De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983,
y el artículo 4 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre
("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre), modificado
parcialmente por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio ("Boletín
Oficial del Estado" de 11 de julio),
Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso la plaza que
se relaciona en el anexo I de la presente Resolución de acuerdo
con las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Los concursos se regirán por lo dispuesto en la siguiente
normativa: Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto ("Boletín
Oficial del Estado" de 1 de septiembre), de Reforma Universitaria ;
Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre ("Boletín Oficial
del Estado" de 26 de octubre), modificado parcialmente por el
Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio ("Boletín Oficial del
Estado"de 11 de julio), que regula los concursos para la provisión
de plazas de los cuerpos docentes universitarios ; Ley 17/1993,
de 23 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 24), y Real
Decreto 800/1995, de 19 de mayo ("Boletín Oficial del Estado"
de 7 de junio), que regulan el acceso a determinados sectores
de la función pública de los nacionales de los demás Estados
miembros de la Comunidad Europea ; Real Decreto 1665/1991, de 25
de octubre ("Boletín Oficial del Estado" de 22 de noviembre), y
Orden de 23 de enero de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" del 28),
reguladores del sistema general de reconocimiento de los títulos
de Enseñanza Superior de los Estados miembros de la Comunidad
Europea que exigen una formación mínima de tres años de
duración ; Real Decreto 86/1987, de 16 de enero ("Boletín Oficial del
Estado" del 23), por el que se regulan las condiciones de
homo
logación de títulos extranjeros de educación superior ; Real Decreto
766/1992, de 26 de junio ("Boletín Oficial del Estado" del 30),
modificado por el Real Decreto 737/1995, de 5 de mayo ("Boletín
Oficial del Estado" de 5 de junio), que regula la entrada y
permanencia en España de nacionales de Estados miembros de las
Comunidades Europeas ; Estatutos de la Universidad de Valencia
("Diario Oficial de la Generalidad Valenciana" de 16 de diciembre
de 1985), modificados parcialmente por el Decreto 48/2000, de
17 de abril ("Diario Oficial de la Generalidad Valenciana" del 19).
En lo no previsto en las citadas disposiciones se aplicará la
legislación general de funcionarios civiles del Estado.
2. Requisitos de los candidatos
Para ser admitido al citado concurso se precisan los siguientes
requisitos:
2.1 Requisitos generales:
a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados
miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que,
en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en
el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, según dispone
la Ley 17/1993, de 23 de diciembre. También podrán participar
los descendientes y el cónyuge de un ciudadano de la Unión
Europea, y los descendientes del cónyuge, siempre que los cónyuges
no estén separados de derecho y que los descendientes sean
menores de veintiún años o mayores de dicha edad pero que vivan
a su cargo. Este beneficio también será aplicable a los familiares
de otros Estados si hay tratados internacionales, ratificados por
España, que así lo establezcan.
b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la
edad de jubilación establecida por la legislación vigente en la fecha
de finalización de la presentación de solicitudes.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
En el caso de los aspirantes que no ostenten la nacionalidad
española, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que
impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor
de Universidad.
2.2 Requisitos específicos:
a) Estar en posesión del título de Doctor, salvo en las plazas
de titular de Escuela Universitaria, para las que se requiere el
título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero Superior, o el título
de Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico en aquellas
áreas de conocimiento específicas que determine el Consejo de
Universidades.
b) Reunir las condiciones específicas señaladas en los
artículos 4.1 y 4.2 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de
septiembre, según el cuerpo al que pertenezca la plaza a la que se
concurse.
c) No podrán concursar a plazas de Profesor titular de
Universidad quienes hayan estado contratados durante más de dos
años como Ayudante en esta Universidad. Quedan exceptuados
de esta exigencia quienes durante un año o más hubieran realizado
tareas de investigación o hubieran sido Ayudantes en otra u otras
Universidades españolas o extranjeras, o hubieran realizado
estudios en otra Universidad o institución académica española o
extranjera, autorizados por esta Universidad.
Los títulos académicos expedidos en otros Estados miembros
de la Unión Europea deberán estar homologados o, en su caso,
reconocidos para el ejercicio de la profesión de Profesor de
Universidad de acuerdo con lo previsto en la Orden de 23 de enero
de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" del 28).
