Está Vd. en

Documento BOE-A-2000-14463

Orden de 29 de junio de 2000 de autorización de la cesión total de la cartera de la entidad "Nueva Filantrópica Mutualidad de Previsión Sanitaria" a la entidad "Aresa, Seguros Generales, Sociedad Anónima" y de revocación de la autorización administrativa del Registro administrativo de entidades aseguradoras de la entidad "Nueva Filantrópica, Mutualidad de Previsión Sanitaria".

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 28 de julio de 2000, páginas 27155 a 27155 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2000-14463

TEXTO ORIGINAL

La entidad "Aresa, Seguros Generales, Sociedad Anónima", ha presentado en la Dirección General de Seguros solicitud de autorización administrativa para la operación de cesión de la totalidad de la cartera de la entidad "Nueva Filantrópica, Mutualidad de Previsión Sanitaria" a la entidad "Aresa, Seguros Generales, Sociedad Anónima". De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se desprende que las citadas entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 22 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados. En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he resuelto:

Autorizar la cesión de la totalidad de la cartera de la entidad "Nueva Filantrópica, Mutualidad de Previsión Sanitaria" a la entidad "Aresa, Seguros Generales, Sociedad Anónima".

Segundo.-

Revocar a la entidad "Nueva Filantrópica, Mutualidad de Previsión Sanitaria" la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora, de conformidad con lo previsto en el artículo 70.3 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, según lo establecido en la disposición adicional novena de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 29 de junio de 2000.

DE RATO Y FIGAREDO

Ilma. Sra. Directora general de Seguros.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid