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Documento BOE-A-2000-10892

Resolución de 17 de mayo de 2000, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión Universitaria de esta Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 9 de junio de 2000, páginas 20652 a 20657 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2000-10892

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta

Universidad, aprobados por Real Decreto 1287/1985, de 26 de junio

("Boletín Oficial del Estado" de 31 de julio), y con el fin de atender

las necesidades de personal funcionario de Administración y

Servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas por el artículo 18 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25

de agosto, de Reforma Universitaria, en relación con el

artículo 3.e) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta

Universidad, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso

en la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Nacional

de Educación a Distancia, con sujeción a las siguientes

Bases

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir diez plazas

de la Escala de Gestión Universitaria de la UNED por los sistemas

de promoción interna y general de acceso libre.

Siete de las plazas convocadas quedan reservadas al sistema

de promoción interna, adjudicándose las tres restantes por el

sistema general de acceso libre.

Las plazas sin cubrir reservadas al sistema de promoción interna

se acumularán al sistema general de acceso libre.

1.2 Se reservará una plaza en cada uno de los sistemas de

promoción interna y general de acceso libre para ser cubiertas

por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o

superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional

decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública, modificada parcialmente

por la Ley 23/1988.

Las plazas sin cubrir del cupo de reserva de discapacitados

se incorporarán a las generales del sistema correspondiente.

1.3 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos

sistemas.

1.4 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28

de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín

Oficial del Estado" de 10 de abril), por el que se aprueba el

Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la

Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo

y de Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado; el Real Decreto 1287/1985,

de 26 de junio, por el que se aprueban los Estatutos de la

Universidad, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.5 El procedimiento de selección constará, para el

sistema general de acceso libre, de una fase de oposición y para el

sistema de promoción interna de una fase de oposición y una

fase de concurso, con las pruebas, puntuaciones y valoraciones

que se especifican en la base 6.

1.6 El programa que ha de regir la fase de oposición es el

que figura en el anexo I de esta convocatoria.

1.7 El primer ejercicio de la oposición se celebrará a partir

deí día 1 de octubre del presente año, determinándose en la

Resolución a que se refiere la base 4.1 los lugares y fecha de su

realización.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes

deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español, ostentar la condición de nacional de un Estado

miembro de la Unión Europea, u ostentar el derecho a la libre

circulación de trabajadores conforme al Tratado de la Unión

Europea.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.

c) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario,

Ingeniero o Arquitecto Técnico o equivalente.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones.

2.2 Si se trata de aspirantes a las plazas reservadas a personas

afectadas de minusvalías, deberán presentar una discapacidad de

grado igual o superior al 33 por 100.

2.3 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno

de promoción interna deberán pertenecer a la Escala

Administrativa de la UNED, o a un Cuerpo o Escala adscrito al

grupo C del artículo 25 de la Ley 30/1984 y tener destino definitivo

en la UNED, así como poseer una antigüedad de al menos dos

años en aquel Cuerpo o Escala y reunir los demás requisitos.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, en

alguno de los Cuerpos o Escalas anteriormente citados, serán

computables a efectos de antigüedad para participar por

promoción interna en estas pruebas selectivas.

2.4 Todos los requisitos enumerados en esta base deberán

poseerse en el último día del plazo de presentación de solicitudes

y mantenerse hasta el momento de toma de posesión como

funcionario de carrera de la Escala de Gestión Universitaria de

la UNED.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar mediante instancia en el modelo que se

facilitará en las Unidades de Información de la Universidad

Nacional de Educación a Distancia, sitas en la calle Bravo Murillo,

número 38, Pabellón de Gobierno (Ciudad Universitaria, sin número),

y en la calle Senda del Rey, sin número (Puente de los Franceses).

3.2 Los aspirantes acompañarán a su solicitud una fotocopia

del documento nacional de identidad.

3.3 En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes

tendrán en cuenta lo siguiente:

a) Las solicitudes se dirigirán al magnífico y excelentísimo

señor Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia,

en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente

a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de esta

convocatoria.

b) La presentación de solicitudes podrá realizarse en el

Registro General de la Universidad Nacional de Educación a Distancia

o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

c) Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas para los

aspirantes por el sistema general de acceso libre, y de 1.500

pesetas para los aspirantes por el sistema de promoción interna.

Los derechos de examen se ingresarán en la "Cuenta

restringida de la Universidad Nacional de Educación a Distancia",

número 1302-01109-17-0018626248, abierta en la Caja Postal (calle

Santa Engracia, número 179, 28003 Madrid), realizando el ingreso

en concepto de "Pruebas selectivas para el ingreso en la Escala

de Gestión Universitaria". En la solicitud de participación deberá

figurar el sello de la entidad bancaria o Caja de Ahorros a través

de la cual se realiza el ingreso en la cuenta indicada.

En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá

sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de

la solicitud.

La no acreditación del pago de los derechos de examen

determinará la exclusión del aspirante.

Ello no obstante, estarán exentos del pago de los derechos

de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33

por 100, así como quienes figurasen como demandantes de empleo

durante un mes, como mínimo, antes de la fecha de esta

convocatoria, siempre y cuando carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional y no hubieran

rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a

participar en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales. La certificación relativa a la condición de

demandante de empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará

de la correspondiente oficina del INEM. En cuanto a la acreditación

de las rentas, se realizará con una declaración jurada o promesa

escrita del aspirante. Ambos documentos deberán acompañarse

a la instancia de participación.

3.4 Los aspirantes deberán observar las siguientes

instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:

a) En el recuadro de la solicitud destinado a Cuerpo o Escala,

los aspirantes harán constar "Escala de Gestión Universitaria de

la UNED".

b) En el recuadro destinado para forma de acceso se

consignará la letra "P" en el caso de aspirantes por el sistema de

promoción interna, o "L" si se trata de aspirantes del sistema

general de acceso libre.

c) Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior

al 33 por 100, que deseen participar en las pruebas selectivas

por el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en

el recuadro 8 de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles

adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los

ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, utilizando para ello

el recuadro 9.

3.5 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar

su modificación mediante escrito motivado.

Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el

Rector de la Universidad dictará Resolución en virtud de la cual se

declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes

admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta Resolución,

que será publicada en el "Boletín Oficial del Estado", junto con

la relación de los aspirantes excluidos, figurará la fecha y lugar

de celebración del primer ejercicio, así como los centros donde

estará expuesta la lista certificada completa de aspirantes

admitidos.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días, contados a partir del siguiente al de la publicación en el

"Boletin Oficial del Estado" de la Resolución aludida en la

base 4.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la

exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los

aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su

derecho a ser incluidos en la relación de admitidos serán

definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto

de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma,

los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que

no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además

que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.

4.3 La Resolución que eleve a definitivas las listas de

admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y contra la

misma se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante

el excelentísimo y magnífico señor Rector de esta Universidad,

en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su

publicación, o recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados

Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos

meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas

estará formado por los miembros que figuran en el anexo II de

estas bases. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.2

del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones

por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría segunda.

5.2 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen

pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración

en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo

aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado

personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará

bajo la dirección del Tribunal calificador.

5.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad Nacional de

Educación a Distancia, cuando concurran en ellos alguna de las

circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieren

realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas

de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta

convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros del

Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las

circunstancias de abstención o recusación.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas

en el párrafo anterior.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con la asistencia de éste y del Secretario o, en su caso,

de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros.

Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima

de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase

de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones

que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar

válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus

miembros, titulares o suplentes, y, en todo caso, la del Secretario

y Presidente (titular o suplente).

5.6 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas precisas

para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que no

hayan de ser leídos públicamente por los aspirantes sean

corregidos sin que se conozca la identidad de éstos.

5.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Servicio de Personal de la Universidad

Nacional de Educación a Distancia (Bravo Murillo, número 38,

28015 Madrid, teléfono 91 398 74 65).

5.8 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes que de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

5.9 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá

las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así

como la actuación que proceda en los casos no previstos. En todo

momento, su actuación se ajustará a lo dispuesto en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.10 Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal

que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión,

los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el

magnífico y excelentísimo señor Rector de la Universidad Nacional

de Educación a Distancia en el plazo de un mes.

6. Procedimiento de selección

6.1 Sistema general de acceso libre.

El procedimiento de selección para los aspirantes por el sistema

general de acceso libre será el de oposición, que estará formada

por tres ejercicios, todos ellos eliminatorios:

a) Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario

de cien preguntas con respuestas múltiples, de las que sólo una

será la correcta, basado en el contenido del programa que figura

en el anexo I.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de noventa minutos.

b) Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de tres

supuestos prácticos propuestos por el Tribunal, relacionados,

respectivamente, con los contenidos de las materias de Derecho

Administrativo General, Administración de Recursos Humanos, Gestión

Financiera y Gestión Universitaria que figuran en el programa

publicado como anexo I a esta convocatoria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de dos horas y treinta minutos.

c) Tercer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de

dos temas, elegidos de entre tres propuestos por el Tribunal, de

carácter general, sobre las materias del programa que figura como

anexo I de esta convocatoria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de tres horas. El ejercicio será leído ante el Tribunal, por cada

opositor, en sesión pública.

d) Calificación de los ejercicios.

Los ejercicios se valorarán de cero a cincuenta puntos cada

uno.

El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar

cada uno de los ejercicios. En los tres ejercicios las puntuaciones

mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones

transformadas que se deriven de los baremos que fije el Tribunal.

Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente.

6.2 Sistema de promoción interna.

El procedimiento de selección para los aspirantes por el sistema

de promoción interna constará de las fases de oposición y de

concurso.

6.2.1 Fase de oposición: La fase de oposición estará formada

por dos ejercicios, ambos eliminatorios:

a) Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario

de setenta y cinco preguntas con respuestas múltiples, de las que

sólo una será la correcta, basado en el contenido de las materias

de Derecho Administrativo General, Administración de Recursos

Humanos, Gestión Financiera y Gestión Universitaria, que figuran

en el programa publicado como anexo I a esta convocatoria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de setenta minutos.

b) Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito

de dos temas, elegidos de entre tres propuestos por el Tribunal,

de carácter general, sobre las materias de Derecho Administrativo

General, Administración de Recursos Humanos, Gestión

Financiera y Gestión Universitaria, que figuran en el programa publicado

como anexo I a esta convocatoria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de tres horas. El ejercicio será leído ante el Tribunal, por cada

opositor, en sesión pública.

c) Calificación de los ejercicios:

Ambos ejercicios se calificarán de cero a cincuenta puntos.

El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar

cada uno de los ejercicios. En ambos ejercicios las puntuaciones

mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones

transformadas que se deriven de los baremos que fije el Tribunal.

Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente.

6.2.2 Fase de concurso: En la fase de concurso se valorarán

los méritos, referidos a la fecha de finalización del plazo de

presentación de instancias para participar en esta convocatoria, de

los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición de

conformidad con el siguiente baremo:

a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o

Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, se valorará teniendo en cuenta los servicios

prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de

diciembre, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una

puntuación de 1 punto hasta un máximo de 20 puntos.

b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que

se tenga consolidado, se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta el grado 16: 4 puntos.

Grados 17 y 18: 6 puntos.

Grados 19 y 20: 8 puntos.

Grados 21 y 22: 10 puntos.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de

destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe, se

otorgará la siguiente puntuación:

Hasta el nivel 16: 4 puntos.

Nivel 17 y 18: 6 puntos.

Nivel 19 y 20: 8 puntos.

Nivel 21 y 22: 10 puntos.

La valoración del nivel de complemento de destino corresponde

al puesto desempeñado como funcionario del grupo C.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia

de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicio se les valorará el

nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los

funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel

correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo

tuvieran, el nivel mínimo del grupo C.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de

excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del

puesto reservado y a los funcionarios en la situación de servicios

especiales con derecho a reserva de puesto, el nivel del puesto

de trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso.

d) Formación: Los cursos de formación o perfeccionamiento

que versen sobre materias directamente relacionadas con los

cometidos propios de los Cuerpos o Escalas desde los que se accede

o de la Escala a que se pretende acceder, organizados por la UNED,

el INAP u otros organismos de la Administración Pública, 1 punto

por curso, hasta un máximo de 5.

