Por Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo de 19 de diciembre de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de enero de 1998), se hacía pública la convocatoria para la concesión de ayudas para estancias de Investigadores, Científicos y Tecnólogos extranjeros en España dentro del Programa Nacional y Sectorial de Formación de Personal Investigador.
Al amparo del punto 3.1 del anexo I de la mencionada resolución de convocatoria, se han recibido escritos de solicitudes de prolongaciones de estancias.
Una vez evaluados los resultados obtenidos y los objetivos que se pretenden alcanzar, la Comisión de Selección de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, ha acordado elevar al Director general de Universidades la propuesta de financiación de las subvenciones que figuran en el anexo.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la resolución de convocatoria, he acordado:
La concesión de las subvenciones relacionadas en el anexo, a los Organismos que se señalan, destinadas a la financiación de las prolongaciones de estancias de Profesores extranjeros en régimen de sabático en centros de investigación españoles por un importe total de 3.750.000 (tres millones setecientas cincuenta mil) pesetas.
El gasto propuesto se imputará a la aplicación presupuestaria 18.07.781 del Programa 541A de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2000.
Los organismos perceptores de la subvención presentarán certificación que acredite que su importe se ha incorporado a su contabilidad, en el plazo de un mes a contar desde su percibo.
La subvención quedará afecta a los fines para los que se otorga. De su correcta utilización responderá el organismo perceptor, dentro de los tres meses siguientes a la terminación de la estancia, de la siguiente forma:
Con certificación que la acredite, los organismos sujetos a rendición de cuentas al Tribunal de Cuentas.
Con justificantes originales, los no sujetos a ese requisito.
La justificación se realizará de acuerdo con el apartado 5.5 del anexo I de la Resolución de 19 de diciembre de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de enero de 1998).
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, que establece el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición, en el supuesto de haberse presentado, sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.
Madrid, 29 de mayo de 2000.‒El Director general, Ismael Crespo Martínez.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Formación, Perfeccionamiento y Movilidad de Investigadores.
Centro: Departamento de Química Física Aplicada
Referencia: SAB1998-0165P. Invitado: Ferro Fernández, Víctor Roberto. Receptor: García de la Vega, José Manuel. Fecha inicio: 1 de julio de 2000. Fecha final: 31 de diciembre de 2000. Número de meses: Seis. Dotación mensual: 325.000 pesetas. Año 2000: 1.950.000 pesetas. Subvención: 1.950.000 pesetas.
Universidad Pública de Navarra
Centro: Centro de Biotecnología Agraria Vegetal
Referencia: SAB1998-0213P. Invitado: Akazawa, Takasmi. Receptor: Pozueta Romero, Francisco Javier. Fecha inicio: 1 de julio de 2000. Fecha final: 31 de diciembre de 2000. Número meses: Seis. Dotación mensual: 300.000 pesetas. Año 2000: 1.800.000 pesetas. Subvención: 1.800.000 pesetas.
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