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Documento BOE-A-2000-16409

Resolución de 4 de agosto de 2000, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se publica el resumen de renovaciones de becas concedidas de la convocatoria general de becas para ciudadanos extranjeros de la AECI para el curso 2000-2001.

Publicado en:
«BOE» núm. 215, de 7 de septiembre de 2000, páginas 31226 a 31226 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2000-16409

TEXTO ORIGINAL

En uso de las facultades conferidas por la Orden de 26 de marzo de 1992, modificada por la Orden de 21 de enero de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de febrero), por la que se regula la concesión de becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción y de viajes de estancia, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y la Resolución de 21 de noviembre de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de diciembre), de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se delegan en el Secretario general de la AECI y otras autoridades y funcionarios de la misma determinadas competencias, y en desarrollo de la Resolución de 19 de enero de 2000, por la que se aprueba la convocatoria general de becas para ciudadanos extranjeros curso académico 2000-2001, esta agencia en virtud de las competencias atribuidas en el Real Decreto 1141/1996, de 24 de mayo («Boletín Oficial del Estado» de 4 de junio), ha resuelto:

Primero.

Conceder la renovación de la beca que venían disfrutando para hacerla coincidir con los estudios a los 1.065 estudiantes de los países de África, Asia, Europa del Este, Iberoamérica y Caribe, por el período que se detalla en cada caso según desglose:

Primer beneficiario: Abalos Rodríguez, Arelis.

Último beneficiario: Zuzunaga Bedón, Mirna Ofelia.

La dotación económica es de 120.000 pesetas para estudios de postgrado, de 100.000 pesetas para estudios de pregrado y de 40.000 pesetas, más alojamiento gratuito en residencia universitaria, para alumnos que se cojan a la modalidad de alojamiento en Colegio Mayor. Los becarios que aparecen con «Sí» en el campo de matrícula tienen derecho a una ayuda de matrícula total o parcial. Todos los becarios estarán amparados por un seguro médico no farmacéutico durante el período de vigencia de la beca. La concesión de la solicitud de renovaciones que estén condicionadas a la obtención de unos resultados académicos, que en esta fecha es imposible conocer, quedarán pendientes hasta la presentación de dichos resultados. Por solapamiento de fechas y consecuencias muy negativas para el beneficiario, que podría ocasionar el retraso de la fase de resolución de concesión, es imprescindible conceder estas renovaciones de naturaleza condicionada, como ocurre en adjudicaciones de concesiones de convalidaciones de otros departamentos ministeriales.

Segundo.

Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las becas reconocidas en esta Resolución en los términos previstos por la citada Orden de 26 de marzo de 1992, y Resolución de 17 de mayo de 1999.

Madrid, 4 de agosto de 2000.–El Presidente, P.D. (Resolución de 21 de noviembre de 1997) («Boletín Oficial del Estado» de 10 de diciembre), el Secretario general, Jesús Gracia Aldal.

Ilmos. Sres. Director general del ICI, Director general del ICMAMPD, Director del Gabinete Técnico y Vicesecretario general de la AECI.

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