7. Calendario y desarrollo de los ejercicios de la fase de oposición

7.1 Los ejercicios de la fase de oposición de estas pruebas

selectivas se celebrarán en Madrid.

7.2 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará

a partir del día 1 de octubre de 2000, publicándose en el "Boletín

Oficial del Estado" en la misma Resolución a que se refiere la

base 4.1, el lugar, fecha y hora de su celebración.

El anuncio de celebración del segundo y tercer ejercicio no

será objeto de publicación en el "Boletín Oficial del Estado" y

se efectuará a través de la Resolución del Tribunal calificador

en la que se haga pública la relación de aprobados del ejercicio

anterior.

7.3 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "B" de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública de 23 de febrero de 2000 ("Boletín

Oficial del Estado" de 3 de marzo), por la que se publica el resultado

del sorteo celebrado el día 16 de febrero.

7.4 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por el Tribunal para que acrediten su identidad.

7.5 Los aspirantes serán convocados para la realización de

cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la fase

de oposición quienes no comparezcan.

7.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la

presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá

su exclusión al magnífico y excelentísimo señor Rector, dando

traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades formuladas

por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas

a los efectos procedentes.

7.7 Corresponderá al Tribunal la verificación y apreciación

de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los

ejercicios, adoptando al respecto las decisiones que estime

pertinentes.

8. Listas de aprobados y valoración de méritos de la fase

de concurso

8.1 Una vez realizado cada uno de los ejercicios de la fase

oposición, el Tribunal hará pública en el lugar o lugares de

celebración de éstos, en la sede del Tribunal y en aquellos otros que

estime oportunos, la relación de aspirantes que lo hayan superado.

Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación

correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos,

siendo eliminados del proceso selectivo.

8.2 Publicada la relación de aprobados en el segundo ejercicio

de la fase de oposición por el sistema de promoción interna, los

aspirantes que lo hayan superado dispondrán de un plazo

improrrogable de veinte días naturales, a contar desde el siguiente

al que se haga pública dicha relación, para presentar en el Registro

General de la Universidad los documentos acreditativos de los

méritos referidos en la base 6.2.2.

La documentación acreditativa de los méritos deberá

presentarse precedida de la carátula que se publica como anexo III a

esta convocatoria, que servirá como identificativo de la

documentación que cada aspirante entregue.

Los méritos incluidos en las letras a), b) y c) de la base 6.2.2

se acreditarán con certificación expedida por el Servicio de

Personal de la UNED en el modelo que figura como anexo IV. Los

méritos incluidos en la letra d) de la misma base serán acreditados

mediante la aportación por los aspirantes de copia compulsada

de los documentos que estén oficialmente establecidos a tal fin.

La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos

acreditativos de los méritos determinará la no valoración al

aspirante de la fase de concurso.

8.3 Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública,

en la sede del Tribunal (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid), la

relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes,

con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno

de los méritos objeto de la valoración.

8.4 Finalizadas ambas fases, el Tribunal hará pública la

relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo de acceso

a las plazas convocadas por el sistema de promoción interna y

por el sistema general de acceso libre. En esta lista los aspirantes

aparecerán, dentro de cada sistema, ordenados por la puntuación

total obtenida en el proceso y, asimismo, figurarán las

puntuaciones totales obtenidas en cada fase. En caso de empate, se

resolverá a favor de quien más puntuación hubiera obtenido en la fase

de concurso y, de persistir la igualdad, a favor de quien más

puntuación hubiera obtenido en el mérito que aparece relacionado

en primer lugar, y así sucesivamente con los siguientes méritos.

Si persistiera la igualdad, se resolverá a favor de quien más

puntuación hubiera obtenido en el tercero, segundo y primer ejercicio

de la fase de oposición, por ese orden. Finalmente, y de resultar

necesario, el Tribunal efectuará un sorteo entre los aspirantes

igualados.

En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas

que el de plazas convocadas en cada sistema, siendo nula de pleno

derecho cualquier relación de aprobados cuyo número supere al

de plazas convocadas. La motivación de dicha lista, en cuanto

acto administrativo emanado de la discrecionalidad técnica del

Tribunal, y que pone fin al proceso selectivo, estará referida al

cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la

convocatoria.

8.5 El Tribunal elevará, finalmente, al magnífico y

excelentísimo señor Rector la correspondiente propuesta de

nombramiento como funcionarios de carrera a favor de los aspirantes que

han superado el proceso selectivo. El Rectorado hará pública en

el "Boletín Oficial del Estado" la relación de aspirantes que han

superado el proceso selectivo.

9. Presentación de documentos, elección de plazas

y nombramiento de funcionaríos de carrera

9.l En el plazo de veinte días naturales, contados desde el

siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de

la lista de aprobados en el proceso selectivo, los aspirantes deberán

presentar en el Servicio de Personal de la UNED aquellos

documentos que acrediten las condiciones y requisitos exigidos para

el acceso a la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad

Nacional de Educación a Distancia, a excepción de aquellos que

obren ya en poder del citado Servicio como consecuencia de la

aportación realizada para su anterior nombramiento como

funcionario de carrera. Estos documentos deberán ser aportados

mediante copia compulsada o, en caso contrario, acompañada

de los originales para su comprobación y posterior compulsa.

Asimismo y dentro del citado plazo deberá entregarse, debidamente

cumplimentada, la declaración jurada que figura como anexo V

a esta convocatoria.

9.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos que

se indican en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios

de carrera, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio

de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en

la solicitud inicial.

9.3 La petición de destinos por parte de los aspirantes

aprobados deberá realizarse ante el Rectorado de la Universidad, previa

oferta de los mismos.

Los aspirantes procedentes del sistema de promoción interna

tendrán preferencia para la elección de destinos respecto a los

aspirantes seleccionados por el sistema general de acceso libre.

Dentro de cada sistema, la elección se efectuará por el orden

de puntuación obtenido en el conjunto de las pruebas selectivas,

determinado conforme a lo previsto en la base 8.4.

Los aspirantes seleccionados por el sistema de promoción

interna podrán solicitar que se les adjudique el puesto que vinieran

desempeñando en la UNED con destino definitivo como

funcionarios de carrera, siempre que se cumplan los requisitos

establecidos en la relación de puestos de trabajo. En este caso,

quedarán excluidos del procedimiento de adjudicación de destinos

por el orden obtenido en el proceso selectivo.

9.4 Por la autoridad convocante se procederá al

nombramiento de funcionarios de carrera mediante Resolución que será

publicada en el "Boletín Oficial del Estado" con indicación de los

destinos adjudicados.

9.5 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de

publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

10. Normas finales

10.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las

presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta

convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio

de las reclamaciones o recursos pertinentes. El Tribunal se halla

facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo

no previsto en las bases, así como para la adopción de los acuerdos

necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

10.2 Contra la presente Resolución, que agota la vía

administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición

ante el excelentísimo y magnífico señor Rector de esta Universidad,

en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su

publicación, o recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados

Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos

meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, 17 de mayo de 2000.-El Rector, Jaime Montalvo

Correa.

ANEXO I

Programa

I. Organización del Estado y de la Administración Pública

1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.

La reforma de la Constitución.

2. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y

suspensión.

3. El Tribunal Constitucional. Organización, composición y

atribuciones.

4. Órganos dependientes de las Cortes Generales: El Tribunal

de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

5. La Jefatura del Estado: La Corona. Funciones

constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.

6. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del

Congreso de los Diputados y del Senado.

7. El Gobierno y las Administraciones. Relaciones entre el

Gobierno y las Cortes Generales. Designación, causas de cese

y responsabilidad.

8. El Poder Judicial. El principio de unidad jurisdiccional.

El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El

Ministerio Fiscal. La organización judicial española.

9. La Administración General del Estado. Órganos centrales.

El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.

Los Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios generales.

Secretarios generales Técnicos. Directores generales.

Subdirectores generales. Los Servicios comunes de los Ministerios.

10. La Administración General del Estado. Órganos

territoriales. Los Delegados del Gobierno. Los Subdelegados del

Gobierno en las provincias. Los Directores insulares. La Administración

única o común.

11. Los organismos públicos. Creación, modificación y

extinción. Los organismos autónomos. Las entidades públicas

empresariales. La Administración consultiva: El Consejo de Estado.

12. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de

Autonomía. Naturaleza y tipología. Órganos y funciones.

13. La delimitación de competencias entre el Estado y las

Comunidades en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía.

Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas.

14. La organización política y la administración en las

Comunidades Autónomas.

15. La Administración Local: La provincia y el municipio.

Otras entidades de la Administración Local.

II. Comunidades Europeas

1. Las Comunidades Europeas: Antecedentes. Objetivos y

naturaleza jurídica de las Comunidades. Los Tratados originarios

y modificativos.

2. Las Instituciones de las Comunidades: El Parlamento

Europeo, el Consejo, la Comisión y el Tribunal de Justicia.

Composición y funciones. El Consejo Europeo.

3. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Derecho

originario y Derecho derivado. Otras fuentes. Las relaciones entre

el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados

miembros.

4. El mercado interior común. La libre circulación de

mercancías. La libre circulación de trabajadores. La libertad de

establecimiento y la libre prestación de servicios. La libre circulación

de capitales.

5. La Unión Económica y Monetaria. El proceso de

convergencia. El euro. El Banco Central Europeo. El programa de

estabilidad.

III. Derecho Administrativo General

1. Las fuentes del Derecho Administrativo. Concepto. Clases

de fuentes. La jerarquía de las fuentes. La ley. Tipos de leyes.

Reserva de ley. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley:

Decreto-ley y Decreto-legislativo.

2. El Reglamento: Concepto, clases y límites. La costumbre.

Los principios generales del Derecho. Los Tratados

Internacionales. El Derecho Comunitario Europeo.

3. El acto administrativo: Conceptos, clases y elementos.

Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y

notificación. Revisión, anulación y revocación.

4. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio

de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras

alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos

administrativos.

5. Tipos de contratos: Obras, gestión de servicios públicos,

suministro, consultoría y asistencia técnica, servicios y trabajos

específicos y concretos no habituales de la Administración.

6. La expropiación forzosa: Concepto, naturaleza y

elementos. Procedimiento general de expropiación. Garantías

jurisdiccionales. Idea general de los procedimientos especiales.

7. Los bienes de la Administración. El dominio público y los

bienes patrimoniales: Concepto, naturaleza y régimen jurídico.

8. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones

Públicas: Régimen vigente y procedimiento.

9. El procedimiento administrativo: Concepto, naturaleza y

caracterización. Procedimiento administrativo común y su alcance.

La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común: Planteamiento general

y principios rectores.

10. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Las garantías en el desarrollo del

procedimiento.

11. Disposiciones generales sobre los procedimientos

administrativos. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del

procedimiento. La obligación de resolver. El silencio

administrativo.

12. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de

oficio. Los recursos administrativos. Las reclamaciones previas

a las vías judiciales civil y laboral.

13. El procedimiento económico-administrativo: Materias

impugnables, interesados, actos impugnables y extensión de la

revisión. Suspensión del acto impugnado. El procedimiento en

única o primera instancia. Los recursos de alzada y revisión.

14. El recurso contencioso-administrativo. Organización

jurisdiccional. Las partes, capacidad, legitimación y postulación.

Actos impugnables. Fases del proceso. La sentencia.

IV. Administración de recursos humanos

1. El personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Estructura actual de la función pública en España.

2. Los funcionarios públicos: Concepto y clases. Planes de

empleo, oferta de empleo público y relaciones de puestos de

trabajo.

3. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. La

selección de los funcionarios: Convocatorias y proceso selectivo.

4. Situaciones de los funcionarios. Supuestos y efectos de

cada una de ellas.

5. Provisión de puestos de trabajo en la función pública.

Carrera administrativa. Promoción interna. Formación y

perfeccionamiento.

6. Los deberes y derechos de los funcionarios. Las

incompatibilidades. Régimen disciplinario: Faltas, sanciones y

procedimiento. El régimen especial de la Seguridad Social de los

funcionarios del Estado.

7. El régimen retributivo de los funcionarios públicos.

Conceptos retributivos y determinación de sus cuantías. Las

indemnizaciones por razón del servicio.

8. Los órganos de representación de los funcionarios

públicos. La negociación colectiva y la participación en la determinación

de las condiciones de trabajo. Pactos y acuerdos. El derecho de

reunión.

9. El personal laboral al servicio de las Administraciones

Públicas. Selección. Derechos, deberes e incompatibilidades. El

contrato laboral: Contenido, duración, suspensión y extinción.

Modalidades de contratación laboral.

10. Participación y régimen de representación del personal

laboral: Comités de Empresa y Delegados de Personal.

Negociación laboral, conflictos y convenios colectivos.

11. Estructura del sistema de Seguridad Social. Régimen

general y regímenes especiales. La gestión de la Seguridad Social.

Su régimen económico.

12. Régimen General de la Seguridad Social. Campo de

aplicación. Inscripción de empresas. Afiliación. Cotización. Acción

protectora, concepto y clases de prestaciones.

13. El profesorado universitario: Clases y régimen jurídico

aplicable. Derechos económicos y profesionales. Obligaciones

docentes e investigadoras. Evaluación del profesorado

universitario.

14. El personal funcionario de administración y servicios de

las Universidades: Clases y régimen jurídico. Las Escalas de

personal funcionario de la UNED.

15. El personal laboral de administración y servicios de las

Universidades. El personal laboral de la UNED.

V. Gestión financiera

1. El presupuesto. Concepto y clases. Presupuesto por

programas. Objetivos. Programas y su evaluación. Presupuesto en

base cero. Objetivos. Unidades y paquetes de decisión. Asignación

de prioridades.

2. Las leyes anuales de presupuestos. Materias que deben

contener según el Tribunal Constitucional. El presupuesto del

Estado. Características y estructura. Créditos presupuestarios. El ciclo

presupuestario. Gastos plurianuales.

3. Modificaciones de los créditos iniciales. Transferencias de

crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito.

Ampliaciones de créditos. Incorporaciones de créditos. Generaciones de

créditos. Desglose de aplicaciones presupuestarias.

4. La contabilidad pública. El Plan General de Contabilidad

Pública. La Cuenta General del Estado.

5. Los ingresos públicos: Concepto. Impuestos directos.

Impuestos indirectos. Tasas y precios públicos.

6. Los gastos públicos: Concepto. Gastos de personal. Gastos

para la compra de bienes y servicios. Transferencias corrientes

y de capital. Gastos de inversión.

7. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Órganos

competentes. Fases del procedimiento. Documentos contables que

intervienen en la ejecución de los gastos y de los pagos.

Disposición de fondos del Tesoro público.

8. Retribuciones del personal de las Administraciones

Públicas. Nóminas: Estructura y normas de confección. Altas y bajas,

su justificación. Ingresos en formalización. Devengo y liquidación

de derechos económicos.

9. El régimen económico y financiero de la Universidad

Nacional de Educación a Distancia. El Presupuesto de la UNED.

Matriculas, tasas académicas y administrativas: Liquidación, gestión,

recaudación y aplicación al presupuesto. La ejecución del

presupuesto de gasto en la UNED: Órganos competentes.

10. El control presupuestario: Concepto y ámbito de

aplicación. Control interno: La Intervención General del Estado. Control

externo: El Tribunal de Cuentas. Especial referencia al control

de legalidad.

VI. Gestión universitaria

1. La Ley de Reforma Universitaria. Creación, régimen

jurídico y estructura de las Universidades.

2. Los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a

Distancia. Naturaleza, fines y autonomía de la UNED. La reforma

de los Estatutos.

3. Los órganos de gobierno de la UNED. Órganos colegiados

y unipersonales.

4. La estructura académica de la UNED. Departamentos,

Facultades y Escuelas Técnicas. Institutos universitarios. Centros

Asociados. Estructuras de apoyo a la docencia y la investigación.

5. Los estudiantes universitarios: Derechos y deberes. Acceso

y permanencia en los estudios universitarios. Becas y ayudas al

estudio. El seguro escolar.

6. La participación de la comunidad universitaria en los

órganos de gobierno de la UNED. El Reglamento Electoral General

de la UNED.

7. Los estudios y títulos universitarios. Los planes de estudios

conducentes a títulos oficiales. La obtención y expedición de títulos

oficiales. Los estudios de tercer ciclo. La convalidación de estudios

y la homologación de títulos extranjeros. Los títulos propios de

las Universidades.

8. La investigación en las Universidades. Fuentes de

financiación de los proyectos de investigación. Los programas de

formación de investigadores. La gestión y promoción de la

investigación universitaria.

ANEXO II

Tribunal

Titulares:

Presidente: Don Luis Herrero Juan, Gerente de la UNED.

Vocales:

Don Juan José de la Vega Viñambres, Escala de Técnicos de

Gestión de la UNED.

Doña María Paz Sansegundo Manuel, Escala de Técnicos de

Gestión de la UNED.

Doña María Victoria Alburquerque Avilés, Cuerpo de Gestión

de la Administración Civil del Estado.

Secretaria: Doña María Roca Bernal, Escala de Gestión

Universitaria de la UNED.

Suplentes:

Presidenta: Doña María Teresa Mendiguchía González, Cuerpo

Superior de Administradores Civiles del Estado.

Vocales:

Doña Paloma Isla Álvarez de Tejera, Escala de Técnicos de

Gestión de la UNED.

Doña María del Carmen Sicilia Fernández-Shaw, Escala de

Técnicos de Gestión de la UNED.

Doña María Soledad Salafranca Sánchez de Neyra, Escala de

Gestión Universitaria de la UNED.

Secretaria: Doña María Paz del Rincón Sánchez, Cuerpo de

Gestión de la Administración Civil del Estado.

ANEXO III

Don ....................................................................................,

aspirante a las plazas de la Escala de Gestión Universitaria de

la Universidad Nacional de Educación a Distancia, habiendo

superado la fase de oposición de las pruebas selectivas y de conformidad

con la base 6.2.2, presenta la siguiente documentación

acreditativa de los méritos que serán objeto de valoración por el Tribunal

calificador en la fase de concurso:

- Certificación acreditativa de los méritos enumerados en las

letras a), b) y c), según modelo anexo IV.

- Documentación acreditativa de los méritos enumerados en la

letra d), que a continuación se detalla:

CURSOS

- ....................................................................................

- ....................................................................................

- ....................................................................................

- ....................................................................................

- ....................................................................................

En ....................... a ......... de ....................... de 2000.

Firmado,

Señor Presidente del Tribunal calificador de las pruebas selectivas

para el ingreso en la Escala de Gestión Universitaria de la

Universidad Nacional de Educación a Distancia.

ANEXO IV

Don ....................................................................................,

cargo ..................................................................................,

Certifico: Que de los antecedentes obrantes en este centro,

relativos al opositor abajo indicado, se justifican los siguientes

extremos:

Datos del opositor:

Apellidos y nombre ................................................................

Cuerpo o Escala a la que pertenece ..........................................

DNI ...................... NRP ......................

1. Destino actual ............................................................

2. Total de servicios reconocidos en el Cuerpo o Escala de

pertenencia:

.............. años ............ meses ............ días.

2.1 Antigüedad en el Cuerpo o Escala como funcionario de

carrera hasta el día de publicación de la convocatoria:

Grupo C: ............ años ............ meses ............ días.

Otros grupos: ............ años ............ meses ............ días.

3. Grado consolidado en la fecha de publicación de la

convocatoria ..............................................................................

............................................................................................

4. Nivel de complemento de destino del puesto de trabajo

que se tenga en propiedad, en la fecha de publicación de esta

convocatoria .........................................................................

Y para que conste, expido la presente certificación en Madrid

a .........................................................................................

............................................................................................

ANEXO V

Don ....................................................................................,

con domicilio en ...................................................................,

y con documento nacional de identidad número ........................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad

Nacional de Educación a Distancia de Madrid, que no ha sido

separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas

y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones

públicas.

En ................ a ........ de ............................... de 2000.

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