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Documento BOE-A-2000-15458

Resolución de 16 de junio de 2000, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se autoriza la primera modificación no sustancial del contador de agua fría con esfera electrónica marca "ABB", modelo Aquabus, fabricado conjuntamente por las empresas "Hidrometer GmbH", en Alemania, y "ABB Iberconta, Sociedad Anónima", en España, y presentado por la empresa "ABB Iberconta, Sociedad Anónima", con registro de control metrológico número 16-A-001.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 14 de agosto de 2000, páginas 29043 a 29044 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2000-15458

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por don Ignacio Charola de las Rivas, en nombre y representación de la entidad «ABB Iberconta, Sociedad Anónima», con domicilio social en la calle Juan Bravo, 3 B, semisótano, izquierda, en Madrid, en solicitud de autorización de primera modificación no sustancial del contador de agua fría con esfera electrónica marca «ABB», modelo Aquabus;

Vista la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el control metrológico que realiza la Administración del Estado, así como la Orden de 28 de diciembre de 1988 por la que se regulan los contadores de agua fría;

Resultando que dicha entidad ha presentado la documentación exigida en la normativa anteriormente citada;

Considerando que en la documentación presentada se acredita que las modificaciones introducidas no alteran de forma sustancial el instrumento de medida previamente aprobrado;

Considerando que en la tramitación del expediente se han cumplimentado todos los trámites reglamentarios;

De conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, modificado por las Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de marzo, y 5/1998, de 7 de julio, así como el Decreto 312/1999, de 28 de octubre, de estructura de la Consejería de Economía y Empleo, por el que se atribuye a esta Dirección General el ejercicio de las competencias sobre esta materia,

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de sus atribuciones, resuelve:

Primero.

Conceder autorización de primera modificación no sustancial de la aprobación de modelo del contador de agua fría con esfera electrónica marca «ABB», modelo Aquabus, a favor de la entidad «ABB Iberconta, Sociedad Anónima».

Segundo.

A los efectos de esta Resolución se considerará como primera modificación no sustancial la variación del diseño en los siguientes puntos:

Ampliación de la pantalla de cristal líquido que ha sido agrandada y a la que se le ha añadido una zona de color rojo que muestra las fracciones de metros cúbicos medidos.

Instroducción de nuevas funciones estadísticas que no influyen sobre las características del instrumento ni sobre los algoritmos de cálculo del volumen que ha atravesado el contador.

Eliminación del interfase óptico de comunicaciones e inclusión de un nuevo conector para M-bus.

Eliminación del botón que permitía el cambio de pantalla.

Introducción de una memoria interna que permite almacenar los nuevos datos estadísticos.

Diferente disposición de los componentes electrónicos dentro de la placa base, siendo todos ellos iguales a los aprobados en la solicitud inicial.

Inclusión de nuevas funciones de lectura/escritura a través de los puestos de comunicaciones que no afectan ni permiten afectar, en ningún caso, a los parámetros metrológicos del instrumento.

Tercero.

Esta primera modificación no sustancial de aprobación de modelo se efectuará con independencia de la resolución de aprobación de modelo de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid número 99010, de 18 de febrero de 2000, pudiendo la entidad solicitante seguir comercializando el instrumento de medida, según el modelo aprobado por la citada resolución, siempre y cuando no hayan sido alteradas las condiciones metrológicas.

Cuarto.

Los instrumentos correspondientes a la primera modificación no sustancial de aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo técnico de esta autorización (que consta de cuatro páginas), así como los contenidos en el anexo correspondiente a la primitiva aprobación de modelo, en todos aquellos aspectos que no hayan sido alterados en la mencionada primera modificación no sustancial.

Quinto.

Para garantizar un correcto funcionamiento de los instrumentos se procederá a su precintado una vez realizada la verificación primitiva, según se describe y representa en los planos contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo, quedando dichos precintos modificados, en su caso, por los condicionamientos contenidos en el anexo a la autorización de primera modificación no sustancial.

Sexto.

Esta primera modificación no sustancial de aprobación de modelo estará afectada por los mismos plazos de validez que la resolución de aprobación de modelo de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid número 99010, de 18 de febrero de 2000.

Séptimo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 2.o del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, la aprobación de modelo tiene validez hasta el día 15 de noviembre del año 2009, pudiendo ser prorrogada por períodos sucesivos, que no podrán exceder cada uno de diez años, previa solicitud presentada por el titular de la misma tres meses antes de la fecha de vencimiento.

Contra esta Resolución podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, 16 de junio de 2000.–El Director general, Carlos López Jimeno.

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