De conformidad con lo establecido en el artículo 33 y
disposición transitoria cuarta del Real Decreto 429/1988, de 29 de
abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo
de Secretarios Judiciales,
Esta Secretaría de Estado ha acordado anunciar a concurso
de traslado la provisión de las plazas vacantes de la categoría
segunda del indicado Cuerpo, que figuran en el anexo.
El concurso se ajustará a las siguientes normas:
Primera.-Podrán tomar parte en este concurso los Secretarios
que pertenezcan a la categoría segunda del Cuerpo de Secretarios
Judiciales.
Segunda.-No podrán concursar:
a) Los Secretarios judiciales electos.
b) Los que hubieren obtenido destino a su instancia en
concurso, antes de transcurrir dos años desde la fecha en que tomaron
posesión en dicha plaza.
c) Los sancionados con traslado forzoso, hasta que
transcurran dos años; o cinco, para obtener destino en la misma
localidad en que se les impuso la sanción.
d) Los suspensos.
Tercera.-El nombramiento de Secretarios para las plazas
vacantes recaerá en el solicitante con mejor puesto escalafonal.
Cuarta.-Para participar en el concurso a las plazas de nueva
creación, no regirán las limitaciones de los apartados a) y b) de
la norma segunda del presente concurso, cuando se trate de
órganos jurisdiccionales de nueva creación que no supongan mero
aumento del número de los ya existentes en la misma población.
Quinta.-Se concede un plazo de diez días naturales a partir
del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en
el "Boletín Oficial del Estado", para que los interesados puedan
formular sus peticiones con sujeción a los aludidos preceptos,
mediante instancia que deberá ser dirigida a la Dirección General
de Relaciones con la Administración de Justicia (San Bernardo,
número 21, 28015 Madrid), sin que puedan tomarse en
consideración las instancias que hayan tenido entrada en el Registro
General del expresado Ministerio transcurrido aquel plazo, a
menos que hubieran sido presentadas en la forma y con los
requisitos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en ellas se
indicarán las vacantes a que aspiren, numerándolas correlativamente
por orden de preferencia, con indicación de la fecha de posesión
del último destino. Si venciere en día inhábil se entenderá
prorrogado el vencimiento al primer día hábil siguiente. Los que residan
fuera de la península podrá formular su solicitud por telégrafo,
sin perjuicio de ratificarla mediante la oportuna instancia. Las
solicitudes se podrán presentar también a través de las oficinas
de Correos, en cuyo caso deberá ir en sobre abierto para ser
fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser
certificadas.
Sexta.-Ningún participante podrá anular o modificar su
instancia una vez terminado el plazo de presentación de las mismas.
Séptima.-Los que resulten nombrados para el desempeño de
las plazas anunciadas en este concurso no podrán participar en
otro de traslado hasta transcurridos dos años desde la fecha de
la toma de posesión de las mismas.
Contra esta Resolución cabe interponer recurso
contenciosoadministrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, dentro del
plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la
publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 21 de junio de 2000.-El Secretario de Estado, P. D.
(Orden de 29 de octubre de 1996), el Director general de
Relaciones con la Administración de Justicia, Carlos Lesmes Serrano.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Medios Personales al Servicio
de la Administración de Justicia.
ANEXO
Vacantes ofertadas de segunda categoría
Ávila. Audiencia Provincial. Sección.
Badajoz. Audiencia Provincial. Sección número 3.
Barcelona. Tribunal Superior de Justicia. Sala
ContenciosoAdministrativo.
Madrid. Audiencia Nacional. Sala Penal. Sección número 1.
Madrid. Audiencia Nacional. Sala Penal. Sección número 2.
Madrid. Audiencia Provincial. Sección número 22.
Málaga. Audiencia Provincial. Sección número 3.
Sevilla. Audiencia Provincial. Sección número 4.
Valencia. Audiencia Provincial. Sección número 3.
Barakaldo. Primera Instancia número 1 (Vizcaya).
Castellón de la Plana. Decanato Serv. Com. Notif. y Embargos
(nueva creación).
Elche. Decanato Serv. Com. Notif. y Embargos (Alicante) (nueva
creación).
Las Palmas de Gran Canaria. Primera Instancia número 6 (Las
Palmas).
Madrid. Primera Instancia número 19.
Madrid. Primera Instancia número 24.
Madrid. Primera Instancia número 74.
Málaga. Registro Civil Exclusivo.
Santa Cruz de Tenerife. Decanato Serv. Com. Notif. y Embargos
(nueva creación).
Santa Cruz de Tenerife. Primera Instancia número 3.
Santa Cruz de Tenerife. Primera Instancia número 6.
Sevilla. Primera Instancia número 10.
Sevilla. Primera Instancia número 13.
Sevilla. Registro Civil Exclusivo número 1.
Valencia. Decanato. Servicios Comunes (nueva creación).
Valencia. Primera Instancia número 7.
Valladolid. Primera Instancia número 3.
Zaragoza. Primera Instancia número 4.
Zaragoza. Primera Instancia número 6.
Barcelona. Instrucción número 17.
Córdoba. Instrucción número 1.
Palma de Mallorca. Instrucción número 2 (Illes Balears).
Palma de Mallorca. Instrucción número 7 (Illes Balears).
Palma de Mallorca. Instrucción número 10 (Illes Balears).
Sevilla. Instrucción número 20.
Albacete. Primera Instancia e Instrucción número 7.
Alzira. Primera Instancia e Instrucción número 2 (Valencia).
Alzira. Primera Instancia e Instrucción número 4 (Valencia).
Alzira. Primera Instancia e Instrucción número 6 (Valencia).
Avilés. Primera Instancia e Instrucción número 2 (Asturias).
Burgos. Primera Instancia e Instrucción número 6.
Cartagena. Primera Instancia e Instrucción número 1 (Murcia).
Castellón de la Plana. Primera Instancia e Instrucción número 7
(Castellón de la Plana).
Ceuta. Primera Instancia e Instrucción número 2.
Ciudad Real. Primera Instancia e Instrucción número 3.
Coslada. Primera Instancia e Instrucción número 3 (Madrid).
El Puerto de Santa María. Primera Instancia e Instrucción
número 1 (Cádiz).
Fuenlabrada. Primera Instancia e Instrucción número 3
(Madrid).
Granollers. Primera Instancia e Instrucción número 1 (Barcelona).
Guadalajara. Primera Instancia e Instrucción número 1.
Huelva. Primera Instancia e Instrucción número 2.
Jerez de la Frontera. Primera Instancia e Instrucción número 1
(Cádiz).
Logroño. Primera Instancia e Instrucción número 3 (La Rioja).
Lugo. Primera Instancia e Instrucción número 2.
L'Hospitalet de Llobregat. Primera Instancia e Instrucción
número 4 (Barcelona).
Mataró. Primera Instancia e Instrucción número 4 (Barcelona).
Ourense. Primera Instancia e Instrucción número 3.
Parla. Primera Instancia e Instrucción número 2 (Madrid).
Santa Coloma de Gramanet. Primera Instancia e Instrucción
número 1 (Barcelona).
Santiago de Compostela. Primera Instancia e Instrucción
número 4 (A Coruña).
Torrelavega. Primera Instancia e Instrucción número 1
(Cantabria).
Torrelavega. Primera Instancia e Instrucción número 2
(Cantabria).
Bilbao. Penal número 7. (Vizcaya).
Málaga. Penal número 8.
Málaga. Penal número 9.
Manresa. Penal (Barcelona).
Santander. Penal número 2 (Cantabria).
Terrassa. Penal (Barcelona).
Valladolid. Penal número 2.
Vitoria-Gastéiz. Penal número 1 (Álava).
Barcelona. Juzgado de lo Social número 18.
Bilbao. Juzgado de lo Social número 4 (Vizcaya).
Bilbao. Juzgado de lo Social número 9 (Vizcaya).
Total plazas: 72.
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