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Documento BOE-A-2000-15535

Resolución de 16 de junio de 2000, de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), por la que se renuevan becas del Programa Mutis concedidas en Resoluciones anteriores a estudiantes de los países miembros de las Cumbres para continuar estudios de postgrado en universidades iberoamericanas y españolas, dentro del curso académico 2000-2001.

Publicado en:
«BOE» núm. 196, de 16 de agosto de 2000, páginas 29173 a 29181 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2000-15535

TEXTO ORIGINAL

En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en el punto 1 del apartado cuarto de la Orden de 26 de marzo de 1992 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), modificada por la Orden de 21 de enero de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de febrero), en la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y la publicación de otras convocatorias específicas para ayudas de formación, investigación, promoción cultural, científica o de intercambio, y el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 30) por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas, y en atención a lo establecido en el apartado 2.1.d) de la Resolución de 21 de noviembre de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de diciembre), de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se delegan en el Secretario general de la Agencia Española de Cooperación Internacional y otras autoridades y funcionarios de la misma determinadas competencias, y en desarrollo de la Resolución de 22 de febrero de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 15 de marzo), esta Agencia ha resuelto:

Primero.

Renovar las becas concedidas en Resoluciones anteriores para continuar estudios en España a los 278 beneficiarios referidos en el anexo I, por el período que se detalla:

Primer beneficiario: Baldivieso Hernández, María Silvia. Nacionalidad: Argentina. Fechas: 1 de julio de 2000 a 30 de junio de 2001.

Último beneficiario: Yepez Castillo, José. Nacionalidad: Venezuela. Fechas: 1 de julio de 2000 a 30 de junio de 2001.

Segundo.

Abonar a los becarios la cantidad de 130.000 pesetas mensuales, sujetas a la retención fiscal correspondiente (2 por 100) que establece la legislación vigente.

Tercero.

Amparar al becario de un seguro médico, no farmacéutico durante todo el período de vigencia de la beca, en las condiciones que se recogen en la póliza suscrita por la Agencia Española de Cooperación Internacional con la compañía aseguradora correspondiente para enfermedades no contraídas con anterioridad a la beca.

Cuarto.

Renovar las becas concedidas en Resoluciones anteriores para continuar estudios en países iberoamericanos a los siete beneficiarios referidos en el anexo II, por el período de tiempo que se detalla y en el país que se indica:

Primer beneficiario: Aranda Luque, Abel Fernando. Nacionalidad: Española. Fechas: 1 de julio de 2000 a 31 de diciembre de 2000. País destino: Costa Rica.

Último beneficiario: Cruz Moreno, Beatriz. Nacionalidad: Española. Fechas: 1 de octubre de 2000 a 31 de enero de 2001. País destino. México.

Quinto.

Abonar la cantidad de 140.000 pesetas mensuales a los becarios que realizan estudios en México y la cantidad de 125.000 pesetas mensuales a los becarios que realizan estudios en Costa Rica, Cuba, Ecuador y Guatemala. Estas cantidades están sujetas a la retención fiscal que establece la legislación vigente en cada caso.

Sexto.

Amparar al becario de un seguro médico, no farmacéutico durante todo el período de vigencia de la beca con la compañía aseguradora correspondiente.

Séptimo.

Financiar el pasaje aéreo de regreso a España de los becarios españoles cuyos estudios finalicen dentro del tiempo para el que le ha sido renovada la beca.

Octavo.

Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las becas renovadas en la presente Resolución, en los términos previstos en la citada Orden de 26 de marzo de 1992 y Resolución de 22 de febrero de 2000.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de dicha jurisdicción.

Potestativamente se podrá interponer contra dichas Resoluciones, en el plazo de un mes, recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el órgano que dicta la Resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 14).

Madrid, 16 de junio de 2000.–El Presidente, P. D. (Resolución de 21 de noviembre de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de diciembre), el Secretario general, Jesús García Aldaz.

Ilmos. Sres. Director general del Instituto de Cooperación Iberoamericana y Director del Gabinete Técnico.

ANEXO I
Renovaciones Mutis en España

Listado de becarios

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ANEXO II
Renovaciones Mutis en Iberoamérica

Listado de becarios

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