Por Resolución de la Dirección General de Instituciones
Penitenciarias, de 21 de febrero de 2000, fueron nombrados
funcionarios en prácticas del Cuerpo Facultativo de Sanidad
Penitenciaria, los aspirantes aprobados en las correspondientes pruebas
selectivas.
Una vez superado el curso selectivo previsto en la base 1.7
y anexo I de la convocatoria de las pruebas selectivas, aprobada
por Orden del Ministerio del Interior de 1 de julio de 1999 ("Boletín
Oficial del Estado" del 15), procede el nombramiento de
funcionarios de carrera en el citado Cuerpo.
En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Administración
Pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del
Estado" de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado, y 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de
noviembre ("Boletín Oficial del Estado" de 7 de diciembre), de
atribución de competencias en materia de personal, a propuesta
de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, resuelve:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo
Facultativo de Sanidad Penitenciaria a los aspirantes aprobados en el
proceso selectivo. La relación completa de los funcionarios
nombrados se encontrará expuesta en los tablones de anuncios de
todos los Centros Penitenciarios y en la Dirección General de
Instituciones Penitenciarias.
Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de
carrera, deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con
lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar
posesión de sus destinos en el plazo de un mes, a partir del día
siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín
Oficial del Estado".
Tercero.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a
contar desde el día siguiente al de su publicación de conformidad
con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses,
a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de
julio de 1998.
Lo que comunico a VV. II.
Madrid, 3 de agosto de 2000.-El Secretario de Estado, Ignacio
González González.
Ilmos. Sres. Director general de Instituciones Penitenciarias y
Directora general de la Función Pública.
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