Visto el expediente de indulto de don Fernando Morillo Rivera, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Salamanca, en sentencia de fecha 5 de julio de 1999, resolutoria de recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado Penal número 1 de Salamanca, de fecha 9 de abril de 1999, como autor de un delito de atentado, a la pena de dieciocho meses de prisión, y de una falta de lesiones, a la pena de multa de un mes a razón de 1.000 pesetas día, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1998, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de junio de 2000,
Vengo en conmutar a don Fernando Morillo Rivera las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, por otra de quinientos setenta días-multa, a satisfacer en cuotas diarias de 1.000 pesetas, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 16 de junio de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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