorias y proceso selectivo.
4. Situaciones de los funcionarios. Supuestos y efectos de
cada una de ellas.
5. Provisión de puestos de trabajo en la función pública.
Carrera administrativa. Promoción interna. Formación y
perfeccionamiento.
6. Los deberes y derechos de los funcionarios. Las
incompatibilidades. Régimen disciplinario: Faltas, sanciones y
procedimiento. El régimen especial de la Seguridad Social de los
funcionarios del Estado.
7. El régimen retributivo de los funcionarios públicos.
Conceptos retributivos y determinación de sus cuantías. Las
indemnizaciones por razón del servicio.
8. Los órganos de representación de los funcionarios
públicos. La negociación colectiva y la participación en la determinación
de las condiciones de trabajo. Pactos y acuerdos. El derecho de
reunión.
9. El personal laboral al servicio de las Administraciones
Públicas. Selección. Derechos, deberes e incompatibilidades. El
contrato laboral: Contenido, duración, suspensión y extinción.
Modalidades de contratación laboral.
10. Participación y régimen de representación del personal
laboral: Comités de Empresa y Delegados de Personal.
Negociación laboral, conflictos y convenios colectivos.
11. Estructura del sistema de Seguridad Social. Régimen
general y regímenes especiales. La gestión de la Seguridad Social.
Su régimen económico.
12. Régimen General de la Seguridad Social. Campo de
aplicación. Inscripción de empresas. Afiliación. Cotización. Acción
protectora, concepto y clases de prestaciones.
13. El profesorado universitario: Clases y régimen jurídico
aplicable. Derechos económicos y profesionales. Obligaciones
docentes e investigadoras. Evaluación del profesorado
universitario.
14. El personal funcionario de administración y servicios de
las Universidades: Clases y régimen jurídico. Las Escalas de
personal funcionario de la UNED.
15. El personal laboral de administración y servicios de las
Universidades. El personal laboral de la UNED.
V. Gestión financiera
1. El presupuesto. Concepto y clases. Presupuesto por
programas. Objetivos. Programas y su evaluación. Presupuesto en
base cero. Objetivos. Unidades y paquetes de decisión. Asignación
de prioridades.
2. Las leyes anuales de presupuestos. Materias que deben
contener según el Tribunal Constitucional. El presupuesto del
Estado. Características y estructura. Créditos presupuestarios. El ciclo
presupuestario. Gastos plurianuales.
3. Modificaciones de los créditos iniciales. Transferencias de
crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito.
Ampliaciones de créditos. Incorporaciones de créditos. Generaciones de
créditos. Desglose de aplicaciones presupuestarias.
4. La contabilidad pública. El Plan General de Contabilidad
Pública. La Cuenta General del Estado.
5. Los ingresos públicos: Concepto. Impuestos directos.
Impuestos indirectos. Tasas y precios públicos.
6. Los gastos públicos: Concepto. Gastos de personal. Gastos
para la compra de bienes y servicios. Transferencias corrientes
y de capital. Gastos de inversión.
7. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Órganos
competentes. Fases del procedimiento. Documentos contables que
intervienen en la ejecución de los gastos y de los pagos.
Disposición de fondos del Tesoro público.
8. Retribuciones del personal de las Administraciones
Públicas. Nóminas: Estructura y normas de confección. Altas y bajas,
su justificación. Ingresos en formalización. Devengo y liquidación
de derechos económicos.
9. El régimen económico y financiero de la Universidad
Nacional de Educación a Distancia. El Presupuesto de la UNED.
Matriculas, tasas académicas y administrativas: Liquidación, gestión,
recaudación y aplicación al presupuesto. La ejecución del
presupuesto de gasto en la UNED: Órganos competentes.
10. El control presupuestario: Concepto y ámbito de
aplicación. Control interno: La Intervención General del Estado. Control
externo: El Tribunal de Cuentas. Especial referencia al control
de legalidad.
VI. Gestión universitaria
1. La Ley de Reforma Universitaria. Creación, régimen
jurídico y estructura de las Universidades.
2. Los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia. Naturaleza, fines y autonomía de la UNED. La reforma
de los Estatutos.
3. Los órganos de gobierno de la UNED. Órganos colegiados
y unipersonales.
4. La estructura académica de la UNED. Departamentos,
Facultades y Escuelas Técnicas. Institutos universitarios. Centros
Asociados. Estructuras de apoyo a la docencia y la investigación.
