Visto el expediente de indulto de don Antonio Sorrondegui Vitoria, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 4 de San Sebastián, en sentencia de fecha 8 de marzo de 1995, como autor de un delito de contrabando, a la pena de un año de prisión menor y multa de 4.350.836 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de junio de 2000,
Vengo en indultar a don Antonio Sorrondegui Vitoria la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 30 de junio de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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