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Documento BOE-A-2000-11092

Resolución de 18 de mayo de 2000, de la Universidad de Valencia, por la que se convoca concurso público para la provisión de una plaza de Profesor titular universitario.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 13 de junio de 2000, páginas 20890 a 20895 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2000-11092

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983,

y el artículo 4 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre

("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre), modificado

parcialmente por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio ("Boletín

Oficial del Estado" de 11 de julio),

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso la plaza que

se relaciona en el anexo I de la presente Resolución de acuerdo

con las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Los concursos se regirán por lo dispuesto en la siguiente

normativa: Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto ("Boletín

Oficial del Estado" de 1 de septiembre), de Reforma Universitaria ;

Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre ("Boletín Oficial

del Estado" de 26 de octubre), modificado parcialmente por el

Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio ("Boletín Oficial del

Estado"de 11 de julio), que regula los concursos para la provisión

de plazas de los cuerpos docentes universitarios ; Ley 17/1993,

de 23 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 24), y Real

Decreto 800/1995, de 19 de mayo ("Boletín Oficial del Estado"

de 7 de junio), que regulan el acceso a determinados sectores

de la función pública de los nacionales de los demás Estados

miembros de la Comunidad Europea ; Real Decreto 1665/1991, de 25

de octubre ("Boletín Oficial del Estado" de 22 de noviembre), y

Orden de 23 de enero de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" del 28),

reguladores del sistema general de reconocimiento de los títulos

de Enseñanza Superior de los Estados miembros de la Comunidad

Europea que exigen una formación mínima de tres años de

duración ; Real Decreto 86/1987, de 16 de enero ("Boletín Oficial del

Estado" del 23), por el que se regulan las condiciones de

homo

logación de títulos extranjeros de educación superior ; Real Decreto

766/1992, de 26 de junio ("Boletín Oficial del Estado" del 30),

modificado por el Real Decreto 737/1995, de 5 de mayo ("Boletín

Oficial del Estado" de 5 de junio), que regula la entrada y

permanencia en España de nacionales de Estados miembros de las

Comunidades Europeas ; Estatutos de la Universidad de Valencia

("Diario Oficial de la Generalidad Valenciana" de 16 de diciembre

de 1985), modificados parcialmente por el Decreto 48/2000, de

17 de abril ("Diario Oficial de la Generalidad Valenciana" del 19).

En lo no previsto en las citadas disposiciones se aplicará la

legislación general de funcionarios civiles del Estado.

2. Requisitos de los candidatos

Para ser admitido al citado concurso se precisan los siguientes

requisitos:

2.1 Requisitos generales:

a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados

miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que,

en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación

de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en

el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, según dispone

la Ley 17/1993, de 23 de diciembre. También podrán participar

los descendientes y el cónyuge de un ciudadano de la Unión

Europea, y los descendientes del cónyuge, siempre que los cónyuges

no estén separados de derecho y que los descendientes sean

menores de veintiún años o mayores de dicha edad pero que vivan

a su cargo. Este beneficio también será aplicable a los familiares

de otros Estados si hay tratados internacionales, ratificados por

España, que así lo establezcan.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la

edad de jubilación establecida por la legislación vigente en la fecha

de finalización de la presentación de solicitudes.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En el caso de los aspirantes que no ostenten la nacionalidad

española, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena

penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que

impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor

de Universidad.

2.2 Requisitos específicos:

a) Estar en posesión del título de Doctor, salvo en las plazas

de titular de Escuela Universitaria, para las que se requiere el

título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero Superior, o el título

de Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico en aquellas

áreas de conocimiento específicas que determine el Consejo de

Universidades.

b) Reunir las condiciones específicas señaladas en los

artículos 4.1 y 4.2 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de

septiembre, según el cuerpo al que pertenezca la plaza a la que se

concurse.

c) No podrán concursar a plazas de Profesor titular de

Universidad quienes hayan estado contratados durante más de dos

años como Ayudante en esta Universidad. Quedan exceptuados

de esta exigencia quienes durante un año o más hubieran realizado

tareas de investigación o hubieran sido Ayudantes en otra u otras

Universidades españolas o extranjeras, o hubieran realizado

estudios en otra Universidad o institución académica española o

extranjera, autorizados por esta Universidad.

