Contingut no disponible en valencià
Visto el expediente de indulto de don Fidel Valiña Legaspi, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Ourense, en sentencia de fecha 14 de mayo de 1998, como autor de un delito contra la seguridad del tráfico, a la pena de arresto de diez fines de semana y privación del derecho a conducir vehículos de motor por dieciocho meses, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de agosto de 2000,
Vengo en conmutar a don Fidel Valiña Legaspi la pena de privación del permiso de conducir pendiente de cumplimiento, por otra de un año y seis meses de multa, a satisfacer en cuotas diarias de 500 pesetas, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Palma de Mallorca a 4 de agosto de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid