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Documento BOE-A-2000-12629

Resolución de 13 de junio de 2000, del Instituto Nacional de la Salud, por la que se resuelve provisionalmente el concurso de traslados voluntario para plaza de personal estatutario no facultativo de Instituciones Sanitarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 4 de julio de 2000, páginas 23959 a 23959 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2000-12629

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo previsto en la base 5.3 de la Resolución

de 15 de octubre de 1999, de la Dirección General de Recursos

Humanos del INSALUD,

Esta Presidencia Ejecutiva, en virtud de las funciones que tiene

asignadas por orden comunicada del Ministerio de Sanidad y

Consumo de 22 de mayo de 2000, resuelve:

Primero.-Aprobar y hacer pública la relación provisional del

concurso de traslados voluntario para plazas de personal

estatutario sanitario no facultativo de Instituciones Sanitarias.

Segundo.-De conformidad con lo establecido en los artículos

18.2, párrafo 2, y 18.3 del Real Decreto-ley 1/1999, de 8 de

enero, y según lo previsto en la base 5.4 de la convocatoria, los

interesados dispondrán de un plazo de quince días, a contar desde

el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en

el "Boletín Oficial del Estado", para formular reclamaciones contra

la resolución provisional. Dichas reclamaciones serán rechazadas

o admitidas por medio de la resolución definitiva, que se aprobará

y publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

Tercero.-Las reclamaciones contra la presente Resolución

deberán ser remitidas a la Dirección General del INSALUD,

Servicio de Selección de Personal Estatutario, calle Alcalá,

número 56, 28071 Madrid.

Cuarto.-De conformidad con lo previsto en la base 3.12 de

la convocatoria, hasta la finalización del plazo para formular

reclamaciones, los concursantes podrán desistir de su solicitud de

participar en el concurso de traslados voluntario. En el caso de

concursantes que participen condicionadamente, según lo previsto

en la base 3.10, la renuncia de uno de ellos implicará la renuncia

de ambos concursantes.

Quinto.-La relación de los concursantes que han participado

en el presente concurso de traslados, con indicación de la

puntuación otorgada a sus méritos y, en su caso, el destino adjudicado,

se publicará en los tablones de anuncios de las Direcciones

Territoriales/Provinciales del INSALUD y de las Subdelegaciones de

Gobierno, a partir del día siguiente de la publicación de la presente

Resolución en el "Boletín Oficial del Estado".

Asimismo se harán públicas las relaciones del personal excluido

con expresión de la causa de exclusión, en base a la siguiente

clasificación:

a. Instancia presentada fuera de plazo.

b. No poseer en propiedad plaza de la categoría estatutaria

a la que se concursa.

c. No haber prestado servicio en la plaza que actualmente

desempeña en propiedad durante, al menos, un año.

d. No llevar en situación de excedencia voluntaria al menos

un año antes de la fecha en que finalizó el plazo de presentación

de instancias.

e. Petición de destinos inexistentes o no ajustada a los códigos

de la convocatoria. No adjuntar hoja de petición de plazas.

j. Reingresados provisionales: No haber solicitado la plaza

que ocupa con carácter provisional.

f. Impreso de solicitud incompleto o deficientemente

cumplimentado.

g. Otras causas no contempladas en esta relación.

h. Por exclusión del condicionado.

Madrid, 13 de junio de 2000.-El Presidente ejecutivo, Rubén

F. Moreno Palanques.

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