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Documento BOE-A-2000-1452

Resolución de 22 de diciembre de 1999, de la Universidad de A Coruña, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos, por el sistema de promoción interna.

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 24 de enero de 2000, páginas 3084 a 3087 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2000-1452

TEXTO ORIGINAL

Por acuerdo de la Junta de Gobierno de esta Universidad de 2

de junio de 1998, adoptado en cumplimiento del precepto

contenido en la disposición adicional tercera de los Estatutos de la

misma, se crearon treinta y tres plazas de la Escala de Auxiliares

de Archivos, Bibliotecas y Museos (grupo C de funcionarios), con

el objeto de ser cubiertas por el sistema de promoción interna

con personal que actualmente ostenta la categoría profesional de

Auxiliar Técnico de Biblioteca (grupo IV de personal laboral), que,

simultáneamente, fue declarada a extinguir en el citado acuerdo.

De conformidad con lo previsto en el acuerdo del Consejo de

Ministros de 27 de marzo de 1991, y artículo 37 de la Ley 31/1990,

de 27 de diciembre, en relación con lo establecido en la disposición

transitoria decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y

el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y de acuerdo con

lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por

Decreto 253/1992, de 10 de septiembre ("Diario Oficial de Galicia"

del 17), y con el fin de atender las necesidades de personal de

Administración y servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto,

de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.o 2.e) de

la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad,

resuelve:

Primero.-Convocar pruebas selectivas para cubrir treinta y tres

plazas de la Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos

(grupo C) de la Universidad de A Coruña, por el sistema de

promoción interna y por el procedimiento de concurso-oposición, con

sujeción a las bases que seguidamente se indican.

Bases de la convocatoria

1. Solicitudes

1.1 Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán solicitarlo en la instancia según el modelo que figura

como anexo IV de esta convocatoria. La instancia se acompañará

de fotocopia del documento nacional de identidad, acreditándose

además el pago de los derechos de examen en la forma prevista

en el punto 1.2.

Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector de

la Universidad de A Coruña en el plazo de veinte días naturales,

contados a partir del siguiente al de la publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

La presentación de las solicitudes se hará en el Registro General

de la Universidad de A Coruña (edificio del Rectorado, calle

Maestranza, sin número, código postal 15001) y Ferrol (Vicerrectorado

del Campus, Doctor Vázquez Cabrera, sin número, código

postal 15403), o en las restantes formas previstas en el artículo 38.4

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), modificada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado"

del 14).

1.2 Los derechos de examen serán de 7.515 pesetas, que

se ingresarán, directamente o mediante transferencia, en

cualquiera de las oficinas de la Caja Postal, en la cuenta corriente

número 1302-1700-42-0017957982 "Pruebas selectivas para acceso

a la Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos", a

nombre de la Universidad de A Coruña. La solicitud deberá ir

acompañada del resguardo acreditativo del ingreso, del que su

falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso el

pago supondrá la sustitución del trámite de presentación, en

tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en el punto 1.1.

1.3 Los méritos de la fase de concurso correspondiente a la

antigüedad y experiencia profesional de los aspirantes deberán

acreditarse mediante certificación expedida por la Gerencia de

la Universidad, referida a la fecha de publicación en el "Boletín

Oficial del Estado" de la presente convocatoria, que será

incorporada a la solicitud. Los cursos de formación se deberán acreditar

mediante la presentación de los certificados originales o fotocopias

compulsadas.

1.4 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán

indicarlo en el recuadro número 14 de la instancia y solicitar,

en su caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para

la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea

necesaria, expresándolo en el recuadro número 15.

1.5 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan

constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su

modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo

establecido en la base 1.1 para la presentación de solicitudes.

Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta

naturaleza, excepto causa excepcional sobrevenida y justificada, y

discrecionalmente apreciada por el Tribunal.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir y mantener los siguientes

requisitos:

a) Ser trabajador laboral fijo con la categoría profesional de

Auxiliar Técnico de Biblioteca de la Universidad de A Coruña.

b) Poseer una antigüedad de, al menos, dos años en la

mencionada categoría profesional.

c) Estar en posesión del título de Bachillerato Superior o

Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o estar en

condiciones de obtenerlo en la fecha en la que finalice el plazo

de presentación de las solicitudes. Asimismo, a efectos de la

presente convocatoria, se considerarán equivalentes a la posesión

de la titulación:

Tener aprobadas las pruebas de acceso a la universidad para

mayores de veinticinco años o estar en condiciones de obtener

el certificado correspondiente en la fecha en la que finalice el

plazo de presentación de solicitudes.

Tener una antigüedad de, al menos, diez años en la categoría

profesional de Auxiliar Técnico de Biblioteca. A estos efectos, se

computarán los servicios prestados por los interesados, como

personal laboral o funcionario, en el área de biblioteca, en puestos

de trabajo o categorías profesionales con funciones equivalentes

a la mencionada categoría profesional.

d) No estar separado, mediante expediente disciplinario, del

servicio en cualquiera de las Administraciones públicas, ni estar

inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por

sentencia firme.

2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el momento

de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes y gozar

de los mismos durante el proceso selectivo.

3. Lista de admitidos y excluidos

3.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el

plazo máximo de veinte días naturales, el Rector de la Universidad

dictará Resolución declarando aprobadas las listas de aspirantes

admitidos y excluidos, que se harán públicas en el tablón de

anuncios del Rectorado de la Universidad y en el Vicerrectorado del

Campus de Ferrol, con mención expresa del nombre, apellidos

y documento nacional de identidad y, en su caso, las causas de

exclusión.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días,

contados a partir de la publicación de la referida Resolución, para

subsanar el defecto que motivase la exclusión. Transcurrido el

mencionado plazo, el Rector dictará Resolución declarando

aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos, que será publicada

en los tablones de anuncios del Rectorado y Vicerrectorado de

Ferrol, contra la que los interesados podrán recurrir

potestativamente en reposición ante el Rector, en los términos y plazos

previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial

del Estado" del 27), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero

("Boletín Oficial del Estado" del 14), o presentar impugnación ante

la jurisdicción del contencioso-administrativo en los casos y en

la forma establecidos en las mencionadas normas.

3.2 El hecho de figurar en la lista de admitidos no prejuzga

que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos

exigidos, que tendrán que acreditarse en su momento, de acuerdo

con lo previsto en la base 8.1 de esta convocatoria.

4. Sistema selectivo

4.1 El procedimiento de selección de los aspirantes será el

de concurso-oposición, con la valoración de méritos, ejercicios

y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

4.2 El programa de las pruebas de la fase de oposición es

el que figura como anexo II.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador es el que figura como anexo III

de la presente convocatoria.

5.2 El Tribunal en su constitución, composición y

funcionamiento, se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del Real

Decreto 364/1995, y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27),

modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del

Estado" del 14).

5.3 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas, en el número que estime necesario.

5.4 El Tribunal tendrá la categoría tercera de las recogidas

en el Decreto 299/1990, de 24 de mayo ("Diario Oficial de Galicia"

de 1 de junio).

6. Calendario de las pruebas

6.1 El lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios será

hecho público en la Resolución Rectoral que apruebe las listas

definitivas de aspirantes admitidos y excluidos.

6.2 La duración máxima de las pruebas selectivas será de

un año, desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.

6.3 El orden de actuación de los aspirantes será el que

determine, con carácter general, la Dirección General de la Función

Pública de la Comunidad Autónoma para el año en que se realice

la prueba.

7. Listas de aprobados

7.1 Concluido el primer ejercicio de la fase de oposición, el

Tribunal calificador hará pública en el Rectorado de A Coruña,

en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol y en el lugar o lugares

de celebración del ejercicio, así como en aquellos otros que estime

oportuno, la relación de los aspirantes que lo superasen, con

indicación de la puntuación obtenida por cada uno de ellos en cada

una de las dos pruebas que lo componen. Concluido el segundo

ejercicio, el Tribunal hará pública la puntuación obtenida por cada

aspirante, así como la puntuación total alcanzada en la fase de

oposición.

7.2 El Tribunal hará pública la valoración de los méritos de

la fase de concurso una vez realizado el último ejercicio de la

fase de oposición.

7.3 La calificación final se realizará de acuerdo con lo previsto

en el anexo I de la presente convocatoria.

7.4 El Tribunal hará pública la relación de los aspirantes que

superaron las pruebas selectivas, la cual, en ningún caso, podrá

incluir un número de aspirantes aprobados superior al de las plazas

convocadas.

8. Presentación de documentos

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a partir del día

siguiente al que se hiciese pública la relación definitiva de

aprobados en las pruebas selectivas, éstos deberán presentar en el

Servicio de Personal de la Universidad de A Coruña (rúa da

Maestranza, sin número) los siguientes documentos:

a) Certificado de la Gerencia que acredite el cumplimiento

de las condiciones exigidas en los apartados a) y b) del punto 2.1

de esta convocatoria.

b) Fotocopia compulsada del título exigido para acceder a

las pruebas o, en su caso, certificación de la Gerencia que acredite

tener la antigüedad equivalente a que se refiere el apartado c)

del punto 2.1 de esta convocatoria.

8.2 Quien dentro del plazo fijado, y salvo caso de fuerza

mayor, no presentase la documentación o de su examen se

dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos en la base 2,

no podrá ser nombrado funcionario de carrera de la Escala Auxiliar

de Archivos, Bibliotecas y Museos, y quedarán anuladas sus

actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurriese.

9. Nombramiento de funcionarios y toma de posesión

9.1 Cumplimentados debidamente por los aspirantes que

superaron las pruebas selectivas los trámites de presentación de

documentos, el Tribunal elevará al Rector la relación definitiva

de los aspirantes con propuesta de que sean nombrados

funcionarios de la Escala Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos.

9.2 Los nombramientos especificarán el destino adjudicado.

Dadas las peculiaridades de este proceso de promoción interna,

se excluye la adjudicación de destino en base al orden de

puntuación obtenida en el proceso selectivo, adjudicándose a los

aspirantes el puesto de Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos,

correspondiente al que venían desempeñando como Auxiliares

Técnicos de Biblioteca.

9.3 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada para todos ellos en la fecha que se determine por la

Gerencia, cesando el día anterior en su categoría de Auxiliares

Técnicos de Biblioteca, dentro del plazo de un mes, contado desde

la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial

del Estado".

Segundo.-Las presentes pruebas selectivas se ajustarán a lo

dispuesto en la Ley 31/1990, de 27 de diciembre; el Acuerdo

del Consejo de Ministros de 27 de marzo de 1991; a la

Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de

la Función Pública; al Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo

("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), que aprueba el

Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la

Administración General del Estado; los Estatutos de esta Universidad,

aprobados por Decreto de la Junta de Galicia 253/1992, de 10

de septiembre ("Diario Oficial de Galicia" del 17), y a las bases

de esta convocatoria.

Tercero.-La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de ellas, podrán ser recurridos

potestativamente en reposición ante el Rector, en los términos y plazos

previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial

del Estado" del 27), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero

("Boletín Oficial del Estado" del 14), o ser impugnados ante la

jurisdicción contencioso-administrativa en los casos y en la forma

establecidos en las citadas normas, en el plazo de dos meses,

a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución.

A Coruña, 22 de diciembre de 1999.-El Rector, José Luis

Meilan Gil.

ANEXO I

Procedimiento de selección

El procedimiento de selección será el de concurso-oposición,

que consta de las siguientes fases:

1. Fase de oposición.-Que constará de los siguientes

ejercicios:

1.1 Primer ejercicio: De carácter eliminatorio. Prueba escrita

constituida por 110 preguntas tipo test, relativas a todo el temario,

con una sola respuesta verdadera. El tiempo de realización de

este ejercicio será de una hora cincuenta minutos, y se valorará

de 0 a 70 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un

mínimo de 35 puntos. Todas las preguntas tendrán la misma valoración

y no se puntuarán negativamente las respuestas erróneas.

1.2 Segundo ejercicio: No eliminatorio y de mérito. Consistirá

en la traducción sin diccionario de un texto de castellano para

el gallego y de gallego para el castellano. El tiempo de realización

de este ejercicio será de una hora, y se valorará de 0 a 5 puntos.

2. Fase de concurso.-Para los aspirantes que superen la fase

de oposición la valoración de méritos se hará de la siguiente forma:

2.1 Antigüedad: Máximo 12,50 puntos.

La antigüedad reconocida, referida a la fecha de publicación

en el "Boletín Oficial del Estado" de la convocatoria, se valorará

de la siguiente forma:

Por cada año completo de servicios: 0,625 puntos.

Por cada mes completo de servicios que reste: 0,052 puntos.

2.2 Carrera profesional: Máximo 12,50 puntos.

La antigüedad en la categoría profesional de Auxiliar Técnico

de Biblioteca, o categorías profesionales equivalentes, referida a

la fecha de publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la

convocatoria, se valorará a razón de 0,07 puntos por cada mes

completo de servicios.

2.3 Formación: Máximo 5 puntos.

a) Cursos de formación recibidos:

Cursos de aptitud: 0,02 puntos/hora.

Cursos de asistencia: 0,01 puntos/hora.

Cursos de iniciación a la lengua gallega: 0,01 puntos/hora.

Curso de perfeccionamiento de la lengua gallega: 0,02

puntos/hora.

b) Cursos de formación impartidos: 0,03 puntos/hora.

En los cursos en los que no figure el número de horas, la

puntuación se hará por el mínimo de cinco horas.

En el caso de tener los cursos de iniciación y de

perfeccionamiento de gallego, sólo puntuará el de perfeccionamiento.

Puntuación final.-La puntuación de la fase de oposición vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los

ejercicios que la componen. La puntuación final del proceso

selectivo vendrá determinada por la suma de la correspondiente a la

fase de oposición más la correspondiente a los méritos de la fase

de concurso, siempre que los aspirantes tuviesen superada la fase

de oposición.

En el caso de empate entre dos o más candidatos, figurará

en primer lugar aquel que tuviese mayor puntuación en el primer

ejercicio. De persistir el empate, se dirimirá a favor del que tuviese

mayor antigüedad.

ANEXO II

Programa

Tema 1. La Ley 30, de Reforma de la Función Pública:

Definición y clasificación de los funcionarios.

Tema 2. Situaciones administrativas de los funcionarios.

Tema 3. Deberes y derechos de los funcionarios.

Tema 4. La Ley de Bibliotecas de Galicia: Estructura de la

Ley. Concepto de biblioteca pública y sistema bibliotecario de

Galicia.

Tema 5. Estructura orgánica de la Universidad de A Coruña.

Tema 6. El personal de Administración y servicios en los

Estatutos de la Universidad de A Coruña.

Tema 7. La biblioteca y el archivo como servicios de la

Universidad de A Coruña.

Tema 8. Normas provisionales de préstamo de la biblioteca

universitaria de A Coruña.

Tema 9. Manual de circulación del sistema de gestión de

bibliotecas VTLS: Préstamos, renovaciones, reservas.

Tema 10. Registros de usuarios en el sistema VTLS.

Tema 11. Manual de OPAC de VTLS: Búsquedas.

Tema 12. Tipos de pantallas e impresión de resultados en

el sistema VTLS.

ANEXO III

Tribunal calificador

Titulares:

Presidente: Don José Ramón Soraluce Blond, Vicerrector de

Infraestructuras y Servicios.

Vocales: Don José Luis Mínguez-Goyanes de la Rica,

Vicesecretario general; doña María Ángeles Campos Rodríguez, Jefa del

Servicio de Biblioteca; doña María de las Nieves Peiró Graner,

Profesora titular de Universidad, y doña María José Gutiérrez

Calvete, en representación de la Junta de Personal Funcionario de

Administración y Servicios.

Secretario: Don Justiniano Rodríguez Soto, Jefe del Servicio

de Personal, que actuará con voz y sin voto.

Suplentes:

Presidente: Don Manuel José Recuero Astray, Vicerrector del

Campus de Ferrol.

Vocales: Don Juan Ramón Rego Álvarez de Mon, Vicegerente;

doña Mercedes Corrales Lorenzo, Jefa de la Sección de Servicio

a los Usuarios; don Juan José Fuentes Romero, Profesor titular

de Universidad, y doña Teresa González Martínez, en

representación de la Junta de Personal Funcionario de Administración y

Servicios.

Secretario: Don Daniel Miguélez Costa, Jefe de la Sección de

Selección y Formación Profesional, que actuará con voz y sin voto.

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