La entidad "Banca Catalana, Sociedad Anónima", ha causado baja, a petición propia, en el Registro de Sociedades de Valores de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, con fecha 23 de junio de 2000, como titular de cuentas de valores y entidad gestora de capacidad plena del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones. Como consecuencia de ello, se incumplen los requisitos exigidos en el artículo 2.º 2 y 5.º 2 de la Orden de 19 de mayo de 1987, para ostentar la condición de titular de cuenta de valores y entidad gestora de capacidad plena del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.
Por todo lo cual y conforme a lo establecido en el artículo 12, 10,b) del Real Decreto 505/1987, de 3 de abril, en materia de adquisición y pérdida de la condición de miembro del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, modificado por el Real Decreto 1009/1991, de 21 de junio, y a la vista del informe del Banco de España, propongo la retirada de la condición de titular de cuenta de valores y de entidad gestora de capacidad plena del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones a "Banca Catalana, Sociedad Anónima".
Contra la presente Resolución cabe formular recurso ordinario en el plazo de un mes, que deberá presentarse ante esta misma Dirección General o ante el Secretario de Estado de Economía.
Madrid, 17 de julio de 2000.-La Directora general, Gloria Hernández García.
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