De conformidad con lo establecido en el artículo 4.1 de las
bases de las pruebas selectivas, en el marco del proceso de
consolidación, para cubrir plazas de personal laboral en las categorías
que se recogen en el anexo a la presente Orden, cuya convocatoria
se anunció por Orden de 18 de diciembre de 1997 y se inició
por Orden de 6 de abril de 2000 ("Boletín Oficial del Estado"
del 18) y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 31
del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
Este Ministerio ha resuelto:
Primero.-Aprobar las listas provisionales de aspirantes
admitidos y excluidos a las citadas pruebas en las distintas categorías
que se recogen en el anexo a esta Orden.
Segundo.-Publicar las listas provisionales de admitidos y
excluidos para cada categoría laboral de las que se recogen en
el anexo, que se encontrarán expuestas en los servicios centrales
y Direcciones Provinciales del Instituto Social de la Marina,
Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno, en el Centro de
Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas
(calle María de Molina, número 50, Madrid) y en el Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales (calle Agustín de Bethencourt
número 4, Madrid), con expresión de las causas de exclusión, en su
caso.
Tercero.-El plazo para la presentación de reclamaciones a
dichas listas será de diez días hábiles, contados a partir del
siguiente al de la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial del
Estado", para la subsanación, cuando ello sea posible, de errores
así como de aquellos defectos que hayan motivado su no admisión
u omisión.
Cuarto.-Finalizado el plazo de subsanación, se elevarán a
definitivas las listas de admitidos y excluidos, exponiéndose para su
total difusión en los mismos lugares que las provisionales.
Quinto.-Se convoca a todos los aspirantes admitidos, en
llamamiento único, para la realización del primer ejercicio, en la
fecha, lugar y hora que se especifica, para cada categoría laboral,
en el anexo a la presente Orden.
Sexto.-Con la finalidad de acreditar su identidad, los
opositores deberán presentar el documento nacional de identidad o,
en su defecto, permiso de conducir o pasaporte, así como la hoja
número 3 "Ejemplar para el interesado", de la solicitud de admisión
a las pruebas.
Madrid, 7 de junio de 2000.-P. D. (Orden de 21 de mayo
de 1996, artículo 2, apartado 15), el Subsecretario, Marino Díaz
Guerra.
ANEXO (ver imagen página 21361).
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