5. Los estudiantes universitarios: Derechos y deberes. Acceso
y permanencia en los estudios universitarios. Becas y ayudas al
estudio. El seguro escolar.
6. La participación de la comunidad universitaria en los
órganos de gobierno de la UNED. El Reglamento Electoral General
de la UNED.
7. Los estudios y títulos universitarios. Los planes de estudios
conducentes a títulos oficiales. La obtención y expedición de títulos
oficiales. Los estudios de tercer ciclo. La convalidación de estudios
y la homologación de títulos extranjeros. Los títulos propios de
las Universidades.
8. La investigación en las Universidades. Fuentes de
financiación de los proyectos de investigación. Los programas de
formación de investigadores. La gestión y promoción de la
investigación universitaria.
ANEXO II
Tribunal
Titulares:
Presidente: Don Luis Herrero Juan, Gerente de la UNED.
Vocales:
Don Juan José de la Vega Viñambres, Escala de Técnicos de
Gestión de la UNED.
Doña María Paz Sansegundo Manuel, Escala de Técnicos de
Gestión de la UNED.
Doña María Victoria Alburquerque Avilés, Cuerpo de Gestión
de la Administración Civil del Estado.
Secretaria: Doña María Roca Bernal, Escala de Gestión
Universitaria de la UNED.
Suplentes:
Presidenta: Doña María Teresa Mendiguchía González, Cuerpo
Superior de Administradores Civiles del Estado.
Vocales:
Doña Paloma Isla Álvarez de Tejera, Escala de Técnicos de
Gestión de la UNED.
Doña María del Carmen Sicilia Fernández-Shaw, Escala de
Técnicos de Gestión de la UNED.
Doña María Soledad Salafranca Sánchez de Neyra, Escala de
Gestión Universitaria de la UNED.
Secretaria: Doña María Paz del Rincón Sánchez, Cuerpo de
Gestión de la Administración Civil del Estado.
ANEXO III
Don ....................................................................................,
aspirante a las plazas de la Escala de Gestión Universitaria de
la Universidad Nacional de Educación a Distancia, habiendo
superado la fase de oposición de las pruebas selectivas y de conformidad
con la base 6.2.2, presenta la siguiente documentación
acreditativa de los méritos que serán objeto de valoración por el Tribunal
calificador en la fase de concurso:
- Certificación acreditativa de los méritos enumerados en las
letras a), b) y c), según modelo anexo IV.
- Documentación acreditativa de los méritos enumerados en la
letra d), que a continuación se detalla:
CURSOS
- ....................................................................................
- ....................................................................................
- ....................................................................................
- ....................................................................................
- ....................................................................................
En ....................... a ......... de ....................... de 2000.
Firmado,
Señor Presidente del Tribunal calificador de las pruebas selectivas
para el ingreso en la Escala de Gestión Universitaria de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia.
ANEXO IV
Don ....................................................................................,
cargo ..................................................................................,
Certifico: Que de los antecedentes obrantes en este centro,
relativos al opositor abajo indicado, se justifican los siguientes
extremos:
Datos del opositor:
Apellidos y nombre ................................................................
Cuerpo o Escala a la que pertenece ..........................................
DNI ...................... NRP ......................
1. Destino actual ............................................................
2. Total de servicios reconocidos en el Cuerpo o Escala de
pertenencia:
.............. años ............ meses ............ días.
2.1 Antigüedad en el Cuerpo o Escala como funcionario de
carrera hasta el día de publicación de la convocatoria:
Grupo C: ............ años ............ meses ............ días.
Otros grupos: ............ años ............ meses ............ días.
3. Grado consolidado en la fecha de publicación de la
convocatoria ..............................................................................
............................................................................................
4. Nivel de complemento de destino del puesto de trabajo
que se tenga en propiedad, en la fecha de publicación de esta
convocatoria .........................................................................
Y para que conste, expido la presente certificación en Madrid
a .........................................................................................
............................................................................................
ANEXO V
Don ....................................................................................,
con domicilio en ...................................................................,
y con documento nacional de identidad número ........................,
declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario de la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad
Nacional de Educación a Distancia de Madrid, que no ha sido
separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas
y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones
públicas.
En ................ a ........ de ............................... de 2000.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid