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Documento BOE-A-2000-16559

Orden de 1 de septiembre de 2000 por la que se crean sendas Oficinas Consulares Honorarias en Catanzaro y Pescara (Italia) y se suprimen las de Reggio Calabria, Catania y Avellino.

Publicado en:
«BOE» núm. 219, de 12 de septiembre de 2000, páginas 31349 a 31349 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2000-16559
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2000/09/01/(1)

TEXTO ORIGINAL

La demarcación consular de Nápoles, que abarca toda la mitad sur de Italia y Sicilia y cubre una extensión geográfica de 98.982 kilómetros cuadrados hace aconsejable, para una mejor prestación de los servicios consulares, una redistribución de las Oficinas Consulares Honorarias dependientes del Consulado General de España en Nápoles.

Por ello, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por el Consulado General de España en Nápoles y previo informe favorable de la Dirección General de Asuntos Consulares y Protección de los Españoles en el Extranjero, he tenido a bien disponer:

Primero.-Se crea una Oficina Consular Honoraria en Catanzaro, con categoría de Consulado Honorario, jurisdicción en las provincias de Cosenza, Crotone, Catanzaro, Reggio Calabria, Vibo Valentia, Matera y Potenza, y dependiente del Consulado General de España en Nápoles.

Segundo.-Se crea una Oficina Consular Honoraria en Pescara, con categoría de Consulado Honorario, jurisdicción en las provincias de L'Aquila, Pescara, Chieti, Teramo, Isernia y Campobasso, y dependiente del Consulado General de España en Nápoles.

Tercero.-Como resultado de la creación de estas Oficinas Consulares Honorarias se suprimen los Consulados Honorarios de Reggio Calabria, Catania y Avellino y se modifican las circunscripciones consulares de Messina, Siracusa y Palermo. En este sentido el Consulado Honorario de Messina ampliará su circunscripción a las provincias de Enna y Caltanissetta. El Consulado Honorario de Siracusa ampliará su circunscripción a la provincia de Catania y el Consulado de Palermo limitará su circunscripción a las provincias de Palermo, Trapani y Agrigento.

Cuarto.-Los Jefes de las Oficinas Consulares Honorarias de España en Catanzaro y en Pescara tendrán, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsules Honorarios.

Lo que comunico a VV. EE. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 1 de septiembre de 2000.

PIQUÉ I CAMPS

Excmos. Sres. Subsecretario, Secretario general de Asuntos Europeos y Embajador de España en Roma.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 01/09/2000
  • Fecha de publicación: 12/09/2000
Referencias anteriores
Materias
  • Consulados
  • Italia
  • Relaciones Consulares

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