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Documento BOE-A-2000-16284

Resolución de 22 de junio de 2000, de la Dirección General de Industria y Energía, de la Consejería de Industria y Comercio, por la que se amplían los campos de actuación a "Lloyd's Register España, Sociedad Anónima", como organismo de control en el ámbito de la inspección reglamentaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 210, de 1 de septiembre de 2000, páginas 30954 a 30955 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Canarias
Referencia:
BOE-A-2000-16284

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.

La entidad «Lloyd’s Register España, Sociedad Anónima», tiene concedida por Resolución de esta Dirección General de Industria y Energía de 3 de agosto de 1998 autorización para actuar como organismo de control en el ámbito de la inspección reglamentaria, al amparo de lo dispuesto en el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, en los campos de actuación siguientes:

Instalaciones y aparatos a presión.

Instalaciones eléctricas.

Vehículos y contenedores destinados al transporte de mercancías peligrosas y perecederas.

Elementos e instalaciones de aparatos de elevación y manutención.

Estructuras metálicas.

Segundo.

Que con fecha 13 de junio de 2000 la entidad «Lloyd’s Register España, Sociedad Anónima», solicita la ampliación de los campos de actuación a cuyo efecto acompañó justificación documental para que se otorgase dicha solicitud.

Fundamentos de Derecho

Visto el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial,

Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en este centro directivo.

Vista la documentación aportada por «Lloyd’s Register España, Sociedad Anónima», acreditada como organismo de inspección tipo A por la Empresa Nacional de Acreditación (ENAC).

En virtud de lo establecido en el artículo 15.2.d) del Decreto 64/1997, de 30 de abril, por el que se modifica el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria y Comercio y de las competencias atribuidas a este órgano, resuelvo autorizar a «Lloyd’s Register España, Sociedad Anónima», número de identificación fiscal A-28591287, domiciliada en calle Princesa, número 29, primero, 28008 Madrid, la ampliación solicitada dentro de los campos de Instalaciones Eléctricas y Vehículos y contenedores destinados al transporte de mercancías peligrosas y perecederas, con sujeción a las siguientes condiciones:

1. Su actuación queda limitada a los campos de:

Instalaciones y aparatos a presión.

Instalaciones eléctricas, ampliado al Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación y sus ITC MIE-RAT 001 al ITC MIE-RAT 20.

Vehículos y contenedores destinados al transporte de mercancías peligrosas y perecederas, ampliado a la Orden de 31 de julio de 1979 para la aplicación del Convenio Internacional sobre la Seguridad de los Contenedores y posteriores modificaciones.

Elementos e instalaciones de aparatos de elevación y manutención.

Estructuras metálicas.

2. Deberá comunicarse de inmediato a esta Dirección General de Industria y Energía cualquier variación en los datos que han servido de base para otorgar la presente autorización.

3. Deberá actualizar su inscripción en el Registro de Establecimientos Industriales, establecido por la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria y regulado por el Real Decreto 697/1995, de 28 de abril.

4. Deberá cumplir con lo establecido en la normativa vigente en todo momento para los organismos de control en el ámbito de la inspección reglamentaria y con las instrucciones emanadas de los órganos competentes de esta Consejería de Industria y Comercio.

Esta autorización se extinguirá automáticamente cuando finalice el plazo de validez de la acreditación de ENAC.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el ilustrísimo señor Viceconsejero de Industria y Comercio, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la presente resolución, conforme previene el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por Ley 4/1999, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, 22 de junio de 2000.‒El Director general, Juan Rota López.

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