Visto el expediente de indulto de don Alfredo García Gutiérrez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Alicante, en sentencia de fecha 14 de mayo de 1998, como autor de un delito de robo con violencia, en grado de tentativa, a la pena de tres años de prisión, y una falta de lesiones, a la pena de tres arrestos de fin de semana, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de junio de 2000,
Vengo en conmutar a don Alfredo García Gutiérrez las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 30 de junio de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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