Por Resolución de 23 de diciembre de 1999 ("Boletín Oficial del Estado"
de 18 de enero de 2000) se convocaron las ayudas para la realización
de largometrajes que incorporan nuevos realizadores y para obras
experimentales, al amparo de lo dispuesto en el artículo 11 del Real
Decreto 1039/1997, de 27 de junio.
De conformidad con los criterios de valoración, en el artículo 11.4
del citado Real Decreto, el Pleno del Comité de Expertos establecidos en
su reunión del día 4 de julio de 2000, emitió informe sobre las solicitudes
presentadas a la citada convocatoria, que no hubieran sido excluidas por
no reunir los requisitos.
Teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias del Instituto
para este fin, los criterios de selección antes indicados así como el informe
emitido por el Comité de Expertos, en uso de las atribuciones conferidas
por el Real Decreto 1039/1997, de 27 de junio, y Orden de 4 de mayo
de 1998 dictada en su desarrollo, por Resolución de esta Dirección General,
de 17 de julio de 2000, se resolvió la concesión de ayudas a proyectos
para la realización de largometrajes que incorporan nuevos realizadores
y a obras experimentales, en la convocatoria del año en curso.
Por todo ello, y como garantía del principio de publicidad establecido
por la Ley General Presupuestaria, esta Dirección General ha resuelto:
Primero.-Hacer público el extracto de la Resolución de 17 de julio
de 2000 por la que se conceden, con cargo a la aplicación 18-108-471
"Fondo de Protección" a la Cinematografía del programa 456C
"Cinematografía" del presupuesto de gastos del organismo para 2000, las siguientes
ayudas, a las productoras que se relacionan y por las cuantías que se
indican:
Ayuda
-Pesetas
Título Productora Porcentaje CIF/NIF
Aro Tolbukhin ........................................... Oberon Cinematográfica, S. A. ........................... 100 A59436808 45.000.000
Balas Falsas .............................................. El Palenque Producciones, S. L. ......................... 100 B96876826 44.000.000
Buzón de los Sueños, El ............................... Cesáreo Muñoz García ..................................... 100 7778529 8.000.000
Cravan vs Cravan ....................................... Mallerich Audiovisuales, S. L. ........................... 100 B60496569 24.000.000
Escuela Viva .............................................. Tragaluz Estudio de Artes Escénicas, S. L. ........... 100 B06254056 19.000.000
Grandes Hermanos ..................................... Imagin-Acción P. C., S. L. ................................. 100 B39460779 39.000.000
Ilegal ....................................................... Productora Faro Lerez, S. L. ............................. 50 B36241990 44.000.000
Vía Láctea Filmes, S. L. .................................... 50 B15616121
-Madre solo hay tres ..................................... Visual Grup, S. L. ........................................... 100 B59596627 39.000.000
Madribarcelona .......................................... Grupo Cine Arte, S. L. ..................................... 100 B59180653 39.000.000
Maquis, el Exilio Interior .............................. Oria Films, S. L. ............................................. 100 B82473919 24.000.000
Olentzero: Un Cuento de Navidad ................... Baleuko, S. L. ................................................ 100 B48565832 40.000.000
Salvajes .................................................... Brothers and Sisters, S. L. ................................ 100 B80003205 39.000.000
Sara, una Estrella ....................................... Els Quatre Gats Audiovisuals, S. L. ..................... 100 B60913506 36.000.000
Zero/Infinito ............................................. Javier Aguirre Fernández ................................ 100 15034150Q 10.000.000
El resto de las solicitudes se entenderán desestimadas o excluidas.
Segundo.-La Resolución de 17 de julio de 2000, cuyo texto íntegro
se encuentra a disposición de los interesados en el Instituto de la
Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, y en el tablón de anuncios de
la Secretaría de Estado de Cultura, plaza del Rey, sin número, de Madrid,
pone fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma puede
interponerse en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación
de la presente Resolución, recurso contencioso-administrativo, ante los
Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo
establecido en el artículo 9.C de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa ("Boletín Oficial del Estado"
del 14).
En el caso de no impugnarla directamente mediante el recurso
contencioso-administrativo a que se refiere el párrafo anterior, podrá ser
recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante
el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 20 de julio de 2000.-El Director general, José María Otero
Timón.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid