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Documento BOE-A-2000-11137

Orden de 9 de junio de 2000 por la que se convoca concurso para provisión de destinos en la Carrera Fiscal.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 14 de junio de 2000, páginas 21003 a 21006 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2000-11137

TEXTO ORIGINAL

Se convoca concurso para provisión de destinos en la Carrera

Fiscal que se relacionan a continuación:

I. Plaza de 2.a categoría a proveer por Fiscales

exclusivamente:

Fiscalía General del Estado

Inspección Fiscal: Una plaza de Fiscal.

II. Plazas de 2.a categoría a proveer por Fiscales o Abogados

Fiscales:

Comunidad Autónoma de Andalucía

Adscripción Permanente de Lora del Río de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Sevilla: Una plaza de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Córdoba: Una plaza de

Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cantabria

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria: Una

plaza de Fiscal.

Adscripción Permanente de Torrelavega de la Fiscalía del

Tribunal Superior de Justicia de Cantabria: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cataluña

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Dos

plazas de Fiscal.

Adscripción Permanente de Badalona de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Fiscal.

Adscripción Permanente de L'Hospitalet de Llobregat de la

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza

de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Girona: Una plaza de

Fiscal.

Adscripción Permanente de Reus de la Fiscalía de la Audiencia

Provincial de Tarragona: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Castilla y León

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León:

Una plaza de Fiscal.

Comunidad de Madrid

Adscripción Permanente de Getafe de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Dos plazas de

Fiscal.

Comunidad Autónoma del País Vasco

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco: Una

plaza de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Dos plazas

de Fiscal.

Comunidad Valenciana

Adscripción Permanente de Benidorm de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Alicante: Una plaza de Fiscal.

III. Plaza de 2.a categoría para Fiscales o Abogados Fiscales,

reconvertida por aplicación del Real Decreto 1648/1998, de 24

de julio:

Comunidad Autónoma de Galicia

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Ourense: Una plaza de

Fiscal.

IV. Plazas de 3.a categoría para Abogados Fiscales

exclusivamente:

Comunidad Autónoma de Andalucía

Adscripción Permanente de Motril de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de Andalucía: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Almería: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Huércal-Overa de la Fiscalía de

la Audiencia Provincial de Almería: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provicial de Cádiz: Dos plazas de

Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Algeciras de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Cádiz: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Jerez de la Frontera de la Fiscalía

de la Audiencia Provincial de Cádiz: Tres plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Jaén: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Linares de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Jaén: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Huelva: Dos plazas de

Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Marbella de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Málaga: Tres plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla: Cuatro plazas

de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Lora del Río de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Sevilla: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Adscripción Permanente de Mahón de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de las Illes Balears: Una plaza de Abogado

Fiscal.

Comunidad Autónoma de Canarias

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Cuatro

plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de San Bartolomé de Tirajana de la

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Una plaza

de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife:

Dos plazas de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cantabria

Adscripción Permanente de Laredo de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de Cantabria: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Toledo: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Castilla y León

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Ávila: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Soria: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Valladolid: Una plaza

de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Zamora: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cataluña

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Tres

plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Badalona de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Granollers de la Fiscalía del

Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Abogado

Fiscal.

Adscripción Permanente de Manresa de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Sabadell de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Sant Feliu de Llobregat de la

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza

de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Terrassa de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de Cataluña: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Vilanova i la Geltrú de la Fiscalía

del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Tres plazas de

Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Figueres de la Fiscalía de la

Audiencia Provincia de Girona: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Lleida: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de La Seu d'Urgell de la Fiscalía de

la Audiencia Provincia de Lleida: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Tarragona: Una plaza

de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Tortosa de la Fiscalía de la

Audiencia Provincia de Tarragona: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Extremadura

Adscripción Permanente de Mérida de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Badajoz: Tres plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Zafra de la Fiscalía de la Audiencia

Provincial de Badajoz: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Galicia

Adscripción Permanente de Santiago de Compostela de la

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Pontevedra: Una plaza

de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Cambados de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Pontevedra: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad de Madrid

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de

Madrid: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Alcalá de Henares de la Fiscalía

del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid:

Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Getafe de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Dos plazas de

Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Móstoles de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Adscripción Permanente de Cartagena de la Fiscalía del

Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia: Dos plazas

de Abogado Fiscal.

Comunidad Valenciana

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad

Valenciana: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Benidorm de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Alicante: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Elx de la Fiscalía de la Audiencia

Provincial de Alicante: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma del País Vasco

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Una

plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Barakaldo de la Fiscalía del

Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Una plaza de Abogado

Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Una plaza

de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Bergara de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Tres plazas de Abogado Fiscal.

V. Plazas de 3.a categoría para Abogados Fiscales

exclusivamente, reasignadas por aplicación del Real Decreto 298/1996,

de 23 de febrero:

Comunidad Valenciana

Adscripción Permanente de Gandía de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana: Dos plazas de

Abogado Fiscal.

El concurso se sujetará a las siguientes bases:

Primera.-Las solicitudes de los aspirantes, dirigidas al Ministro

de Justicia, por conducto de su jefe inmediato, se presentarán

ante este último dentro de los diez días naturales siguientes al

de la publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial del

Estado".

Segunda.-En las instancias, según modelo que se acompaña

en el anexo, los solicitantes consignarán:

a) Nombre, apellidos, categoría en la Carrera, antigüedad,

cargo que desempeñan, con expresión de las fechas en que fueron

nombrados y tomaron posesión de los mismos.

b) Destino al que aspiran y, cuando sean varios, orden de

prelación según sus preferencias.

c) Que, en caso de ser nombrados para el destino o destinos

a que aspiren, no incurrirán en alguna de las incompatibilidades

que establecen los artículos 57 y 58 de la Ley 50/1981.

Las peticiones que se formulen en forma condicionada, o no

aparezcan redactadas con claridad sufiente, carecerán de validez.

Tercera.-No podrán tomar parte en el concurso:

a) Los miembros del Ministerio Fiscal en quienes no concurran

los requisitos establecidos para cada caso.

b) Los trasladados en aplicación de lo dispuesto en los

artículos 39.3 y 40 de la Ley 50/1981, respecto de las Fiscalías

donde estaban destinados mientras subsistan las causas que

determinaron el traslado.

c) Los electos para un destino que hubiera sido solicitado

por ellos.

d) Los que llevasen menos de un año contado desde la fecha

de posesión en plaza a la que hubieran accedido voluntariamente,

excepto para solicitar las plazas contenidas en los apartados III

y V.

e) Los suspensos, mientras la suspensión no se levante.

Cuarta.-Los Fiscales Jefes de los Tribunales Superiores de

Justicia y de las Audiencias, una vez consignada en las solicitudes

la fecha de la presentación, las remitirán sin dilación al Fiscal

General del Estado, y al día siguiente de terminado el plazo de

presentación de instancias, comunicarán al Fiscal General del

Estado, urgentemente, el número de instancias presentadas o el hecho

de no haberse presentado ninguna.

Quinta.-Dentro de los ocho días siguientes al del vencimiento

del plazo para solicitar las plazas vacantes, el Fiscal General del

Estado convocará al Consejo Fiscal para que emita el informe

correspondiente en relación con la resolución del concurso, y una

vez evacuado elevará a este Ministerio la propuesta de los

nombramientos que procedan, a la que acompañarán tanto las

instancias presentadas como los informes del Consejo Fiscal.

Sexta.-Recibidas las propuestas de nombramiento, este

Departamento las elevará al Consejo de Ministros o resolverá

direc

tamente, según procediere, de conformidad con lo dispuesto en

el artículo 38 de la Ley 50/1981.

Séptima.-En aplicación de lo establecido en la regla 4.a de

la disposición transitoria primera del Real Decreto 391/1989, de

21 de abril, las plazas incluidas en los apartados II y III ("plazas

de 2.a categoría a proveer por Fiscales o Abogados Fiscales") y

III ("plaza de 2.a categoría para Fiscales o Abogados Fiscales,

reconvertida por aplicación del Real Decreto 1648/1998, de 24

de julio"), que hubieran de quedar desiertas por falta de

solicitantes, serán adjudicadas, en la Orden de resolución del concurso,

al Abogado Fiscal o a los Abogados Fiscales más antiguos en

el escalafón que estuvieran destinados en la Fiscalía o, en su caso,

en la adscripción permanente a las que dichas plazas pertenezcan.

Madrid, 9 de junio de 2000.-P. D. (Orden de 29 de octubre

de 1996), el Director general de Relaciones con la Administración

de Justicia, Carlos Lesmes Serrano.

ANEXO: (Ver imagen página 21006).

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