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Documento BOE-A-2000-15540

Resolución de 25 de julio de 2000, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se resuelve, con carácter definitivo, la convocatoria de ayudas para la formación continua dentro de la Acción Comenius 3.2 del Programa Sócrates, destinadas a favorecer la participación del personal docente en cursos y seminarios dentro de proyectos transnacionales.

Publicado en:
«BOE» núm. 196, de 16 de agosto de 2000, páginas 29182 a 29184 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2000-15540

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con el apartado décimo de la convocatoria 24 de marzo

de 2000, esta Secretaría General de Educación y Formación Profesional

ha resuelto:

Primero.-Conceder ayudas con cargo a los fondos del Programa

Sócrates a los Profesores y Formadores que aparecen relacionados en el anexo I.

Segundo.-Admitir como candidatos suplentes a los Profesores y

Formadores (anexo II).

Tercero.-Excluir las solicitudes y denegar las ayudas por alguna de

las siguientes causas correspondientes a los apartados de la convocatoria

de 24 de marzo de 2000 que a continuación se citan: (Anexo III).

1. Solicitud fuera de plazo. Apartado séptimo.

2. No justificar tener el nivel adecuado del idioma. Apartado

cuarto 3 a).

3. No estar destinado en un centro docente o de la administración

educativa. Apartado segundo.

4. No estar en servicio activo. Apartado segundo.

5. Documentación incompleta o incorrecta. Apartado cuarto.

6. Falta firma y sello del representante del organismo. Apartado cuarto.

7. No existe el curso en el catálogo. Apartados primero 2 y cuarto 3.

8. No existir relación directa entre el trabajo actual y el curso

solicitado. Apartado octavo 1 a).

9. Haber disfrutado una beca financiada con fondos europeos

durante 1996-1997-1998-1999 y 2000. Apartado tercero 2.

10. Tener concedida una licencia por estudios los años 1998 y 1999.

Apartado tercero 3.

11. Tener concedida una ayuda económica individual durante el

año 2000. Apartado tercero 3.

12. Anulación del curso.

Los anexos II y III están a disposición de los interesados en los tablones

de anuncios del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de las

Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla y en las Consejerías de Educación

de las Comunidades Autónomas de Asturias, Castilla-La Mancha y

Extremadura en cumplimiento del apartado décimo 3 de la Orden de 24 de

marzo de 2000.

Cuarto.-El pago efectivo de las ayudas se realizará a través de la

Agencia Nacional Sócrates, mediante convenio financiero, que ésta remitirá

a cada uno de los beneficiarios y en el que se especifican con claridad

las obligaciones contraídas a su firma.

Quinto.-Antes, los solicitantes seleccionados deberán enviar a esta

Subdirección General de Formación del Profesorado el anexo IV debidamente

cumplimentado.

Sexto.-En el plazo de un mes después de finalizada la actividad deberá

enviar una memoria a la Subdirección General de Formación del

Profesorado, paseo del Prado, número 28, 6.a planta, 28014 Madrid.

Séptimo.-1. De acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 26 de

noviembre de 1992 ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de diciembre) por la que

se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las

actividades de formación del profesorado, la participación en un curso

o seminario, dentro de la Acción 3.2 de Comenius tendrá la consideración

de formación permanente.

2. Para que se lleve a efecto su reconocimiento como tal, la

certificación expedida por la institución de país organizador deberá hacer

mención expresa del número de horas de que consta la actividad, con el fin

de que sean reconocidas en España por las comisiones provinciales

establecidas en la instrucción primera de la Resolución de 27 de abril de 1994

("Boletín Oficial del Estado" de 25 de mayo). Realizado el reconocimiento,

se procederá a la expedición del anexo 1 de la citada Resolución.

Octavo.-Durante el período en el que se desarrollen los cursos

pertenecientes a la convocatoria de 24 de marzo de 2000 y una vez que vayan

finalizando los mismos, se podrá retirar la documentación por parte de

los interesados que lo soliciten.

Transcurridos tres meses de la finalización de los citados cursos, se

procederá a la destrucción de la documentación no retirada.

Madrid, 25 de julio de 2000.-La Secretaria general, Isabel Couso Tapia.

ANEXO I

Solicitudes admitidas

Curso NIF Apellidos y nombre Prior. 2a 2b 2c 2d 2e Total Años

ES-71700 10.052.800-Y Puente Alcubierre, Elena . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 3,00 1,00 2,00 2,00 0,00 8,00 17

ES-71703 2.530.773-Z García-Aranda García-Pulgar, María Remedios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 3,00 0,00 2,00 0,60 0,00 5,60 3

FR-26462 26.217.727-G De la Fuente Sánchez, Lorenzo José . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 3,00 1,00 2,00 0,00 0,00 6,00 0

GB-32-R5 8.693.311-R Gutiérrez Calderón, María Nieves . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 1,00 0,00 2,00 2,00 0,00 5,00 21

GB-41176 10.822.353-W Roza González, María Belén . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 1,00 3,00 2,00 2,00 0,00 8,00 16

IT-26639 17.429.828-Z Sebastián Heredero, Eladio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 1,00 0,00 2,00 2,00 2,00 7,00 21

IT-26646 2.601.153-Z Casero González, Santiago . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 3,00 0,00 2,00 2,00 0,00 7,00 11

NL-71768 1.102.649-Y Vigara Altamirano, Manuela . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 3,00 1,50 2,00 2,00 0,00 8,50 13

NO-56063 25.404.198-P Jiménez Vilallonga, María Mercedes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 3,00 1,50 2,00 0,40 0,00 6,90 3

NO-56063 10.859.945-N Redondo Vigil, María Isabel . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 3,00 0,50 2,00 0,60 0,00 6,10 4

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