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Documento BOE-A-2000-11018

Resolución de 9 de mayo de 2000, del Departamento de Cultura, por la que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de Cataluña de 2 de mayo de 2000, de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, a favor de la casa "Coll i Regàs", en Mataró (Maresme), y de delimitación de su entorno de protección.

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 12 de junio de 2000, páginas 20834 a 20836 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2000-11018

TEXTO ORIGINAL

Considerando que el 2 de mayo de 2000 el Gobierno de la Generalidad de Cataluña declaró la casa «Coll i Regàs», en Mataró (Maresme), como bien cultural de interés nacional en la categoría de monumento histórico, y delimitó su entorno de protección,

De acuerdo con lo que establece el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:

Que se publique íntegramente en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» el Acuerdo del Gobierno de 2 de mayo de 2000, de declaración de la casa «Coll i Regàs», en Mataró (Maresme), como bien cultural de interés nacional en la categoría de monumento histórico y de delimitación de su entorno de protección.

Barcelona, 9 de mayo de 2000.–El Consejero, Jordi Vilajoana i Rovira.

Acuerdo de 2 de mayo de 2000, del Gobierno de la Generalidad, de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, a favor de la casa «Coll i Regàs», en Mataró (Maresme), y de delimitación de su entorno de protección

Por la Resolución de 2 de julio de 1974 se incoó expediente para la declaración de monumento histórico-artístico a favor de la casa «Coll i Regàs», en Mataró.

Por la Resolución de 16 de diciembre de 1999 («Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» del 31), se amplió el expediente citado con la inclusión en un entorno de protección.

Se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente de acuerdo con lo que establecen los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán. En el expediente constan los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán y del Instituto de Estudios Catalanes. Durante la tramitación del expediente un interesado ha presentado alegaciones que han sido analizadas y estudiadas por la Dirección General del Patrimonio Cultural, quien ha dado respuesta expresa a las mismas, desestimándose por los motivos y razones que constan en el expediente. Por lo tanto, a propuesta del Consejero de Cultura, el Gobierno acuerda:

1. Declarar bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, la casa «Coll i Regàs», en Mataró (Maresme), según la descripción y ubicación que constan en el anexo 1 de este Acuerdo.

2. Delimitar el entorno de protección de la casa «Coll i Regàs», cuya justificación figura en el anexo 2, representado en el plano que se publica junto con este Acuerdo.

ANEXO 1
Descripción y ubicación

La casa «Coll i Regàs» está situada en la calle Argentona, números 55 y 57, del municipio de Mataró.

Se trata de un edificio modernista construido en el año 1897, como una reforma total del edificio existente anteriormente, para residencia del industrial textil Joaquim Coll.

La casa «Coll i Regàs» ocupa una parcela de doble cuerpo entre medianeras y consta de sótano, planta baja, piso, desván y terraza. La planta se organiza alrededor de un patio cubierto con claraboya.

Como en toda obra modernista, cabe destacar el uso de materiales nobles, como la piedra, el hierro forjado, los esgrafiados o la cerámica, con otros elementos como el estuco, vidrieras y fantasías de arcos parabólicos o bien escalonados, con techos altos y muchas vidrieras y claraboyas para obtener la luz que el edificio no puede conseguir por los lados.

La tribuna de la fachada, de tradición gótica con columnas de tipo helicoidal, los ventanales profusamente enmarcados y el remate escalonado de cerámica de tonos vivos, remarca exteriormente una distinción que no desmerece el interior.

Se incluyen dentro de la declaración de bien cultural de interés nacional y, por tanto, se entienden protegidos por ésta las arrimaderos de cerámica, los mosaicos, las vidrieras, los zócalos, los aguamaniles, la gran claraboya central, las barandas, las rejas y la ornamentación exterior.

La casa «Coll i Regàs» tiene el mérito de ser una obra muy cuidada en los detalles de estructura y ornamentales a pesar de ser una de las primeras obras de Josep Puig i Cadafalch, y ya incorpora todo un abanico de constantes arquitectónicas y artísticas que posteriormente utilizó este arquitecto en su notable trayectoria posterior. El arquitecto supo combinar temas decorativos derivados del gótico más evolucionado con elementos y cornisas inspiradas en el románico, todo dentro del gusto del primer Modernismo.

La excepcionalidad de la casa «Coll i Regàs» radica en el conjunto y también en los detalles, en el autor, en su singularidad y destino, y en el cuidado con el que se mantiene en la actualidad. En el panorama de la arquitectura catalana no representa una obra menor, sino una obra que, a pesar de su reducido tamaño, contiene todos los elementos necesarios y suficientes que explican el camino recorrido y los aciertos que ha habido en este camino.

ANEXO 2
Justificación del entorno de protección

La delimitación del entorno de protección de la casa «Coll i Regàs» en Mataró tiene como finalidad controlar la relación entre este monumento y los edificios y espacios urbanos colindantes, además de mantener las constantes de esta zona del núcleo urbano de Mataró, para controlar los parámetros de la visualización y las condiciones de percepción de este monumento.

Por estos motivos, el ámbito del entorno de protección está conformado por las fincas contiguas como los números 53, 59 y 61 y 63 de la calle Argentona, incluyendo el Club de Jubilados «Jaume Terrades i Company», que está construido dentro de las fincas 55 y 57, 59 y 61 y 63 de la misma calle.

También se han incluido las fincas que tienen la fachada frente a la casa «Coll i Regàs», como los números 70, 72 y 74 de la misma calle Argentona.

Los límites de este entorno de protección responden a las alineaciones urbanas o líneas de edificación existentes, y a las propiedades urbanas actuales.

Imagen: /datos/imagenes/disp/2000/140/11018_10381757_image1.png

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