Visto el expediente de indulto de doña Begoña Verónica Sánchez Sánchez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Sección Decimosexta de la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de fecha 4 de mayo de 1998, como autora de dos delitos de robo con intimidación en grado de tentativa, a la pena, para cada uno de ellos, de un año, nueve meses y un día de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de junio de 2000,
Vengo en indultar a doña Begoña Verónica Sánchez Sánchez las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 30 de junio de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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