Por Orden de 28 de febrero de 2000 ("Boletín Oficial del Estado"
de 9 de marzo), se convocó concurso específico (1.E.00) para
la provisión de puestos de trabajo en el Ministerio de Economía
y Hacienda, suprimido por el Real Decreto 557/2000 ("Boletín
Oficial del Estado" de 28 de abril).
Habiéndose dado cumplimiento a las normas reglamentarias
y a las bases de la convocatoria, finalizado el plazo de presentación
de instancias, valorados los méritos alegados por los concursantes
y previa actuación de la Comisión de Valoración, a la que hace
referencia la base octava de la citada Orden, procede dictar la
presente disposición resolviendo el citado concurso.
En su virtud, a propuesta del Vicepresidente Segundo del
Gobierno y Ministro de Economía y del Ministro de Hacienda,
dispongo:
Primero.-Resolver la adjudicación de puestos de trabajo
contenidos en el anexo I de esta Orden.
Segundo.-El plazo de toma de posesión del nuevo destino
obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia
o de un mes si comporta cambio de residencia.
El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir
del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los
tres días hábiles siguientes al de la publicación de esta Orden
en el "Boletín Oficial del Estado".
Tercero.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de
reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al
de su publicación, ante el mismo órgano que lo ha dictado, o recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el
Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo (Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, y Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Madrid, 5 de julio de 2000.
RAJOY BREY
Excmos. Sres. Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro
de Economía y Ministro de Hacienda.
ANEXOS: (Ver imágenes páginas 24483 a 24510).
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