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Documento BOE-A-2000-13158

Resolución de 2 de junio de 2000, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se habilita como Laboratorio Auxiliar de Verificación Metrológica oficialmente autorizado, al laboratorio de la empresa "VDO Automotive España, Sociedad Anónima".

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 11 de julio de 2000, páginas 24830 a 24831 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2000-13158

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada con fecha 4 de mayo de 2000 por don Juan Luis Acebes González y por don Eduardo González Gisbert, en nombre y representación de «VDO Automotive España, Sociedad Anónima», código de identificación fiscal A58387887, para la habilitación del Laboratorio de Verificación Primitiva en aplicación del Real Decreto 1617/1985, de 11 de septiembre, de dicha empresa.

Vista la escritura pública de fecha 5 de octubre de 1999 por la que se aprueba la fusión de «VDO Instrumentos España, Sociedad Anónima», mediante la absorción de «VDO Kienzle España, Sociedad Anónima»; «VDO Car Communication Spain, Sociedad Anónima» y «Mannesmann Schangraphic Ibérica, Sociedad Anónima», por parte de la primera; el cambio de denominación social de la sociedad absorbente por la de «VDO Automotive España, Sociedad Anónima», y el traslado del domicilio social de la nueva compañía a la localidad de Rubí (Barcelona), carretera de Ullastrell, sin número.

Vista la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, por la que en su capítulo III se establece el control metrológico del Estado y el Real Decreto 1617/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el procedimiento para la habilitación de «laboratorios de verificación metrológica oficialmente autorizados».

Considerando que la empresa reúne los requisitos dispuestos en el artículo 1 del Real Decreto 1617/1985, de 11 de septiembre, para el ejercicio de las labores correspondientes a las de un laboratorio habilitado para la realización de ensayos de verificación de contadores taquicronométricos, dispuestos en el Real Decreto 1596/1982, de 18 de junio.

De conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, modificado por las Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de marzo, y 5/1998, de 7 de julio, así como del Decreto 312/1999, de 28 de octubre, de Estructura Orgánica de la Consejería de Economía y Empleo, por el que se atribuye a esta Consejería el ejercicio de las competencias de la Comunidad de Madrid en esta materia.

Esta Dirección General, en uso de sus atribuciones, resuelve:

Primero.

1. Autorizar como Laboratorio Auxiliar de Verificación Metrológica en el ámbito de la Comunidad de Madrid, al laboratorio de la entidad «VDO Automotive España, Sociedad Anónima».

2. La etiqueta de verificación primitiva estará constituida por una etiqueta adhesiva y la marca asignada a este laboratorio es la siguiente:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2000/165/13158_10473824_image1.png

Las dos cifras exteriores al círculo simbolizadas como «XX», son variables y se corresponden con los dos últimos dígitos del año en que se efectúa la verificación primitiva. Las dimensiones de dicha etiqueta deberán ajustarse a las definidas en el anexo II del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre.

3. Los precintos asignados a este laboratorio se colocarán, una vez superadas las pruebas de verificación primitiva, en los lugares que se establecen en el anexo de aprobación de modelo. Estos precintos tendrán la siguiente forma:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2000/165/13158_10473824_image2.png

Las dos cifras exteriores al círculo simbolizadas como «XX», son variables y se corresponden con los dos últimos dígitos del año en que se efectúa la verificación primitiva.

Segundo.

El contenido y el alcance de esta autorización estará sujeto a los siguientes condicionamientos:

1. Competencias. El Laboratorio Auxiliar de la entidad «VDO Automotive España, Sociedad Anónima» está capacitado para realizar ensayos de verificación primitiva de contadores taquicronométricos de las marcas importadas por dicha entidad.

2. Ubicación del laboratorio. De acuerdo con la documentación presentada, el laboratorio se encuentra ubicado en calle Sepúlveda, número 11, en la localidad de Alcobendas (Madrid).

3. Calibraciones y métodos. Los instrumentos pertenecientes al laboratorio deberán ser calibrados de acuerdo con las disposiciones vigentes, por un laboratorio con trazabilidad a patrones nacionales. De no existir una normativa que regule los períodos de calibración, el plazo máximo para la calibración de los mismos será de dos años. Asimismo, cualquier modificación o cambio de los mismos deberá ser notificada fehacientemente a la Comunidad de Madrid para su autorización.

4. Ensayos y ejecución. Los ensayos de la verificación primitiva serán realizados en las instalaciones del laboratorio, de acuerdo con la normativa vigente.

La verificación primitiva consistirá en la comprobación del cumplimiento de los requisitos formales establecidos en el Título II del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, así como de lo dispuesto en el punto 7 del Reglamento para la aprobación de modelo de contadores taquicronométricos aprobado por Real Decreto 1596/1982, de 18 de junio.

5. Jefatura y subjefatura del laboratorio.

a) El nombramiento de la jefatura y subjefatura del laboratorio, a propuesta de «VDO Automotive España, Sociedad Anónima» se realizará por la Dirección General de Industria, Energía y Minas de acuerdo con lo dispuesto en el Título II, artículo 7 y siguientes del Real Decreto 1617/1985.

b) El jefe y el subjefe del laboratorio, designados a tal efecto, ejercerán sus funciones de acuerdo con la normativa vigente, quedando autorizados para colocar las marcas y precintos de verificación primitiva.

Tercero.

1. Queda sin efecto la resolución que habilitó al laboratorio de la sociedad «VDO Kienzle Venta y Servicio, Sociedad Anónima», antes de su cambio de denominación social a «VDO Kienzle España, Sociedad Anónima», en escritura de 27 de noviembre de 1997: «Resolución de 26 de junio de 1995, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se acredita como laboratorio de verificación metrológica, al laboratorio de la entidad "VDO Kienzle Venta y Servicio, Sociedad Anónima", con registro de control metrológico número 16-1201».

Cuarto.

Se procederá a dejar sin efecto la autorización cuando se modifiquen las circunstancias que dieron origen a la habilitación. Los técnicos de la Dirección General de Industria, Energía y Minas realizarán inspecciones para comprobar que se mantienen los requisitos que se exigieron para la habilitación.

Contra esta Resolución podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, ante el Consejero de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, 2 de junio de 2000.‒El Director general, José Eugenio Martínez Falero.

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