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Por acuerdo de la Junta de Gobierno de esta Universidad de 2
de junio de 1998, adoptado en cumplimiento del precepto
contenido en la disposición adicional tercera de los Estatutos de la
misma, se crearon treinta y tres plazas de la Escala de Auxiliares
de Archivos, Bibliotecas y Museos (grupo C de funcionarios), con
el objeto de ser cubiertas por el sistema de promoción interna
con personal que actualmente ostenta la categoría profesional de
Auxiliar Técnico de Biblioteca (grupo IV de personal laboral), que,
simultáneamente, fue declarada a extinguir en el citado acuerdo.
De conformidad con lo previsto en el acuerdo del Consejo de
Ministros de 27 de marzo de 1991, y artículo 37 de la Ley 31/1990,
de 27 de diciembre, en relación con lo establecido en la disposición
transitoria decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y
el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y de acuerdo con
lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por
Decreto 253/1992, de 10 de septiembre ("Diario Oficial de Galicia"
del 17), y con el fin de atender las necesidades de personal de
Administración y servicios,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto,
de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.o 2.e) de
la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad,
resuelve:
Primero.-Convocar pruebas selectivas para cubrir treinta y tres
plazas de la Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos
(grupo C) de la Universidad de A Coruña, por el sistema de
promoción interna y por el procedimiento de concurso-oposición, con
sujeción a las bases que seguidamente se indican.
Bases de la convocatoria
1. Solicitudes
1.1 Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán solicitarlo en la instancia según el modelo que figura
como anexo IV de esta convocatoria. La instancia se acompañará
de fotocopia del documento nacional de identidad, acreditándose
además el pago de los derechos de examen en la forma prevista
en el punto 1.2.
Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector de
la Universidad de A Coruña en el plazo de veinte días naturales,
contados a partir del siguiente al de la publicación de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
La presentación de las solicitudes se hará en el Registro General
de la Universidad de A Coruña (edificio del Rectorado, calle
Maestranza, sin número, código postal 15001) y Ferrol (Vicerrectorado
del Campus, Doctor Vázquez Cabrera, sin número, código
postal 15403), o en las restantes formas previstas en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado"
del 14).
1.2 Los derechos de examen serán de 7.515 pesetas, que
se ingresarán, directamente o mediante transferencia, en
cualquiera de las oficinas de la Caja Postal, en la cuenta corriente
número 1302-1700-42-0017957982 "Pruebas selectivas para acceso
a la Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos", a
nombre de la Universidad de A Coruña. La solicitud deberá ir
acompañada del resguardo acreditativo del ingreso, del que su
falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso el
pago supondrá la sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en el punto 1.1.
1.3 Los méritos de la fase de concurso correspondiente a la
antigüedad y experiencia profesional de los aspirantes deberán
acreditarse mediante certificación expedida por la Gerencia de
la Universidad, referida a la fecha de publicación en el "Boletín
Oficial del Estado" de la presente convocatoria, que será
incorporada a la solicitud. Los cursos de formación se deberán acreditar
mediante la presentación de los certificados originales o fotocopias
compulsadas.
1.4 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán
indicarlo en el recuadro número 14 de la instancia y solicitar,
en su caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para
la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea
necesaria, expresándolo en el recuadro número 15.
1.5 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan
constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su
modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo
establecido en la base 1.1 para la presentación de solicitudes.
Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta
naturaleza, excepto causa excepcional sobrevenida y justificada, y
discrecionalmente apreciada por el Tribunal.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir y mantener los siguientes
requisitos:
a) Ser trabajador laboral fijo con la categoría profesional de
Auxiliar Técnico de Biblioteca de la Universidad de A Coruña.
b) Poseer una antigüedad de, al menos, dos años en la
mencionada categoría profesional.
c) Estar en posesión del título de Bachillerato Superior o
Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o estar en
condiciones de obtenerlo en la fecha en la que finalice el plazo
de presentación de las solicitudes. Asimismo, a efectos de la
presente convocatoria, se considerarán equivalentes a la posesión
de la titulación:
Tener aprobadas las pruebas de acceso a la universidad para
mayores de veinticinco años o estar en condiciones de obtener
el certificado correspondiente en la fecha en la que finalice el
plazo de presentación de solicitudes.
Tener una antigüedad de, al menos, diez años en la categoría
profesional de Auxiliar Técnico de Biblioteca. A estos efectos, se
computarán los servicios prestados por los interesados, como
personal laboral o funcionario, en el área de biblioteca, en puestos
de trabajo o categorías profesionales con funciones equivalentes
a la mencionada categoría profesional.
d) No estar separado, mediante expediente disciplinario, del
servicio en cualquiera de las Administraciones públicas, ni estar
inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por
sentencia firme.
2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el momento
de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes y gozar
de los mismos durante el proceso selectivo.
3. Lista de admitidos y excluidos
3.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el
plazo máximo de veinte días naturales, el Rector de la Universidad
dictará Resolución declarando aprobadas las listas de aspirantes
admitidos y excluidos, que se harán públicas en el tablón de
anuncios del Rectorado de la Universidad y en el Vicerrectorado del
Campus de Ferrol, con mención expresa del nombre, apellidos
y documento nacional de identidad y, en su caso, las causas de
exclusión.
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días,
contados a partir de la publicación de la referida Resolución, para
subsanar el defecto que motivase la exclusión. Transcurrido el
mencionado plazo, el Rector dictará Resolución declarando
aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos, que será publicada
en los tablones de anuncios del Rectorado y Vicerrectorado de
Ferrol, contra la que los interesados podrán recurrir
potestativamente en reposición ante el Rector, en los términos y plazos
previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial
del Estado" del 27), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero
("Boletín Oficial del Estado" del 14), o presentar impugnación ante
la jurisdicción del contencioso-administrativo en los casos y en
la forma establecidos en las mencionadas normas.
3.2 El hecho de figurar en la lista de admitidos no prejuzga
que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos
exigidos, que tendrán que acreditarse en su momento, de acuerdo
con lo previsto en la base 8.1 de esta convocatoria.
4. Sistema selectivo
4.1 El procedimiento de selección de los aspirantes será el
de concurso-oposición, con la valoración de méritos, ejercicios
y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
4.2 El programa de las pruebas de la fase de oposición es
el que figura como anexo II.
5. Tribunal calificador
5.1 El Tribunal calificador es el que figura como anexo III
de la presente convocatoria.
5.2 El Tribunal en su constitución, composición y
funcionamiento, se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del Real
Decreto 364/1995, y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27),
modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del
Estado" del 14).
5.3 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas, en el número que estime necesario.
5.4 El Tribunal tendrá la categoría tercera de las recogidas
en el Decreto 299/1990, de 24 de mayo ("Diario Oficial de Galicia"
de 1 de junio).
6. Calendario de las pruebas
6.1 El lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios será
hecho público en la Resolución Rectoral que apruebe las listas
definitivas de aspirantes admitidos y excluidos.
6.2 La duración máxima de las pruebas selectivas será de
un año, desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.
6.3 El orden de actuación de los aspirantes será el que
determine, con carácter general, la Dirección General de la Función
Pública de la Comunidad Autónoma para el año en que se realice
la prueba.
7. Listas de aprobados
7.1 Concluido el primer ejercicio de la fase de oposición, el
Tribunal calificador hará pública en el Rectorado de A Coruña,
en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol y en el lugar o lugares
de celebración del ejercicio, así como en aquellos otros que estime
oportuno, la relación de los aspirantes que lo superasen, con
indicación de la puntuación obtenida por cada uno de ellos en cada
una de las dos pruebas que lo componen. Concluido el segundo
ejercicio, el Tribunal hará pública la puntuación obtenida por cada
aspirante, así como la puntuación total alcanzada en la fase de
oposición.
7.2 El Tribunal hará pública la valoración de los méritos de
la fase de concurso una vez realizado el último ejercicio de la
fase de oposición.
7.3 La calificación final se realizará de acuerdo con lo previsto
en el anexo I de la presente convocatoria.
7.4 El Tribunal hará pública la relación de los aspirantes que
superaron las pruebas selectivas, la cual, en ningún caso, podrá
incluir un número de aspirantes aprobados superior al de las plazas
convocadas.
8. Presentación de documentos
8.1 En el plazo de veinte días naturales, a partir del día
siguiente al que se hiciese pública la relación definitiva de
aprobados en las pruebas selectivas, éstos deberán presentar en el
Servicio de Personal de la Universidad de A Coruña (rúa da
Maestranza, sin número) los siguientes documentos:
a) Certificado de la Gerencia que acredite el cumplimiento
de las condiciones exigidas en los apartados a) y b) del punto 2.1
de esta convocatoria.
b) Fotocopia compulsada del título exigido para acceder a
las pruebas o, en su caso, certificación de la Gerencia que acredite
tener la antigüedad equivalente a que se refiere el apartado c)
del punto 2.1 de esta convocatoria.
8.2 Quien dentro del plazo fijado, y salvo caso de fuerza
mayor, no presentase la documentación o de su examen se
dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos en la base 2,
no podrá ser nombrado funcionario de carrera de la Escala Auxiliar
de Archivos, Bibliotecas y Museos, y quedarán anuladas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurriese.
9. Nombramiento de funcionarios y toma de posesión
9.1 Cumplimentados debidamente por los aspirantes que
superaron las pruebas selectivas los trámites de presentación de
documentos, el Tribunal elevará al Rector la relación definitiva
de los aspirantes con propuesta de que sean nombrados
funcionarios de la Escala Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos.
9.2 Los nombramientos especificarán el destino adjudicado.
Dadas las peculiaridades de este proceso de promoción interna,
se excluye la adjudicación de destino en base al orden de
puntuación obtenida en el proceso selectivo, adjudicándose a los
aspirantes el puesto de Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos,
correspondiente al que venían desempeñando como Auxiliares
Técnicos de Biblioteca.
9.3 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será
efectuada para todos ellos en la fecha que se determine por la
Gerencia, cesando el día anterior en su categoría de Auxiliares
Técnicos de Biblioteca, dentro del plazo de un mes, contado desde
la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial
del Estado".
Segundo.-Las presentes pruebas selectivas se ajustarán a lo
dispuesto en la Ley 31/1990, de 27 de diciembre; el Acuerdo
del Consejo de Ministros de 27 de marzo de 1991; a la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de
la Función Pública; al Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo
("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), que aprueba el
Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la
Administración General del Estado; los Estatutos de esta Universidad,
aprobados por Decreto de la Junta de Galicia 253/1992, de 10
de septiembre ("Diario Oficial de Galicia" del 17), y a las bases
de esta convocatoria.
Tercero.-La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos
administrativos se deriven de ellas, podrán ser recurridos
potestativamente en reposición ante el Rector, en los términos y plazos
previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial
del Estado" del 27), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero
("Boletín Oficial del Estado" del 14), o ser impugnados ante la
jurisdicción contencioso-administrativa en los casos y en la forma
establecidos en las citadas normas, en el plazo de dos meses,
a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución.
A Coruña, 22 de diciembre de 1999.-El Rector, José Luis
Meilan Gil.
ANEXO I
Procedimiento de selección
El procedimiento de selección será el de concurso-oposición,
que consta de las siguientes fases:
1. Fase de oposición.-Que constará de los siguientes
ejercicios:
1.1 Primer ejercicio: De carácter eliminatorio. Prueba escrita
constituida por 110 preguntas tipo test, relativas a todo el temario,
con una sola respuesta verdadera. El tiempo de realización de
este ejercicio será de una hora cincuenta minutos, y se valorará
de 0 a 70 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un
mínimo de 35 puntos. Todas las preguntas tendrán la misma valoración
y no se puntuarán negativamente las respuestas erróneas.
1.2 Segundo ejercicio: No eliminatorio y de mérito. Consistirá
en la traducción sin diccionario de un texto de castellano para
el gallego y de gallego para el castellano. El tiempo de realización
de este ejercicio será de una hora, y se valorará de 0 a 5 puntos.
2. Fase de concurso.-Para los aspirantes que superen la fase
de oposición la valoración de méritos se hará de la siguiente forma:
2.1 Antigüedad: Máximo 12,50 puntos.
La antigüedad reconocida, referida a la fecha de publicación
en el "Boletín Oficial del Estado" de la convocatoria, se valorará
de la siguiente forma:
Por cada año completo de servicios: 0,625 puntos.
Por cada mes completo de servicios que reste: 0,052 puntos.
2.2 Carrera profesional: Máximo 12,50 puntos.
La antigüedad en la categoría profesional de Auxiliar Técnico
de Biblioteca, o categorías profesionales equivalentes, referida a
la fecha de publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la
convocatoria, se valorará a razón de 0,07 puntos por cada mes
completo de servicios.
2.3 Formación: Máximo 5 puntos.
a) Cursos de formación recibidos:
Cursos de aptitud: 0,02 puntos/hora.
Cursos de asistencia: 0,01 puntos/hora.
Cursos de iniciación a la lengua gallega: 0,01 puntos/hora.
Curso de perfeccionamiento de la lengua gallega: 0,02
puntos/hora.
b) Cursos de formación impartidos: 0,03 puntos/hora.
En los cursos en los que no figure el número de horas, la
puntuación se hará por el mínimo de cinco horas.
En el caso de tener los cursos de iniciación y de
perfeccionamiento de gallego, sólo puntuará el de perfeccionamiento.
Puntuación final.-La puntuación de la fase de oposición vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los
ejercicios que la componen. La puntuación final del proceso
selectivo vendrá determinada por la suma de la correspondiente a la
fase de oposición más la correspondiente a los méritos de la fase
de concurso, siempre que los aspirantes tuviesen superada la fase
de oposición.
En el caso de empate entre dos o más candidatos, figurará
en primer lugar aquel que tuviese mayor puntuación en el primer
ejercicio. De persistir el empate, se dirimirá a favor del que tuviese
mayor antigüedad.
ANEXO II
Programa
Tema 1. La Ley 30, de Reforma de la Función Pública:
Definición y clasificación de los funcionarios.
Tema 2. Situaciones administrativas de los funcionarios.
Tema 3. Deberes y derechos de los funcionarios.
Tema 4. La Ley de Bibliotecas de Galicia: Estructura de la
Ley. Concepto de biblioteca pública y sistema bibliotecario de
Galicia.
Tema 5. Estructura orgánica de la Universidad de A Coruña.
Tema 6. El personal de Administración y servicios en los
Estatutos de la Universidad de A Coruña.
Tema 7. La biblioteca y el archivo como servicios de la
Universidad de A Coruña.
Tema 8. Normas provisionales de préstamo de la biblioteca
universitaria de A Coruña.
Tema 9. Manual de circulación del sistema de gestión de
bibliotecas VTLS: Préstamos, renovaciones, reservas.
Tema 10. Registros de usuarios en el sistema VTLS.
Tema 11. Manual de OPAC de VTLS: Búsquedas.
Tema 12. Tipos de pantallas e impresión de resultados en
el sistema VTLS.
ANEXO III
Tribunal calificador
Titulares:
Presidente: Don José Ramón Soraluce Blond, Vicerrector de
Infraestructuras y Servicios.
Vocales: Don José Luis Mínguez-Goyanes de la Rica,
Vicesecretario general; doña María Ángeles Campos Rodríguez, Jefa del
Servicio de Biblioteca; doña María de las Nieves Peiró Graner,
Profesora titular de Universidad, y doña María José Gutiérrez
Calvete, en representación de la Junta de Personal Funcionario de
Administración y Servicios.
Secretario: Don Justiniano Rodríguez Soto, Jefe del Servicio
de Personal, que actuará con voz y sin voto.
Suplentes:
Presidente: Don Manuel José Recuero Astray, Vicerrector del
Campus de Ferrol.
Vocales: Don Juan Ramón Rego Álvarez de Mon, Vicegerente;
doña Mercedes Corrales Lorenzo, Jefa de la Sección de Servicio
a los Usuarios; don Juan José Fuentes Romero, Profesor titular
de Universidad, y doña Teresa González Martínez, en
representación de la Junta de Personal Funcionario de Administración y
Servicios.
Secretario: Don Daniel Miguélez Costa, Jefe de la Sección de
Selección y Formación Profesional, que actuará con voz y sin voto.
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