Está Vd. en

Documento BOE-A-2000-12956

Resolución de 19 de junio de 2000, del Instituto Nacional de Empleo, por la que se modifican determinados aspectos de la Resolución de 30 de noviembre de 1999, de convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo, a entidades colaboradoras sin ánimo de lucro.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 7 de julio de 2000, páginas 24580 a 24580 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-12956

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de 30 de noviembre de 1999, de convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo, a entidades colaboradoras sin ánimo de lucro establece las bases de actuación en materia de orientación profesional para el empleo y asistencia al autoempleo para el ejercicio 2000, así como normas para su gestión, y las especificaciones técnicas para su realización.

En relación a estos dos últimos aspectos, la experiencia acumulada en la gestión de años anteriores aconseja efectuar dos modificaciones en la citada Resolución, que atañen al control de las actuaciones a través de un libro de firmas y a la titulación exigible a los técnicos que imparten la acción de tutoría individualizada.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y haciendo uso de la autorización establecida por la disposición final segunda de la Orden de 20 de enero de 1998, la Directora general del Instituto Nacional de Empleo, ha resuelto:

Primero.

Modificar el apartado undécimo de la Resolución de 30 de noviembre de 1999, de convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo, a entidades colaboradoras sin ánimo de lucro, que queda redactado como sigue:

«Undécimo.

La atención a cada demandante quedará reflejada en un libro de firmas autenticado por el Instituto Nacional de Empleo, en el que constarán de forma correlativa, como mínimo, el nombre, apellidos, documento nacional de identidad, acción, fecha, hora y firma del demandante atendido.

El libro de firmas, uno por cada centro de atención al público, obrará en poder de la entidad colaboradora y será presentado al Instituto Nacional de Empleo cuando este lo requiera.

En aquellos casos en los que la ejecución de las acciones subvencionadas por esta Resolución se desarrolle en el marco de un convenio de colaboración entre el Instituto Nacional de Empleo y la entidad colaboradora, la Comisión de seguimiento del mismo podrá, de forma excepcional, autorizar la no utilización del libro de firmas al que se refieren los párrafos anteriores en aquellos casos en los que la impartición de las acciones se realice a desempleados en localidades distintas a aquella en donde estuvieran situados los centros habituales de atención.»

Segundo.

Modificar la tabla resumen de las especificaciones técnicas regulada en el apartado C del anexo II de la Resolución citada en lo que se refiere a requisitos del personal técnico para la impartición de acciones de tutoría individualizada (TI) que queda redactada como sigue:

«Licenciados, preferentemente, en Psicología, Pedagogía o similar, con formación y/o experiencia en realización de entrevista personal, orientación profesional y utilización de técnicas de motivación y comunicación, así como diplomados, preferentemente, en trabajo social o similar con experiencia acreditada en la impartición de acciones IOBE en ejercicios anteriores.»

Disposición final.

Esta resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de junio de 2000.–La Directora general, Dolores Cano Ratia.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid