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Documento BOE-A-2000-16666

Resolución de 4 de agosto de 2000, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del texto del acta en la que se contiene el acuerdo de revisión salarial del Convenio colectivo de la empresa "Transportes Ferroviarios Especiales, Sociedad Anónima".

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 13 de septiembre de 2000, páginas 31541 a 31543 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-16666
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2000/08/04/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta en la que se contiene el acuerdo de revisión salarial del Convenio colectivo de la empresa «Transportes Ferroviarios Especiales, Sociedad Anónima» (código de Convenio número 9005072), que fue suscrito con fecha 11 de mayo de 2000, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y, de otra, por el Comité Intercentros, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acta en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de agosto de 2000.–La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA

En Madrid a 11 de mayo de 2000, siendo las once horas, se reúnen en el domicilio social de «Transfesa».

Por parte de la empresa: Don José Álvarez Salcedo.

Por parte del Comité Intercentros:

Don Agustín Fernández Mena.

Don José Luis Cuadrado Cuervo.

Don José Luis Antoranz Pinchete.

Don Luis Molina Nova.

Don Ángel Rabadán García.

Don Mario Mallol Calsina (Barcelona).

Doña María José Trillo Serrano (Valencia).

Don Eugenio Mascort Barrachina (Port-Bou).

Doña María del Carmen Errandonea Moreno (Irún).

Ambas partes, en la representación que ostentan, reconociéndose mutua capacidad para negociar y adoptar acuerdos que vinculen a sus representados,

ACUERDAN

1. Incremento salarial para el año 2000:

A) Un incremento del 2,9 por 100 en los conceptos que componen el salario bruto de cada persona.

La anterior cantidad será consolidable quedando incorporada a la base sobre la que se aplicarán los futuros incrementos.

B) Si los resultados ordinarios del «Grupo de Transporte Internacional» de la compañía, en la cuenta de Pérdidas de Ganancias, alcanzasen la cifra prevista en el presupuesto para el 2000, se distribuirá entre todos los trabajadores la cantidad resultante de calcular el 0,5 por 100 del salario bruto de todos ellos. La cantidad resultante se distribuirá de forma lineal y se pagará por una sola vez y no será consolidable.

2. Comisión Paritaria: Quedará, a partir de esta fecha, formada por las siguiente personas:

Por la empresa:

Doña Carmen Romero de la Calle.

Don Pablo J. Rodríguez Mosquera.

Don José Álvarez Salcedo.

Por los trabajadores:

Don Agustín Fernández Mena.

Don José Luis Cuadrado Cuervo.

Don Luis Molina Nova.

Firmado por las partes en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO I
Detalle del personal que incluye el Convenio de «Transfesa» en las distintas provincias al 1 de enero de 2000
Centro de trabajo Número de trabajadores
Barcelona. 12
Burriana (Castellón). 2
Irún (Guipúzcoa). 6
Madrid. 79
Palencia. 5
Noain (Pamplona). 3
Port-Bou (Girona). 8
Sevilla. 2
Almusafes (Valencia). 23
Figueruelas (Zaragoza). 6
 Total. 146

Madrid, 1 de enero de 2000.

ANEXO II
1. Retribuciones salariales (año 2000)
Escala «A» 2000 Escala «B» 2000
Nivel

Salario base

Pesetas

Plus Convenio

Pesetas

Salario base + Plus Convenio × 16

Pesetas

Grupo cotización Seguridad Social Nivel

Salario base

Pesetas

Plus Convenio

Pesetas

Salario base + Plus Convenio × 16

Pesetas

Grupo cotización Seguridad Social
2 67.796 14.654 1.319.193 07
3 67.796 37.173 1.679.491 07 3 48.170 26.020 1.187.038 07
4 77.966 50.096 2.048.994 07 4 54.576 35.067 1.434.286 07
5 84.745 56.025 2.252.319 07 5 59.322 45.449 1.676.342 07
6 88.983 66.751 2.491.742 07 6 62.282 45.695 1.727.629 07
7 93.431 73.536 2.671.481 07 7 65.403 52.234 1.882.188 07
8 98.103 80.903 2.864.104 05 8 68.673 56.632 2.004.873 07
9 103.008 87.618 3.050.025 05 9 72.106 61.081 2.130.993 05
10 108.157 105.324 3.415.707 05 10 75.712 73.727 2.391.018 05
11 113.567 123.404 3.791.536 03 11 79.497 80.195 2.555.081 03
12 119.246 135.850 4.081.532 02 12 83.472 89.349 2.765.143 02
13 125.208 145.702 4.334.572 02 13 87.646 101.991 3.034.201 02
14 131.467 155.186 4.586.442 02 14 92.029 108.629 3.210.530 02
15 138.041 175.284 5.013.206 01 15 96.630 114.035 3.370.631 01
16 144.944 218.501 5.815.126 01 16 101.461 149.895 4.021.701 01
ANEXO III
Calendario laboral para el año 2000

Fiestas nacionales

1 de enero, Año Nuevo.

6 de enero, Epifanía del Señor (una de las tres a recuperar Cataluña).

21 de abril, Viernes Santo.

1 de mayo, Fiesta del Trabajo.

15 de agosto, Asunción de la Virgen.

12 de octubre, Fiesta Nacional de España.

1 de noviembre, Fiesta de todos los Santos.

6 de diciembre, Día de la Constitución Española.

8 de diciembre, Día de la Inmaculada Concepción.

25 de diciembre, Natividad del Señor.

Total: Diez días.

Fiestas autonómicas

Andalucía:

28 de febrero, Día de Andalucía.

20 de abril, Jueves Santo.

Local: 30 de mayo, San Fernando, San José.

Local: 22 de junio, Corpus Christi.

Total: Cuatro días.

Aragón:

20 de marzo, lunes siguiente a San José.

20 de abril, Jueves Santo.

Local Figueruelas: 24 de julio, San Bartolomé.

Local Figueruelas: 4 de diciembre, Santa Bárbara.

Total: Cuatro días.

Castilla y León:

Palencia:

20 de abril: Jueves Santo.

25 de julio: Santiago Apóstol.

Local: 2 de febrero, Virgen de la Calle.

Local: 2 de septiembre, San Antolín.

Total: Cuatro días.

Valladolid:

20 de abril: Jueves Santo.

25 de julio: Santiago Apóstol.

Local: 13 de mayo, San Pedro Regalado.

Local: 8 de septiembre, Virgen de San Lorenzo.

Total: Cuatro días.

Cataluña:

Barcelona:

24 de abril, lunes de Pascua (una de las tres es recuperable).

11 de septiembre, Diada Nacional de Cataluña.

26 de diciembre, San Esteban (una de las tres a recuperar).

Local: 12 de junio, 2.a Pascua.

Local: 25 de septiembre, La Merced.

Total: Cuatro días (pues una es a recuperar).

Port-Bou:

24 de abril, Lunes de Pascua (una de las tres es recuperable).

11 de septiembre, Diada Nacional de Cataluña.

26 de diciembre, San Esteban (una de las tres a recuperar).

Local: 7 de enero, Fiesta Invierno.

Local: 25 de julio, Fiesta Mayor.

Total: Cuatro días (pues una es a recuperar).

Comunidad Valenciana:

24 de abril, Lunes de Pascua.

9 de octubre, Día de la Comunidad Valenciana.

Local: 13 de julio, San Bartolomé.

Local: 14 de julio.

Fiestas de Almussafes/Ford: 17 de marzo, como vacaciones colectivas.

Fiestas de Almussafes/Ford: 20 de marzo, como vacaciones colectivas.

Total: Cuatro días.

Madrid:

20 de abril: Jueves Santo.

2 de mayo: Fiesta Comunidad de Madrid.

Local: 15 de mayo, San Isidro.

Local: 9 de noviembre, Nuestra Señora de la Almudena.

Total: Cuatro días.

Navarra:

20 de abril, Jueves Santo.

25 de julio, Santiago Apóstol.

Local: 7 de julio, San Fermín.

Local: 3 de diciembre, San Francisco Javier.

Total: Cuatro días.

País Vasco:

Irún:

20 de abril, Jueves Santo (fiesta a recuperar).

24 de abril, Lunes de Pascua.

25 de julio, Santiago Apóstol.

Local: 3 de junio, San Marcial.

Local: 31 de julio, San Ignacio.

Total: Cuatro días (pues una es a recuperar).

 

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 04/08/2000
  • Fecha de publicación: 13/09/2000
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 13 de enero de 1982 (Ref. BOE-A-1992-22710).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Ferrocarriles
  • Transportes terrestres

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