Los títulos académicos expedidos en otros Estados miembros

de la Unión Europea deberán estar homologados o, en su caso,

reconocidos para el ejercicio de la profesión de Profesor de

Universidad de acuerdo con lo previsto en la Orden de 23 de enero

de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" del 28).

En el caso de que la titulación exigida para cada una de las

plazas se haya obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido

la correspondiente homologación en España según lo dispuesto

en el Real Decreto 86/1987, de 16 de enero ("Boletín Oficial

del Estado" del 23).

La concurrencia de los requisitos generales y específicos deberá

estar referida siempre a una fecha anterior a la de expiración del

plazo fijado para solicitar la participación en el concurso.

3. Solicitudes

3.1 Los aspirantes que deseen tomar parte en el concurso

remitirán la correspondiente solicitud al magnífico y excelentísimo

señor Rector de esta Universidad (Servicio de Recursos Humanos

PDI/Concursos), calle Antiga Senda de Senent, 11, 46023

Valencia, por cualquiera de los procedimientos establecidos en la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín

Oficial del Estado" del 14), en el plazo de veinte días hábiles a

partir de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial

del Estado", mediante instancia debidamente cumplimentada,

según el modelo que se adjunta como anexo II a esta convocatoria,

a la que se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o del

pasaporte. Los candidatos que no posean la nacionalidad española

y tengan derecho a participar deberán aportar, además,

certificación expedida por la autoridad competente de su país de origen

que acredite la nacionalidad y, en su caso, los documentos que

acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas

o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan

dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada

o promesa de éste de que no está separado de derecho de su

cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus

expensas o está a su cargo.

b) Fotocopia compulsada del título académico exigido. Si el

mismo se hubiera expedido en el extranjero deberá adjuntarse

la credencial de la homologación. Si se hubiera expedido en otro

Estado miembro de la Unión Europea podrá presentarse la

credencial de la homologación o bien la credencial del reconocimiento

del título para el ejercicio de la profesión de Profesor de

Universidad.

c) Certificaciones acreditativas del cumplimiento de los

requisitos académicos específicos que señala la base 2.2 para participar

en el concurso.

d) Justificación de haber efectuado el ingreso de los derechos

de examen (4.000 pesetas) en la cuenta "Derechos de

examenUniversidad de Valencia", número 2077-0735-81-3100022232 de

"Bancaja". A tal efecto, debe adjuntarse a la solicitud uno de los

ejemplares del recibo de ingreso o transferencia a dicha cuenta,

indicando en el mismo el nombre del aspirante y el código de

la plaza a la que se concursa.

3.2 La falta de abono de la cantidad indicada en el período

de presentación de solicitudes se considerará incumplimiento

insubsanable que provocará la inadmisión al concurso.

3.3 Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas

de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas

por el funcionario de Correos, antes de su certificación, tal como

señala el artículo 38.4.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

3.4 De conformidad con el citado artículo 38 no tendrán la

consideración de oficinas de registro las de otras Universidades

distintas a la convocante.

3.5 Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero

podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas y

consulados españoles correspondientes, quienes las remitirán

seguidamente al Registro General de la Universidad de Valencia.

El interesado acompañará a dicha solicitud fotocopia del

comprobante de haber satisfecho los derechos de examen.

3.6 El domicilio que figura en las instancias se considerará

el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad

exclusiva del concursante tanto los errores en la consignación

del mismo como en la comunicación de cualquier cambio de dicho

domicilio.

4. Admisión de aspirantes

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector

de esta Universidad, por cualquiera de los procedimientos

esta

blecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, remitirá a

todos los aspirantes la relación completa de admitidos y excluidos,

con indicación de las causas de exclusión. Contra dicha resolución,

los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector en

el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de

su notificación.

5. Comisión de selección

5.1 Los integrantes de la Comisión de selección serán

designados de conformidad con lo establecido en los artículos 6 y 7

del Real Decreto 1888/1984.

5.2 Los aspirantes podrán recusar a los miembros de la

Comisión cuando concurra alguno de los motivos de recusación

previstos en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

6. Desarrollo del concurso

6.1 El Presidente de la Comisión, dentro del plazo habilitado

reglamentariamente para la constitución de la misma, dictará una

resolución que deberá ser notificada a todos los interesados con

una antelación mínima de quince días naturales respecto a la fecha

del acto para el que se les cita, convocando a:

a) Los miembros titulares de la Comisión y, en su caso, a

los suplentes necesarios, para efectuar el acto de constitución

de la misma, fijar y hacer públicos los criterios que se utilizarán

para la valoración de las pruebas, así como para determinar las

demás especificaciones que sean necesarias para la realización

de las mismas.

b) Los aspirantes admitidos a participar en el concurso, para

realizar el acto de presentación de los concursantes, con

señalamientos del día, hora y lugar de celebración de dicho acto. A

estos efectos, el plazo entre la fecha prevista para el acto de

constitución de la Comisión y la fecha señalada para el acto de

presentación no podrá exceder de dos días hábiles.

6.2 En el acto de presentación los concursantes entregarán

al Presidente de la Comisión la siguiente documentación por

quintuplicado: Currículum vitae (anexo III), proyecto docente y, en

su caso, proyecto de investigación, y un ejemplar de las

publicaciones y documentos acreditativos de lo consignado en el

currículum, tal como establecen los artículos 9 y 10 del Real Decreto

1888/1984, de 26 de septiembre, modificado por Real Decreto

1427/1986, de 13 de junio. Asimismo, se determinará, mediante

sorteo, el orden de actuación de los aspirantes y se fijará el lugar,

fecha y hora de inicio de las pruebas, las cuales deberán comenzar

en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al

acto de presentación.

6.3 Previamente a la realización de la primera prueba, cada

miembro de la Comisión entregará al Secretario de la misma un

informe razonado sobre los méritos alegados por cada uno de

los aspirantes.

La primera prueba, que será publica, consistirá en la exposición

oral por el concursante de los méritos alegados y en la defensa

del proyecto docente presentado, seguidas de un debate con la

Comisión durante un tiempo máximo de tres horas. Esta prueba

tendrá carácter eliminatorio para todos aquellos aspirantes que

no obtengan, al menos, tres votos.

La segunda prueba, que será pública, consistirá en:

a) Para plazas de Profesor titular de Universidad, Catedrático

de Escuela Universitaria y Profesor titular de Escuela Universitaria:

Exposición oral por el aspirante, durante un tiempo mínimo de

cuarenta y cinco minutos y máximo de una hora y media, de un

tema relativo a una especialidad del área de conocimiento a la

que corresponda la plaza, elegido libremente por él mismo. La

exposición irá seguida de un debate con la Comisión durante un

tiempo máximo de tres horas, en los términos establecidos en

el artículo 9.5 del Real Decreto 1888/1984.

b) Para plazas de Catedrático de Universidad: Exposición oral

por el aspirante, durante un tiempo máximo de dos horas, de

un trabajo original de investigación realizado por el aspirante solo

o en equipo, en este último caso como Director de la investigación,

lo que deberá quedar certificado por los miembros del equipo.

La exposición irá seguida de un debate con la Comisión, durante

un tiempo máximo de tres horas, sobre aquellos aspectos que

la misma considere relevantes en relación con el trabajo de

investigación.

Con carácter previo a la realización de la segunda prueba, y

una vez calificada la primera, los aspirantes entregarán a la

Comisión un resumen del tema elegido o del trabajo original de

investigación que vaya a ser expuesto oralmente.

Finalizadas las pruebas y antes de su calificación, la Comisión

o cada uno de sus miembros elaborará un informe sobre la

valoración que le merece cada concursante.

7. Propuesta de provisión

7.1 La propuesta de provisión de las plazas se realizará por

el sistema de votación, en el plazo máximo de treinta días a partir

de la fecha del comienzo de las pruebas. A estos efectos la

Comisión hará pública su propuesta y el voto de cada uno de sus

miembros.

7.2 Para la formulación de la propuesta la Comisión tendrá

en cuenta lo establecido en el artículo 11 del Real

Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre.

7.3 Formulada la propuesta, el Secretario de la Comisión,

en el plazo de los siete días hábiles siguientes al de finalización

de sus actuaciones, entregará en el Servicio de Recursos Humanos

PDI (Negociado de Concursos) el expediente administrativo del

concurso, que incluirá los documentos que se citan en el

artículo 12 del Real Decreto 1888/1984.

7.4 Contra la propuesta de la Comisión los candidatos podrán

presentar reclamación en el plazo de quince días hábiles, ante

el Rector de la Universidad de Valencia, excepto en el supuesto

de que no exista propuesta de provisión de la plaza, actuándose

a continuación en los términos previstos en el artículo 14 del

Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre.

8. Presentación de documentos

8.1 Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas

deberán presentar en el Servicio de Recursos Humanos PDI

(Negociado de Concursos) de esta Universidad, en el plazo de quince

días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión,

por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de

la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes

documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o

documento equivalente para los nacionales de otros Estados a los que

se hace referencia en la base segunda de esta convocatoria.

b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni

defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones

correspondientes a Profesor de Universidad.

c) Declaración jurada de no haber sido separado del servicio

de cualquiera de las Administraciones Públicas y de no hallarse

inhabilitado para el ejercicio de la función pública. En caso de

no poseer la nacionalidad española, acreditación de no estar

sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su

Estado, el acceso a la función pública, mediante la presentación

de los documentos correspondientes, certificados por las

autoridades competentes de su país de origen.

Los documentos expedidos en el extranjero deberán ser

oficiales, estar expedidos por las autoridades competentes y

legalizados por vía diplomática. En su caso, deberán ir acompañados

de la correspondiente traducción oficial al castellano.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos

de carrera estarán exentos de presentar tales documentos,

debien

do aportar certificación del organismo del que dependan

acreditativa de su condición de funcionarios y de cuantas

circunstancias consten en su hoja de servicios.

9. Nombramientos

Los nombramientos propuestos por la Comisión serán

efectuados por el Rector de la Universidad de Valencia. El aspirante

propuesto deberá tomar posesión de su destino en el plazo máximo

de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación

del nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

10. Norma final

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de la actuación de las Comisiones podrán ser

impugnados ante el Rector en los casos y en la forma previstos

en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y de acuerdo con lo

dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de

Reforma Universitaria, y el Real Decreto 1888/1984, de 26 de

septiembre.

Valencia, 18 de mayo de 2000.-El Rector, Pedro Ruiz Torres.

ANEXO I

Plaza número 122/2000. Cuerpo: Profesores Titulares de

Universidad. Régimen de dedicación: TC. Tipo de convocatoria:

Concurso. Área de conocimiento a la que corresponde: "Medicina

Preventiva y Salud Pública". Departamento al que está adscrita:

Medicina Preventiva y Salud Pública, Bromatología, Toxicología y

Medicina Legal. Actividades a realizar por quien obtenga la plaza:

Actividades docentes en la materia "Salud Pública". Licenciaturas de

Farmacia y de Ciencia y Tecnología de los Alimentos.

ANEXO II (ver imagen página 20894).

ANEXO III

1. Datos personales:

Apellidos y nombre .............................................

Número del documento nacional de identidad ...................

Lugar y fecha de expedición ....................................

Nacimiento: Provincia y localidad ...............................

Fecha ..........................................................

Residencia: Provincia ..........................................

Localidad ......................................................

Domicilio ......................................................

Teléfono .......................................................

Facultad o Escuela actual .......................................

Departamento o Unidad docente actual .........................

Categoría actual como Profesor contratado o interino ............

2. Títulos académicos (clase, organismo y centro de

expedición, fecha de expedición, calificación, si la hubiere).

3. Puestos docentes desempeñados (categoría, organismo

o centro, régimen dedicación, actividad, fecha de nombramiento

o contrato, fecha cese o terminación).

4. Actividad docente desempeñada (asignatura, organismo,

centro y fecha).

5. Actividad investigadora desempeñada (programas y

puestos).

6. Publicaciones -libros- (título, fecha de publicación,

editorial).

7. Publicaciones -artículos- (título, revista, fecha de

publicación, número de páginas). Indicar trabajos en prensa justificando

su aceptación por la revista editora.

8. Otras publicaciones.

9. Otros trabajos de investigación.

10. Proyectos de investigación subvencionados.

11. Comunicaciones y ponencias presentadas a congresos

(indicar título, lugar, fecha, entidad organizadora y carácter nacional

o internacional).

12. Patentes.

13. Cursos y seminarios impartidos (con indicación del

centro, organismo, materia, actividad desarrollada y fecha).

14. Cursos y seminarios recibidos (con indicación del centro,

organismo, materia y fecha de celebración).

15. Becas, ayudas y premios recibidos (con posterioridad a

la licenciatura).

16. Actividades en empresas y profesión libre.

17. Otros méritos docentes o de investigación.

18. Otros méritos.

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