En el caso de que la titulación exigida para cada una de las
plazas se haya obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido
la correspondiente homologación en España según lo dispuesto
en el Real Decreto 86/1987, de 16 de enero ("Boletín Oficial
del Estado" del 23).
La concurrencia de los requisitos generales y específicos deberá
estar referida siempre a una fecha anterior a la de expiración del
plazo fijado para solicitar la participación en el concurso.
3. Solicitudes
3.1 Los aspirantes que deseen tomar parte en el concurso
remitirán la correspondiente solicitud al magnífico y excelentísimo
señor Rector de esta Universidad (Servicio de Recursos Humanos
PDI/Concursos), calle Antiga Senda de Senent, 11, 46023
Valencia, por cualquiera de los procedimientos establecidos en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín
Oficial del Estado" del 14), en el plazo de veinte días hábiles a
partir de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial
del Estado", mediante instancia debidamente cumplimentada,
según el modelo que se adjunta como anexo II a esta convocatoria,
a la que se acompañará la siguiente documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o del
pasaporte. Los candidatos que no posean la nacionalidad española
y tengan derecho a participar deberán aportar, además,
certificación expedida por la autoridad competente de su país de origen
que acredite la nacionalidad y, en su caso, los documentos que
acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas
o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan
dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada
o promesa de éste de que no está separado de derecho de su
cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.
b) Fotocopia compulsada del título académico exigido. Si el
mismo se hubiera expedido en el extranjero deberá adjuntarse
la credencial de la homologación. Si se hubiera expedido en otro
Estado miembro de la Unión Europea podrá presentarse la
credencial de la homologación o bien la credencial del reconocimiento
del título para el ejercicio de la profesión de Profesor de
Universidad.
c) Certificaciones acreditativas del cumplimiento de los
requisitos académicos específicos que señala la base 2.2 para participar
en el concurso.
d) Justificación de haber efectuado el ingreso de los derechos
de examen (4.000 pesetas) en la cuenta "Derechos de
examenUniversidad de Valencia", número 2077-0735-81-3100022232 de
"Bancaja". A tal efecto, debe adjuntarse a la solicitud uno de los
ejemplares del recibo de ingreso o transferencia a dicha cuenta,
indicando en el mismo el nombre del aspirante y el código de
la plaza a la que se concursa.
3.2 La falta de abono de la cantidad indicada en el período
de presentación de solicitudes se considerará incumplimiento
insubsanable que provocará la inadmisión al concurso.
3.3 Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas
de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas
por el funcionario de Correos, antes de su certificación, tal como
señala el artículo 38.4.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
3.4 De conformidad con el citado artículo 38 no tendrán la
consideración de oficinas de registro las de otras Universidades
distintas a la convocante.
3.5 Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero
podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas y
consulados españoles correspondientes, quienes las remitirán
seguidamente al Registro General de la Universidad de Valencia.
El interesado acompañará a dicha solicitud fotocopia del
comprobante de haber satisfecho los derechos de examen.
3.6 El domicilio que figura en las instancias se considerará
el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad
exclusiva del concursante tanto los errores en la consignación
del mismo como en la comunicación de cualquier cambio de dicho
domicilio.
4. Admisión de aspirantes
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector
de esta Universidad, por cualquiera de los procedimientos
esta
blecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, remitirá a
todos los aspirantes la relación completa de admitidos y excluidos,
con indicación de las causas de exclusión. Contra dicha resolución,
los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector en
el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de
su notificación.
5. Comisión de selección
5.1 Los integrantes de la Comisión de selección serán
designados de conformidad con lo establecido en los artículos 6 y 7
del Real Decreto 1888/1984.
5.2 Los aspirantes podrán recusar a los miembros de la
Comisión cuando concurra alguno de los motivos de recusación
previstos en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
6. Desarrollo del concurso
6.1 El Presidente de la Comisión, dentro del plazo habilitado
reglamentariamente para la constitución de la misma, dictará una
resolución que deberá ser notificada a todos los interesados con
una antelación mínima de quince días naturales respecto a la fecha
del acto para el que se les cita, convocando a:
a) Los miembros titulares de la Comisión y, en su caso, a
los suplentes necesarios, para efectuar el acto de constitución
de la misma, fijar y hacer públicos los criterios que se utilizarán
para la valoración de las pruebas, así como para determinar las
demás especificaciones que sean necesarias para la realización
de las mismas.
b) Los aspirantes admitidos a participar en el concurso, para
realizar el acto de presentación de los concursantes, con
señalamientos del día, hora y lugar de celebración de dicho acto. A
estos efectos, el plazo entre la fecha prevista para el acto de
constitución de la Comisión y la fecha señalada para el acto de
presentación no podrá exceder de dos días hábiles.
6.2 En el acto de presentación los concursantes entregarán
al Presidente de la Comisión la siguiente documentación por
quintuplicado: Currículum vitae (anexo III), proyecto docente y, en
su caso, proyecto de investigación, y un ejemplar de las
publicaciones y documentos acreditativos de lo consignado en el
currículum, tal como establecen los artículos 9 y 10 del Real Decreto
1888/1984, de 26 de septiembre, modificado por Real Decreto
1427/1986, de 13 de junio. Asimismo, se determinará, mediante
sorteo, el orden de actuación de los aspirantes y se fijará el lugar,
fecha y hora de inicio de las pruebas, las cuales deberán comenzar
en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al
acto de presentación.
6.3 Previamente a la realización de la primera prueba, cada
miembro de la Comisión entregará al Secretario de la misma un
informe razonado sobre los méritos alegados por cada uno de
los aspirantes.
La primera prueba, que será publica, consistirá en la exposición
oral por el concursante de los méritos alegados y en la defensa
del proyecto docente presentado, seguidas de un debate con la
Comisión durante un tiempo máximo de tres horas. Esta prueba
tendrá carácter eliminatorio para todos aquellos aspirantes que
no obtengan, al menos, tres votos.
La segunda prueba, que será pública, consistirá en:
a) Para plazas de Profesor titular de Universidad, Catedrático
de Escuela Universitaria y Profesor titular de Escuela Universitaria:
Exposición oral por el aspirante, durante un tiempo mínimo de
cuarenta y cinco minutos y máximo de una hora y media, de un
tema relativo a una especialidad del área de conocimiento a la
que corresponda la plaza, elegido libremente por él mismo. La
exposición irá seguida de un debate con la Comisión durante un
tiempo máximo de tres horas, en los términos establecidos en
el artículo 9.5 del Real Decreto 1888/1984.
b) Para plazas de Catedrático de Universidad: Exposición oral
por el aspirante, durante un tiempo máximo de dos horas, de
un trabajo original de investigación realizado por el aspirante solo
o en equipo, en este último caso como Director de la investigación,
lo que deberá quedar certificado por los miembros del equipo.
La exposición irá seguida de un debate con la Comisión, durante
un tiempo máximo de tres horas, sobre aquellos aspectos que
la misma considere relevantes en relación con el trabajo de
investigación.
Con carácter previo a la realización de la segunda prueba, y
una vez calificada la primera, los aspirantes entregarán a la
Comisión un resumen del tema elegido o del trabajo original de
investigación que vaya a ser expuesto oralmente.
Finalizadas las pruebas y antes de su calificación, la Comisión
o cada uno de sus miembros elaborará un informe sobre la
valoración que le merece cada concursante.
7. Propuesta de provisión
7.1 La propuesta de provisión de las plazas se realizará por
el sistema de votación, en el plazo máximo de treinta días a partir
de la fecha del comienzo de las pruebas. A estos efectos la
Comisión hará pública su propuesta y el voto de cada uno de sus
miembros.
7.2 Para la formulación de la propuesta la Comisión tendrá
en cuenta lo establecido en el artículo 11 del Real
Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre.
7.3 Formulada la propuesta, el Secretario de la Comisión,
en el plazo de los siete días hábiles siguientes al de finalización
de sus actuaciones, entregará en el Servicio de Recursos Humanos
PDI (Negociado de Concursos) el expediente administrativo del
concurso, que incluirá los documentos que se citan en el
artículo 12 del Real Decreto 1888/1984.
7.4 Contra la propuesta de la Comisión los candidatos podrán
presentar reclamación en el plazo de quince días hábiles, ante
el Rector de la Universidad de Valencia, excepto en el supuesto
de que no exista propuesta de provisión de la plaza, actuándose
a continuación en los términos previstos en el artículo 14 del
Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre.
