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Documento BOE-A-2000-12340

Orden de 23 de junio de 2000 por la que se resuelve el concurso de méritos para la provisión de vacantes de personal docente en el exterior, convocado por Orden de 29 de diciembre de 1999.

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 30 de junio de 2000, páginas 23429 a 23438 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2000-12340

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 29 de diciembre de 1999 ("Boletín Oficial del

Estado" de 28 de enero de 2000) se convocó concurso público

de méritos para la provisión de plazas vacantes de funcionarios

docentes en el exterior, y por Resolución de 19 de mayo de 2000

("Boletín Oficial del Estado" del 25) se aprobaron las listas

definitivas de admitidos y excluidos, las puntuaciones definitivas de

la fase general y los idiomas definitivamente acreditados y se

convocó para la realización de la fase específica.

Realizada la fase específica y concluido el proceso de selección,

la Comisión de selección, en cumplimiento de lo preceptuado en

el apartado 1 de la base octava, ha remitido a la Dirección General

de Programación Económica, Personal y Servicios la propuesta

de resolución del concurso, con la relación de candidatos

seleccionados y las valoraciones otorgadas a cada uno de ellos.

Cumplidos todos los trámites y requisitos del concurso previstos

en la Orden de convocatoria.

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Ordenar la exposición a partir del día 3 de julio

de 2000 en el Servicio de Información del Ministerio de Educación,

Cultura y Deporte, en las Direcciones Provinciales del

Departamento en Ceuta y Melilla ; en las Delegaciones y Subdelegaciones

del Gobierno, de la lista de candidatos que han realizado la fase

específica prevista en la base sexta B) de la Orden de convocatoria,

con indicación de las puntuaciones obtenidas en esta fase y la

total alcanzada.

Segundo.-Adscribir temporalmente, de acuerdo con la base

novena de la Orden de convocatoria, a los profesores relacionados

en el anexo a la presente Orden, a las plazas y por los períodos

que se especifican, con indicación de las plazas que han resultado

desiertas por falta de candidatos que reunieran los requisitos

exigidos. Los Asesores técnicos, de acuerdo con lo establecido en

la base undécima de la Orden de convocatoria, desempeñarán

sus funciones en la plaza adjudicada, durante el primer año, en

régimen de comisión de servicios.

Tercero.-La adscripción de los profesores dependientes de las

Administraciones educativas de las Comunidades Autónomas

quedará condicionada a la autorización del centro directivo

autonómico correspondiente.

Cuarto.-Los profesores a que se refiere esta Orden tomarán

posesión en sus destinos ante el órgano competente, que remitirá

las certificaciones de toma de posesión, con carácter de urgencia,

a la Dirección General de Programación Económica, Personal y

Servicios, a los efectos de formalizar el documento de inscripción

de la toma de posesión en el Registro Central de Personal.

Quinto.-A los profesores adscritos les será de aplicación el

régimen económico contenido en las bases de la convocatoria, estando

obligados a cumplir el régimen administrativo previsto en la misma.

Las liquidaciones de haberes de los profesores adscritos

deberán ser remitidas a la Habilitación Central del Ministerio de

Educación, Cultura y Deporte, a los efectos de ser incluidos en la

nómina de personal en el extranjero.

Sexto.-Corregir los errores y omisiones detectados en las listas

definitivas aprobadas por la Resolución de 19 de mayo citada,

en el siguiente sentido:

Don Máximo Adeva Herranz, con documento nacional de

identidad 103.740, que aparece en la relación provisional de admitidos

con una puntuación en la fase general de 5,23 puntos, debe

aparecer en la relación definitiva de admitidos que han superado la

fase general con la misma puntuación de 5,23 puntos.

Don Vicente Ramón Moliner Santamaría, con documento

nacional de identidad 19.861.220, que aparece en la relación definitiva

de excluidos por no haber presentado hoja de servicios certificada

en la forma indicada en la convocatoria, debe aparecer en la

relación definitiva de admitidos que han superado la fase general,

con una puntuación de 5,50 puntos y con el idioma de francés

intermedio acreditado.

Doña Ana Pardo López-Abad, con documento nacional de

identidad 33.818.752, que aparece en la relación definitiva de

excluidos por no haber acreditado el idioma, debe aparecer en la relación

definitiva de admitidos que han superado la fase general, con una

puntuación de 5,65 puntos y con el idioma de francés intermedio

acreditado.

Doña Pilar Martínez García, con documento nacional de

identidad 23.589.909, que aparece en la relación definitiva de

admitidos que no han superado la fase general, con una puntuación

de 3,75 puntos, debe aparecer en esa misma relación, pero con

una puntuación de 3,90 puntos, al reconocérsele 0,15 puntos

por el apartado 2.2.

Don Antonio Martínez Trujillo, con documento nacional de

identidad 74.576.012, que aparece en la relación definitiva de

admitidos que han superado la fase general, con una puntuación

de 0 puntos en los apartados 2.4.1, 2.4.2, 2.4.3 y 3.1, debe

aparecer en esa misma relación con la siguiente puntuación: 2.4.1,

0,20 puntos ; 2.4.2, 0,30 puntos; 2.4.3, 0,10 puntos; 3.1, 1,50

puntos, y con una puntuación total de 7,05 puntos.

Don Rafael Rivera Garrido, con documento nacional de

identidad 74.996.950, que aparece en la relación definitiva de

excluidos por no haber acreditado el idioma, debe aparecer en la relación

definitiva de admitidos que han superado la fase general, con una

puntuación de 5,40 puntos y con el idioma de francés intermedio

acreditado.

Doña Ercilia Luisa Diéguez Bahamonde, con documento

nacional de identidad 33.191.729, que aparece en la relación definitiva

de admitidos que han superado la fase general sin acreditación

de idioma, debe aparecer con el idioma de francés intermedio

acreditado.

Séptimo.-Esta Orden es definitiva en la vía administrativa y

contra la misma cabe interponer recurso

contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo,

conforme a lo establecido en los artículos 9.a) de la Ley 29/1998,

de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, y el 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,

del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley

Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar

desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo

con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida

potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo

órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los

artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 23 de junio de 2000.-La Ministra, P.D. (Orden de 1

de marzo de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 2), la Directora

general de Programación Económica, Personal y Servicios,

Engracia Hidalgo Tena.

Ilmos. Sres. Directora general de Programación Económica,

Personal y Servicios y Secretario general técnico.

ANEXO (ver imágenes páginas 23431 a 23438).

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