8. Presentación de documentos
8.1 Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas
deberán presentar en el Servicio de Recursos Humanos PDI
(Negociado de Concursos) de esta Universidad, en el plazo de quince
días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión,
por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de
la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes
documentos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o
documento equivalente para los nacionales de otros Estados a los que
se hace referencia en la base segunda de esta convocatoria.
b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni
defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones
correspondientes a Profesor de Universidad.
c) Declaración jurada de no haber sido separado del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas y de no hallarse
inhabilitado para el ejercicio de la función pública. En caso de
no poseer la nacionalidad española, acreditación de no estar
sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su
Estado, el acceso a la función pública, mediante la presentación
de los documentos correspondientes, certificados por las
autoridades competentes de su país de origen.
Los documentos expedidos en el extranjero deberán ser
oficiales, estar expedidos por las autoridades competentes y
legalizados por vía diplomática. En su caso, deberán ir acompañados
de la correspondiente traducción oficial al castellano.
8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos
de carrera estarán exentos de presentar tales documentos,
debien
do aportar certificación del organismo del que dependan
acreditativa de su condición de funcionarios y de cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
9. Nombramientos
Los nombramientos propuestos por la Comisión serán
efectuados por el Rector de la Universidad de Valencia. El aspirante
propuesto deberá tomar posesión de su destino en el plazo máximo
de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación
del nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
10. Norma final
La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos
administrativos se deriven de la actuación de las Comisiones podrán ser
impugnados ante el Rector en los casos y en la forma previstos
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y de acuerdo con lo
dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de
Reforma Universitaria, y el Real Decreto 1888/1984, de 26 de
septiembre.
Valencia, 18 de mayo de 2000.-El Rector, Pedro Ruiz Torres.
ANEXO I
Plaza número 122/2000. Cuerpo: Profesores Titulares de
Universidad. Régimen de dedicación: TC. Tipo de convocatoria:
Concurso. Área de conocimiento a la que corresponde: "Medicina
Preventiva y Salud Pública". Departamento al que está adscrita:
Medicina Preventiva y Salud Pública, Bromatología, Toxicología y
Medicina Legal. Actividades a realizar por quien obtenga la plaza:
Actividades docentes en la materia "Salud Pública". Licenciaturas de
Farmacia y de Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
ANEXO II (ver imagen página 20894).
ANEXO III
1. Datos personales:
Apellidos y nombre .............................................
Número del documento nacional de identidad ...................
Lugar y fecha de expedición ....................................
Nacimiento: Provincia y localidad ...............................
Fecha ..........................................................
Residencia: Provincia ..........................................
Localidad ......................................................
Domicilio ......................................................
Teléfono .......................................................
Facultad o Escuela actual .......................................
Departamento o Unidad docente actual .........................
Categoría actual como Profesor contratado o interino ............
2. Títulos académicos (clase, organismo y centro de
expedición, fecha de expedición, calificación, si la hubiere).
3. Puestos docentes desempeñados (categoría, organismo
o centro, régimen dedicación, actividad, fecha de nombramiento
o contrato, fecha cese o terminación).
4. Actividad docente desempeñada (asignatura, organismo,
centro y fecha).
5. Actividad investigadora desempeñada (programas y
puestos).
6. Publicaciones -libros- (título, fecha de publicación,
editorial).
7. Publicaciones -artículos- (título, revista, fecha de
publicación, número de páginas). Indicar trabajos en prensa justificando
su aceptación por la revista editora.
8. Otras publicaciones.
9. Otros trabajos de investigación.
10. Proyectos de investigación subvencionados.
11. Comunicaciones y ponencias presentadas a congresos
(indicar título, lugar, fecha, entidad organizadora y carácter nacional
o internacional).
12. Patentes.
13. Cursos y seminarios impartidos (con indicación del
centro, organismo, materia, actividad desarrollada y fecha).
14. Cursos y seminarios recibidos (con indicación del centro,
organismo, materia y fecha de celebración).
15. Becas, ayudas y premios recibidos (con posterioridad a
la licenciatura).
16. Actividades en empresas y profesión libre.
17. Otros méritos docentes o de investigación.
18. Otros méritos.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid