Está Vd. en

Documento BOE-A-2000-16692

Orden de 25 de julio de 2000 por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Fomento.

Publicado en:
«BOE» núm. 221, de 14 de septiembre de 2000, páginas 31570 a 31580 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2000-16692

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 del Real

Decreto 117/2000, de 28 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del

29) por el que se aprueba la oferta de empleo público para el

año 2000 y con el fin de atender las necesidades de personal

en la Administración Pública, este Ministerio, en uso de las

competencias que le están atribuidas en el artículo 1.a) del Real

Decreto 1084/1990, de 31 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" de

5 de septiembre), previo informe favorable de la Dirección General

de la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para

ingreso en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de

Organismos Autónomos del Ministerio de Fomento (código 6200) con

sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cuatro plazas

por el sistema de promoción interna, correspondiendo a las

siguientes especialidades:

Tres a la de estudios y experimentación sobre las obras públicas

y los recursos naturales asociados.

Una a la de Metrología.

Los aspirantes sólo podrán participar en una de las

especialidades previstas en esta base.

1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la

Ley 30/1984, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" del

3), modificada por la 23/1988 de 28 de julio ("Boletín Oficial

del Estado" del 29) y por la 22/1993, de 29 de diciembre ("Boletín

Oficial del Estado" del 31), la Ley 17/1993, de 23 de diciembre

("Boletín Oficial del Estado" del 24); el Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), y

lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de las fases de concurso,

oposición y curso selectivo previstas en el anexo I, con las

valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en

el mismo.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo, se efectuará dentro de las especialidades

concretas por las que hayan optado los mismos, de acuerdo con la

puntuación total obtenida por éstos en las fases de concurso y

de oposición así como en el curso selectivo a que se refiere el

apartado 2.3 del anexo I de esta convocatoria.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a

partir de la primera quincena del mes de octubre de 2000.

Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a

la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de

oposición, el Subsecretario del Ministerio de Fomento hará pública

la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase

de concurso. Dicha lista deberá ponerse de manifiesto, en todo

caso, en el local donde se vaya a celebrar el primer ejercicio de

la fase de oposición y en el tablón de anuncios de los Servicios

Centrales del Ministerio de Fomento.

La duración máxima de las fases de concurso y oposición será

de nueve meses contados a partir de la publicación de la presente

convocatoria.

1.7 Los aspirantes, que hayan superado todos los ejercicios

obligatorios de la fase de oposición, serán nombrados funcionarios

en prácticas por la autoridad convocante.

Estos funcionarios en prácticas deberán superar el curso

selectivo que se determina en el apartado 1.4 del anexo I.

El plazo máximo de comienzo del curso selectivo, una vez

superada la fase anterior, será de dos meses a partir de la terminación

del plazo a que se refiere la base 8.1 de esta convocatoria.

Quienes no superasen el curso selectivo de acuerdo con el

procedimiento de calificación previsto en el anexo I de la presente

convocatoria perderán el derecho a su nombramiento como

funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad

convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación

del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por

cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por

causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por

la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad,

intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas

los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la

Unión Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República

de Islandia. También podrán participar el cónyuge, descendientes

y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales

de países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia,

siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún

años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este

último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de

nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados

Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados

por España.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título,

en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias,

de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá

estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado mediante expediente

disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

2.1.6 Pertenecer como funcionario de carrera, el día de la

publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del

Estado, a cualquier Cuerpo o Escala del grupo B y tener, el día

de finalización del plazo de presentación de solicitudes, una

antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que

pertenezcan, estar incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley

30/1984, de 2 de agosto (artículo 1.1), y reunir los demás

requisitos exigidos en esta convocatoria.

Los servicios reconocidos, al amparo de la Ley 70/1978, en

puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a las

del Cuerpo o Escala del Grupo B, a que pertenezca, serán

computables, a efectos de antigüedad, para participar en estas pruebas

selectivas.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación

de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de

posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo

superior derecho figura "Modelo 750"), que será facilitado

gratuitamente en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno

en las Comunidades Autónomas, en el Centro de Información

Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la

Dirección General de la Función Pública, en el Instituto Nacional

de Administración Pública, en la Oficina de Información de los

Servicios Centrales del ministerio de Fomento, así como en las

representaciones diplomáticas o consulares de España en el

extranjero.

A la solicitud "Ejemplar para la Administración", se

acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan

derecho a participar deberán presentar dos fotocopias del

documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos

que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a

expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan

dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada

o promesa de éste de que no está separado de derecho de su

cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus

expensas o está a su cargo.

Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán

presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente

documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario

o de familiar de residente comunitario en vigor, o, en su caso,

de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador

comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o

de Noruega o Islandia y que no residan en España, bien por residir

en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de

estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento

de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar dos

fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del

resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del

resguardo de haber solicitado la exención de visado y la

correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán

presentar los documentos expedidos por las autoridades

competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración

jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea,

de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo, de que

no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del

hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y que,

de conformidad con lo dispuesto en la base 6.2.1 estén exentos

de la realización de la prueba previa de acreditación del

conocimiento del castellano, deberán aportar a tal efecto fotocopia

compulsada del diploma superior de español como lengua

extranjera o del certificado de aptitud en español para extranjeros

expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas. De no aportar esta

documentación no podrán ser declarados exentos, debiendo en

consecuencia realizar la prueba a que se refiere el apartado 6.2

de esta convocatoria.

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Fomento".

En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar

"Subsecretaría". En el espacio destinado a código que figura debajo, se

cumplimentará el 17001. En el recuadro relativo a la tasa de

derechos de examen, en el espacio destinado a código se hará constar

el 17020, rellenándose sólo los dos primeros dígitos.

En el recuadro número 15 se señalará "Técnicos Facultativos

Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Fomento",

consignándose el código número 6200 en el espacio reservado

para el mismo que figura a su lado.

En el recuadro número 16 correspondiente a Especialidad, área

o asignatura, se consignará la especialidad concreta por la que

se opte, de entre las previstas en la base 1.1. de esta convocatoria.

En el recuadro número 17 relativo a la forma de acceso se

consignará la letra "P": Sistema de promoción interna.

En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín

Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente

convocatoria.

Los ejercicios de la fase de oposición se celebrarán en Madrid

capital. Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el

recuadro número 20.

En el recuadro número 24 se hará constar la titulación que

se posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado

en la base 2.1.3 de esta convocatoria.

En el recuadro 25 A) se hará constar el idioma o idiomas a

que se refiere el apartado 1.3 del anexo I de esta convocatoria

y de los que el aspirante desee ser examinado.

Los aspirantes para poderles valorar la fase de concurso, que

no tendrá carácter eliminatorio, deberán presentar certificación,

según modelo contenido en el anexo V, expedida por los Servicios

de Personal del Departamento en el que el funcionario haya

prestado preste sus servicios, acreditativa de su antigüedad en el

Cuerpo o Escala a que pertenezca el mismo, así como cuanta

documentación estime oportuna para la mejor valoración de los méritos

señalados en el apartado 1.2 del anexo I de la convocatoria.

3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1

"ejemplar para la Administración" del modelo de solicitud) se hará en

el Registro General del Ministerio de Fomento o en la forma

establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días

naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirá al Subsecretario

del Ministerio de Fomento, Subdirección General de Recursos

Humanos, Paseo de la Castellana, 67, 28071 Madrid. En la

soli

citud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso

de los derechos de examen, como se señala en la base 3.4.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario

de haber satisfecho los derechos de examen, mediante el oportuno

ingreso del importe correspondiente en la cuenta corriente número

1302-0100-08-0006221595, abierta en la Sucursal 1302, Paseo

de la Castellana, número 67, de Madrid, de Argentaria Caja Postal,

a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de Fomento. Cuenta

restringida para la recaudación de tasas en el extranjero. Tasa 17020.

Derechos de Examen". El ingreso podrá efectuarse directamente

en cualquier oficina de Argentaria Caja Postal o mediante

transferencia desde cualquier Entidad Bancaria. A estos efectos, los

importes correspondientes a la tasa por derechos de examen, son

los que se establecen en la base 3.4. de la presente convocatoria.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la

misma. Asimismo, deberán solicitar expresándolo en el recuadro

número 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para

la realización de los ejercicios de las pruebas selectivas, incluido

el curso selectivo, cuando esta adaptación sea necesaria.

3.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 18.6

de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y del Orden Social, la tasa por derechos de examen

será de 2.000 pesetas.

Estarán exentos del pago de la tasa, como señala el apartado

cinco.a) del artículo 17 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre,

de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, los

aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por 100, que

deberán acreditar tal condición mediante certificación de los órganos

competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en

su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente debiendo

acompañarse a la solicitud.

El importe de la tasa por derechos de examen se consignará

en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud. El

ingreso de dicho importe se efectuará, junto con la presentación

de la solicitud en cualquier Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa

de Crédito, de las que actúan como entidades colaboradoras en

la recaudación tributaria.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la

validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,

a través de certificación mecánica, o en su defecto sello y firma

autorizada de la misma en el espacio destinado a estos efectos.

La falta de justificación del abono de la tasa por derechos de

examen determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en la entidad

colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo

y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán

subsanarse, en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias la

autoridad convocante, dictará resolución en el plazo máximo de un

mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en la

que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos,

se determinará el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio,

así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación

de las causas de exclusión. En la lista deberán constar, en todo

caso, los apellidos, nombre y número del documento, nacional

de identidad, pasaporte o documento que acredite la nacionalidad

del aspirante.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado

la exclusión.

Contra la resolución por la que se declare a los aspirantes

definitivamente excluidos de la realización de las pruebas

selectivas, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición

en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó o

directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos

meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en

el "Boletín Oficial del Estado" ante el órgano competente del orden

jurisdiccional contencioso-administrativo.

4.3 En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto

de producirse éstos, posibilitar su subsanación en tiempo y forma,

los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en

la relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan

en la pertinente relación de admitidos, que se expondrá en los

tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Departamento,

en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de

Información Administrativa del Ministerio de Administraciones

Públicas y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno

en las Comunidades Autónomas.

4.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, no

procederá devolución alguna de los derechos de examen en los

supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa

imputable al interesado.

5. Tribunales

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como Anexo IV a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurran

en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común o si se hubiesen realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la

publicación de esta convocatoria.

El Presidente solicitará de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el Boletín Oficial del Estado

resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del

Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición

por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso,

de quienes les sustituyan y con la de la mitad, al menos, de sus

miembros titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución

en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación

y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal, acordará todas las decisiones que

les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia del Presidente y del Secretario

y de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal

resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación

de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos

no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal, se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse a la Subsecretaría

del Departamento.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías, gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En

este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías

que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.3 las adaptaciones

posibles en tiempos y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral,

Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial

del Estado" del 22) o cualesquiera otros equivalentes, previa

aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Fomento, Paseo de

la Castellana, 67, 28071 Madrid, teléfono 91/5.97.87.87.

El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas, tendrá

la categoría primera de las recogidas en el Anexo IV del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

5.12 El Tribunal podrá aprobar en la fase de oposición un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

La Subsecretaría del Departamento, como órgano responsable

del resto del proceso selectivo, no podrá declarar que han superado

el mismo un número de aspirantes superior al de plazas

convocadas.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "B", de conformidad con

lo establecido en resolución de la Secretaría de Estado para la

Administración Pública de 23 de febrero de 2000 ("Boletín Oficial

del Estado" de 3 de marzo) por la que se publica el resultado

del sorteo celebrado el día 16 de febrero de 2000.

6.2. Con carácter previo a la realización de las pruebas de

la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad

española deberán acreditar el conocimiento del castellano

mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que

poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y

escrita en esta lengua.

El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto en el

Real Decreto 826/1988, de 20 de julio ("Boletín Oficial del Estado"

del 29), por el que se establecen diplomas acreditativos del

conocimiento del español como lengua extranjera.

La prueba se calificará de "apto" o "no apto", siendo necesario

obtener la valoración de "apto" para pasar a realizar las pruebas

de la fase de oposición.

6.2.1 Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén

en posesión del Diploma Superior de Español como Lengua

Extranjera establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio,

modificado y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de

enero, o del Certificado de Aptitud en Español para Extranjeros

expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

6.3 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar

su personalidad.

6.4 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente

justificados y apreciados por el Tribunal.

6.5 Con la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios

el Tribunal hará pública la convocatoria para la realización del

siguiente en los locales donde se haya celebrado el ejercicio

anterior, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10

y por cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para

facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos,

de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.

Cuando se trate del mismo ejercicio el anuncio será publicado en los

locales donde se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal,

y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas,

como mínimo, de antelación.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el

comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de

setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos por la presente

convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su

exclusión al Subsecretario del Departamento, comunicándole,

asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante

en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

Contra la resolución que declare la exclusión del aspirante

podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en

el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó o

directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos

meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en

el "Boletín Oficial del Estado" ante el órgano competente del orden

jurisdiccional contencioso-administrativo.

7 Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las fases de concurso y oposición, el Tribunal

hará pública, en el lugar o lugares de celebración del último

ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10

y en aquellos otros que estime oportuno, la relación de aspirantes

aprobados por orden de puntuación alcanzada y con indicación

de su documento nacional de identidad, pasaporte o documento

que acredite la nacionalidad del aspirante.

En caso de empate, a los efectos antes indicados, el orden

se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por

los aspirantes en el segundo ejercicio y, en su caso, en el tercero

y primero de dicha fase de oposición.

El Presidente del Tribunal, enviará copia certificada de la lista

de aprobados al Subsecretario del Ministerio de Fomento,

especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de

los ejercicios.

Asimismo, el Presidente del Tribunal elevará a dicho órgano

la citada relación, para su publicación en el "Boletín Oficial del

Estado".

7.2 Una vez finalizado el curso selectivo, la Subsecretaría hará

pública en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales

del Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno,

la relación de los funcionarios en prácticas que hayan superado

dicho curso, por orden de puntuación obtenida en el mismo.

En caso de empate, a los efectos antes indicados, el orden

se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por

los aspirantes en la fase teórica del curso selectivo y en el supuesto

de persistir el empate, se estará a la mayor puntuación obtenida

en su fase práctica.

7.3 Finalizado el proceso selectivo, la Subsecretaría hará

pública en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales

del Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno,

la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación total

alcanzada en todo el proceso selectivo con especificación de la

puntuación obtenida en cada una de las fases del mismo, así como

con indicación del documento nacional de identidad, pasaporte

o documento que acredite la nacionalidad del aspirante.

En ningún caso la Subsecretaría del Departamento podrá

declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes

superior al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales desde la publicación

en el "Boletín Oficial del Estado" de la lista de aprobados a que

se refiere la base 7.1 de la presente convocatoria, los opositores

aprobados deberán presentar en la Subdirección General de

Recursos Humanos, Ministerio de Fomento, paseo de la Castellana, 67,

28071 Madrid, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3

de esta convocatoria o certificación académica que acredite haber

realizado todos los estudios para la obtención del título.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán

presentar, asimismo, fotocopia compulsada de la credencial a que

se refiere la citada base.

b) Opción por la remuneración que deseen percibir durante

su condición de funcionarios en prácticas.

c) Los aspirantes extranjeros que no residan en España

deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber

solicitado la tarjeta de residencia comunitaria en el caso de que no

la hubieran tenido que aportar en el momento de presentar la

solicitud de participación.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de

fuerza mayor debidamente acreditada no presentasen la

documentación o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno

de los requisitos señalados en la base 2 no podrán ser nombrados

funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio

de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en

la solicitud inicial.

8.3 Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta

del Subsecretario del Departamento, se procederá al

nombramiento de funcionarios en prácticas, en el que se determinará la fecha

en que empezará a surtir efectos dicho nombramiento.

8.4 Una vez finalizado el curso selectivo, los opositores

aprobados deberán solicitar los destinos correspondientes, previa

oferta de los mismos.

Los opositores aprobados que no posean la nacionalidad

española quedan excluidos de la posibilidad de elegir aquellos puestos

de trabajo que se oferten como primer destino y que, a juicio

de la Administración, supongan la participación directa o indirecta

en el ejercicio del poder público y en las funciones que tienen

por objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado.

8.5 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran

superado serán nombrados, a propuesta del Subsecretario del

Ministerio de Fomento, funcionarios de carrera mediante resolución

del Secretario de Estado para la Administración Pública que se

publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en la que se indicará

el destino adjudicado.

8.6 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de

publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

8.7 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,

a través del Instituto Nacional de Administración Pública y en

colaboración con los centros de formación de funcionarios

competentes, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes

seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las

Comunidades Autónomas en cuyo territorio obtengan destino, una vez

nombrados funcionarios de carrera.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Asimismo, la Administración podrá en su caso, proceder a la

revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 25 de julio de 2000.-P. D. (Orden de 30 de mayo

de 1996, "Boletín Oficial del Estado" de 1 de junio), el

Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

ANEXO I

ESCALA DE TÉCNICOS FACULTATIVOS SUPERIORES DE

ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEL MINISTERIO DE FOMENTO

Proceso de selección y valoración

PRUEBA PREVIA DE CONOCIMIENTO DEL CASTELLANOPARA LOS ASPIRANTES

QUENO POSEAN LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y que

no hayan justificado documentalmente el conocimiento del

castellano según establece la base 3.1 de la convocatoria, deberán

realizar esta prueba de acuerdo con lo previsto en la base 6.2

de esta convocatoria.

1. Proceso de selección

1.1 El proceso de selección constará de las siguientes fases:

a) Concurso.

b) Oposición.

c) Curso selectivo.

1.2 En la fase de concurso, que no tendrá carácter

eliminatorio, se valorará la antigüedad del funcionario den el Cuerpo

o Escala a que pertenezca, teniéndose en cuenta a estos efectos

los servicios efectivos prestados hasta la fecha de publicación de

la presente convocatoria.

Asimismo, se valorará su grado personal, el trabajo

desarrollado y los cursos de formación y perfeccionamiento superados

en el Instituto Nacional de la Administración Pública y en otros

centros oficiales de formación de funcionarios.

1.3 La fase de oposición constará de tres ejercicios

obligatorios, uno de ellos práctico, así como de una prueba voluntaria

de idiomas. Esta última podrá ser realizada por los aspirantes

que lo deseen y que hayan superado los ejercicios obligatorios.

Los tres ejercicios obligatorios tendrán carácter eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del

aspirante en relación con las materias, que correspondan a cada

especialidad concreta elegida por el mismo y que figuran en el anexo

II de esta convocatoria.

El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 75

preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de

tres horas.

La calificación máxima de este ejercicio será de 20 puntos,

siendo necesario obtener 10 puntos, para tener acceso al ejercicio

siguiente.

Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de

dos temas, de las materias que correspondan a cada especialidad

concreta elegida por los aspirantes y que figuran en el anexo II

de esta convocatoria. Estos dos temas se elegirán por sorteo.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de hora y media.

El ejercicio se realizará en papel autocopiativo. Una vez

finalizado el tiempo de realización del ejercicio y antes de entregar

el mismo, el opositor separará el original de la copia, numerando

cada una de las hojas del ejercicio tanto de la copia como del

original y una vez ordenado depositará ambas partes (original y

copia) en sobres separados, cerrados y suficientemente

identificados. En posterior sesión pública cada opositor abrirá los sobres,

entregando la copia al Tribunal y procediendo a la lectura del

original.

Al terminar el opositor la lectura, el Tribunal durante un tiempo

máximo de quince minutos formulará preguntas sobre los dos

temas desarrollados u otros que tengan relación con los mismos.

La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos,

siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superar

el mismo. Dicha calificación vendrá determinada por la claridad

de la redacción y exposición de ideas, la concreción y precisión

del contenido de los temas desarrollados.

Tercer ejercicio: Este ejercicio, de carácter práctico, consistirá

en la resolución por escrito de un supuesto práctico, propuesto

por el Tribunal, que deberá comprender diversos apartados o

preguntas sobre cualquiera de las materias del programa, que

correspondan a cada especialidad concreta elegida por los aspirantes,

que figuran en el anexo II de esta convocatoria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de cuatro horas.

El ejercicio se realizará en papel autocopiativo. Una vez

finalizado el tiempo de realización del ejercicio y antes de entregar

el mismo, el opositor separará el original de la copia, numerando

cada una de las hojas del ejercicio tanto de la copia como del

original y una vez ordenado depositará ambas partes (original y

copia) en sobres separados, cerrados y suficientemente

identificados. En posterior sesión pública cada opositor abrirá los sobres,

entregando la copia al Tribunal y procediendo a la lectura del

original.

La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos,

siendo necesario obtener 20 puntos para superar el mismo.

Prueba voluntaria de idiomas: Esta prueba versará sobre uno

o varios de los siguientes idiomas:

Alemán.

Francés.

Inglés.

La citada prueba constará de las dos partes siguientes:

a) Consistirá en la traducción directa por escrito y sin

diccionario en el plazo de treinta minutos de un texto redactado

en el idioma elegido por el aspirante.

b) Consistirá en la realización, mediante entrevista y durante

un tiempo máximo de quince minutos, de un ejercicio de

comprensión oral del idioma elegido por el aspirante.

El Tribunal podrá estar asistido por especialistas en los idiomas

citados, con preferencia de Profesores de la Escuela Oficial de

Idiomas.

Esta prueba se calificará otorgando hasta dos puntos por

idioma, con un máximo de cinco puntos.

1.4 Curso selectivo: Como condición previa e indispensable

para obtener el nombramiento de funcionarios de carrera, los

funcionarios en prácticas deberán superar con aprovechamiento un

curso selectivo realizado en alternancia con prácticas reales,

organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos del

Ministerio de Fomento, de conformidad con lo dispuesto en el

Real Decreto 1886/1996 de 2 de agosto ("Boletín Oficial del

Estado" del 6) y cuya duración máxima será de cinco meses.

La parte teórica tendrá una duración máxima de tres meses

y versará fundamentalmente sobre las materias que figuran en

el anexo III de esta convocatoria.

La Subdirección General de Recursos Humanos del

Departamento podrá adaptar o reorganizar las materias que figuran en

el anexo III, así como incluir conferencias, coloquios, prácticas

y aquellas otras actividades formativas complementarias,

relacionadas con las actividades propias de los funcionarios de la Escala

de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos

del Ministerio de Fomento.

La parte práctica tendrá una duración máxima de dos meses

y consistirá en la realización de prácticas reales en puestos de

trabajo del Ministerio de Fomento mediante la rotación de los

funcionarios en prácticas por distintas Unidades Administrativas

del mismo. Durante esta parte del curso selectivo, los funcionarios

en prácticas tendrán asignados tutores académicos.

En el plazo de diez días desde la finalización de las prácticas

reales, los funcionarios en prácticas deberán entregar a la

Comisión de Valoración prevista en el apartado 2.3 de este anexo un

informe de las actividades desarrolladas, con los comentarios o

sugerencias que crean oportuno formular.

La asistencia al curso selectivo, en alternancia con prácticas

reales, es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán

directamente de la Subdirección General de Recursos Humanos

en virtud de las atribuciones que en materia de selección y

formación, le atribuye a éste órgano el Real Decreto 1886/1996,

de 2 de agosto.

2. Valoración

2.1 Fase de concurso: La valoración de los méritos señalados

en el apartado 1.2 de este anexo, se realizará de la forma siguiente:

2.1.1 Antigüedad: Se otorgará a cada aspirante, por cada

año completo de servicios efectivos, 0,50 puntos, hasta un máximo

de 12 puntos.

2.1.2 Grado personal: Se otorgará a cada aspirante por la

posesión de un determinado grado personal consolidado, hasta

un máximo de cuatro puntos, distribuidos en la forma siguiente:

Grado personal igual al 26: 4 puntos.

Grado personal igual al 25: 3,5 puntos.

Grado personal igual al 24: 3 puntos.

Grado personal igual al 23: 2,5 puntos.

Grado personal igual al 22: 2 puntos.

Grado personal igual al 21: 1,5 puntos.

Grado personal igual al 20: 1,25 puntos.

Grado personal igual al 19: 1 punto.

Grado personal igual al 18: 0,75 puntos.

Grado personal igual al 17: 0,5 puntos.

Grado personal igual al 16: 0,25 puntos.

2.1.3 Trabajo desarrollado: Se otorgará a cada aspirante por

el desempeño de puestos de análoga naturaleza o con funciones

similares, a juicio del Tribunal, a las de la Escala objeto de esta

convocatoria, 1 punto por cada año completo, hasta un máximo

de 4 puntos.

2.1.4 Cursos de formación y perfeccionamiento realizados:

Se otorgará a cada aspirante 0,5 puntos, hasta un máximo de

4 puntos, por cada curso de formación y perfeccionamiento

realizado, siempre que se refiera, a juicio del Tribunal, a materias

relacionadas con las funciones propias de la Escala objeto de esta

convocatoria.

2.2 Fase de oposición: Los ejercicios de la fase de oposición

se calificarán, de acuerdo con los criterios establecidos en el

apartado 1.3 de este Anexo.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso

podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

2.3 Curso selectivo: La Comisión de Valoración, nombrada

por la Subsecretaría del Departamento, estará integrada, en la

parte teórica, por los coordinadores de los módulos I y II; la

Subdirectora general de Recursos Humanos; la Jefe del Área de

Selección y Formación y el Jefe del Servicio de Formación. En la parte

práctica estará integrada por el coordinador de la misma; dos

profesores del módulo de prácticas; la Subdirectora general de

Recursos Humanos y la Jefe del Área de Selección y Formación.

En las dos partes del curso selectivo, la Subdirectora general de

Recursos Humanos ejercerá de Presidenta y la Jefe del Área de

Selección y Formación de Secretaría.

La Comisión de Valoración propondrá a la Subdirección

General de Recursos Humanos la calificación de dicho curso selectivo,

quien la elevará a la Subsecretaría para su aprobación.

La calificación máxima total del curso selectivo será de 100

puntos; siendo necesario obtener 50 puntos para superar el mismo.

Los 100 puntos proceden de valorar con un máximo de 50 puntos

cada una de las dos partes del curso selectivo; por lo que, estará

suspenso aquel aspirante que no alcance al menos 25 puntos

en cada una de las dos partes citadas.

2.4 Calificación total: La calificación total de las pruebas

selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones

obtenidas en las fases de concurso, oposición y en el curso

selectivo.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de

oposición y, en el supuesto de persistir el empate, se estará a la

mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y, en su caso,

en el tercero y primero de dicha fase de oposición.

ANEXO II

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del Ministerio de Fomento

PROGRAMA

Especialidad: Estudios y experimentación sobre las obras públicas

y los recursos naturales asociados

1. El estudio y la experimentación en el ámbito de las obras

de infraestructura para el transporte terrestre. Áreas principales

objeto de experimentación e investigación.

2. Reconocimientos geológicos, geofísicos y geotécnicos en

las obras de infraestructura viaria. Obras viales a cielo abierto.

3. Reconocimientos geológicos, geofísicos y geotécnicos en

las obras de infraestructura viaria. Túneles y obras de fábrica.

4. Técnicas experimentales de laboratorio para la

caracterización de suelos y rocas en relación con el proyecto, construcción

y comportamiento de carreteras. Objetivos y alcance de los

ensayos. Valoración de resultados y principales limitaciones.

5. Ensayos "in situ" de suelos. Ensayos de carga.

Penetrómetros. Ensayos de corte. Presiómetros y dilatómetros.

6. Testificación geofísica de sondeos geotécnicos. Objetivos,

aplicaciones y métodos. Factores que influyen en la testificación

geofísica.

7. Técnicas de auscultación basadas en la propagación de

ondas superficiales. Conceptos fundamentales. Principales

limitaciones. Equipamiento e instrumental.

8. Aplicación de las técnicas geofísicas mediante propagación

de ondas superficiales. Evaluación de la mejora del terreno.

Con

trol de compactación de terraplenes. Caracterización de sistemas

multicapas.

9. Ensayos sísmicos tipo "cross-hole" y "down-hole".

Fundamentos y principales aplicaciones en las obras públicas.

10. Geo-radar. Fundamentos y principales aplicaciones en las

obras públicas.

11. El empleo de la testificación geofísica de sondeos para

la caracterización del estado de fracturación de un macizo rocoso.

12. La Instrucción de Hormigón Estructural (EHE). Ámbito

de aplicación. Principales contenidos regulados por la instrucción.

13. La Normativa de Estructuras Europea. Eurocódigos.

Panorama general. Organización. Fases de un eurocódigo.

14. Ensayos en laboratorio de los hormigones utilizados en

la construcción de la obra pública. Ensayos normalizados.

Objetivos. Equipo e instrumentación.

15. Los áridos empleados en el hormigón. Objetivos y

aplicaciones. Ensayos de laboratorio para su caracterización. Equipo

e instrumental.

16. Ensayos de durabilidad del hormigón. Ensayos de campo

y de laboratorio. Objetivos. Instrumentación y equipos de ensayo.

17. Hormigones de alta resistencia. Hormigones de fibras.

Utilización de residuos industriales en hormigones estructurales.

Generalidades. Aplicaciones. Técnicas experimentales de

caracterización.

18. Ligantes bituminosos. Tipos. Aplicaciones. Propiedades

reológicas.

19. Ensayos para la determinación de las propiedades

reológicas y la composición química de los ligantes bituminosos.

Equipos e instrumentación.

20. Mezclas bituminosas. Clasificación. Materiales.

Aplicaciones. Ensayos de laboratorio para su caracterización reológica.

Equipos e instrumentación.

21. Ensayos a escala real de firmes. Tipología de las

instalaciones. Objetivos de la experimentación. Reproducción de

tramos de ensayo.

22. Ensayos a escala real de firmes. Variables a controlar

y medir en los ensayos. Validación de las leyes de comportamiento

y limitaciones de los ensayos. Equipamiento e instrumentación

requeridos.

23. Técnicas experimentales para la determinación de la

regularidad y textura superficiales de los firmes de carretera.

Metodología, equipamiento y análisis de resultados.

24. Técnicas experimentales para la determinación de la

resistencia al deslizamiento de los firmes de carretera. Metodología,

equipamiento y análisis de resultados.

25. Análisis patológico de firmes flexibles, semirrígidos y

rígidos. Métodos empíricos. Equipo e instrumental. Valoración de

resultados.

26. Ensayos físico-mecánicos de los materiales metálicos

utilizados en la obra pública. Objetivos. Equipo e instrumental de

laboratorio.

27. Análisis químico de los aceros para construcción.

Microestructura de los aceros. Objetivos. Equipo e instrumentación de

laboratorio.

28. Geotextiles y materiales para impermeabilización.

Características. Tipos y aplicaciones. Ensayos y especificaciones.

29. Análisis experimental de estructuras. Métodos no

destructivos de auscultación de estructuras. Medida de variables. Equipos

e instrumental.

30. Estudios de tráfico. Variables básicas de tráfico. Modelos

de tráfico, objetivos, aplicaciones, tipos y principales

características.

31. El estudio y la experimentación en el ámbito de las obras

de infraestructura hidráulica. Áreas principales objeto de

experimentación e investigación. Características generales de las

instalaciones y equipamiento.

32. Experimentación sobre modelo físico de órganos de

desagüe de presas: aliviaderos. Objetivo y aplicaciones. Principales

tipos de aliviaderos. Relaciones de semejanza y selección de

escalas. Procedimiento constructivo. Variables a controlar y medir.

33. Experimentación sobre modelo físico de órganos de

desagüe de presas: desagües de fondo. Objetivo y aplicaciones.

Principales tipos de desagües. Relaciones de semejanza y selección

de escalas. Procedimiento constructivo. Variables a controlar y

medir.

34. Experimentación sobre modelo físico de maquinaría e

instalaciones hidráulicas. Objetivo y aplicaciones. Relaciones de

semejanza y selección de escalas. Procedimiento constructivo.

Variables a controlar y medir.

35. Experimentación en modelo físico de estructuras fluviales

con lecho fijo. Objetivo y aplicaciones. Relaciones de semejanza

y selección de escalas. Ensayos bidimensionales. Limitaciones de

la experimentación.

36. Influencia de los efectos de escala en los ensayos sobre

modelo físico. Conductos hidráulicos en régimen libre y contorno

fijo. Conductos hidráulicos en presión.

37. Sistemas de aforo e instrumentación para la medida y

registro de caudales líquidos y sólidos en ensayos hidráulicos sobre

modelo reducido.

38. Instrumentación y equipos para la medida y registro de

niveles, velocidades, presiones y evolución de fondos en ensayos

hidráulicos.

39. Estudio experimental de problemas fluviales con fondo

móvil. Escalas y leyes de semejanza Principales factores de

influencia. Tarado y ajuste de los modelos.

40. Experimentación hidráulica de tramos fluviales con fondo

móvil. Aspectos específicos derivados del basculamiento y

distorsión de escalas. Alcance y limitaciones de los ensayos.

41. Experimentación hidráulica en modelo reducido. Datos

de prototipo para el establecimiento de las condiciones de

contorno y calibración de los modelos.

42. La experimentación hidráulica de obras fluviales de

carácter local. Condiciones específicas. Influencia de las condiciones

de contorno.

43. Sistemas instrumentales de captación, registro y

tratamiento de datos en los modelos fluviales. Variables significativas

a controlar y medir.

44. Planificación hidrológica. Objetivos de la planificación de

recursos hidráulicos. Datos de entrada. Modelización numérica.

45. Planificación hidrológica en España. Plan Hidrológico

Nacional. Planes hidrológicos de cuenca.

46. Cálculo de avenidas. Hidrograma unitario. Métodos

hidrometeorológicos. Modelos numéricos.

47. Sistemas automáticos de información de avenidas.

Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH). Objetivos

y características básicas. Equipamiento y funcionamiento de la

red.

48. Auscultación de presas. Generalidades. Magnitudes a

medir. Análisis de datos. Aparatos de medida.

49. El estudio y la experimentación en el ámbito de las obras

de ingeniería portuaria. Áreas principales objeto experimentación

e investigación. Características generales de las instalaciones y

equipamiento.

50. Generación de oleaje unidireccional en modelos físicos.

Tipos de generadores. Generación lineal y no lineal. Generación

de oleaje irregular. Maquinaria e instrumentación.

51. Generación de oleaje multidireccional en modelos físicos.

Tipos de generadores. Reproducción de oleaje real. Espectros de

energía. Maquinaria e instrumentación.

52. Reflexión, refracción y difracción del oleaje. Conceptos

fundamentales. Reproducción en modelo físico. Efectos de escala.

Procedimientos de medida.

53. Modelos físicos de agitación en puertos. Objetivo y

aplicaciones. Relaciones de semejanza y selección de escalas. Efectos

de escala. Procedimiento constructivo. Oleaje de ensayo. Variables

a controlar y medir.

54. Modelos físicos para el estudio experimental sobre la

estabilidad y el comportamiento de diques. Relaciones de semejanza

y escalas. Efectos de escala. Procedimiento constructivo. Oleaje

de ensayo. Variables a controlar y medir.

55. Modelos físicos de fondo móvil. Objetivo y aplicaciones.

Relaciones de semejanza. Selección de escalas y efectos de escala.

Oleaje de ensayo. Variables a controlar y medir.

56. Modelos físicos de comportamiento de buques atracados.

Objetivo y aplicaciones. Relaciones de semejanza y selección de

escalas. Efectos de escala. Acciones sobre el barco. Oleaje de

ensayo. Variables a controlar y medir.

57. Medida de variables en los modelos físicos de ingeniería

portuaria. Tipos y técnicas de medida y análisis de datos.

Aplicación a la determinación de niveles, flujos, presiones y fuerzas.

58. Simulación de maniobras de buques en aguas

restringidas. Modelos con autopiloto y modelos de simulación en tiempo

real. Objetivos, características y aplicaciones. Equipos.

59. Automatización y tratamiento de la información en los

ensayos en modelo reducido hidráulico en laboratorio de

experimentación marítima. Principales características de los equipos

físicos y lógicos.

60. El estudio y la experimentación en el ámbito del medio

ambiente afectado por la obra pública. Áreas principales objeto

de estudio, experimentación e investigación. Características de

las instalaciones y equipamiento.

61. Estudio experimental sobre la calidad de las aguas

continentales y subterráneas. Tipos de contaminación. Parámetros

específicos para determinar el grado de contaminación.

62. Caudales ecológicos. Métodos, criterios de selección y

régimen de caudales.

63. Eutrofización de aguas superficiales. Concepto. Causas

de la eutrofización. Principales técnicas analíticas para su estudio.

64. Modelos de calidad del agua. Objetivos tipos y principales

aplicaciones en el campo de los recursos hidráulicos continentales.

65. Contaminación de las aguas marinas. Contaminación

litoral. Parámetros específicos para determinar el grado de

contaminación. Principales técnicas analíticas.

66. Contaminación de las aguas marinas. Contaminación

portuaria. Parámetros específicos para determinar el grado de

contaminación. Principales técnicas analíticas.

67. Contaminación radiológica de las aguas continentales.

Criterios y parámetros para su caracterización. Redes de vigilancia,

objetivos y explotación. Normativa sobre Control y Vigilancia

Radiológica.

68. Contaminación radiológica de las aguas marinas.

Criterios y parámetros para su caracterización. Redes de vigilancia,

objetivos y explotación. Normativa sobre Control y Vigilancia

Radiológica.

69. Técnicas analíticas avanzadas. Cromatografía. Tipología.

Posibilidades y limitaciones de esta técnica en los estudios de

caracterización de los materiales de construcción para la obra

pública.

70. Técnicas analíticas avanzadas. Espectrometría.

Tipología. Posibilidades y limitaciones de esta técnica en los estudios

de calidad del agua.

71. Líneas de ensayo e instrumentación para medidas

radiológicas. Equipos de campo y laboratorio. Características

específicas. Calibración y empleo.

72. El ruido originado por las infraestructuras del transporte.

Carreteras, ferrocarriles y aeropuertos. Principales factores de

influencia. Métodos y modelos de previsión.

73. Técnicas de medida del ruido. Criterios de evaluación.

Equipos e instrumental. Diseño de campañas de medida. Redes

fijas.

74. Los estudios de impacto ambiental de las obras públicas.

Principales características. Marco legal. Procedimiento

administrativo.

75. Estudios de hidrología mediante técnicas isotópicas.

Principales aplicaciones. Instalaciones, equipamiento e instrumental

para el estudio experimental mediante técnicas isotópicas.

76. Los Sistemas de Información Geográfica y la

Teledetección. Principales aplicaciones en el campo de las obras de

infraestructura viaria. Entrada de datos. Almacenamiento y organización

de la información. Análisis y transformaciones.

77. Los Sistemas de Información Geográfica y la

Teledetección. Principales aplicaciones en el campo de las obras de

infraestructura hidráulica y la planificación de recursos. Entrada de datos.

Almacenamiento y organización de la información. Análisis y

transformaciones.

78. Los modelos numéricos en el estudio y experimentación

de la obra pública. Modelos de comportamiento de presas. Modelos

estructurales. Principales aplicaciones. Contraste y validación.

Recursos informáticos requeridos.

79. Los modelos numéricos en el estudio y experimentación

de la obra pública. Modelos de agitación y dinámica litoral.

Principales aplicaciones. Contraste y validación. Recursos

informáticos requeridos.

80. Los modelos numéricos en el estudio y experimentación

de la obra pública. Modelos hidrológicos. Modelos de planificación

de recursos hidráulicos. Principales aplicaciones. Contraste y

validación. Recursos informáticos requeridos.

Especialidad: Metrología

1. La Metrología en España. Reseña histórica. Leyes de pesas

y medidas.

2. Patrones de las unidades de medida vigentes en España

en el siglo XIX con anterioridad al establecimiento del Sistema

Métrico en 1848. El Museo del CEM.

3. La Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología. Objetivos

y desarrollo legislativo.

4. El Centro Español de Metrología: Creación, competencias

y estructura orgánica.

5. La Convención del Metro: Estructura y funcionamiento. La

Conferencia General y el Comité Internacional de Pesas y Medidas.

El Bureau Internacional de Pesas y Medidas (BIPM).

Funcionamiento. Comités consultivos.

6. Reconocimiento mutuo de patrones nacionales de medida

y de certificados de calibración y de mediciones, por los Institutos

Nacionales de Metrología de los países miembros de la Convención

del Metro. Finalidad y contenidos del documento firmado en París

el 14 de octubre de 1999.

7. La Organización Internacional de Metrología Legal (OIML).

Estructura y funcionamiento. El Consejo de Desarrollo de la OIML.

8. Otras organizaciones metrológicas internacionales: El

Sistema Interamericano de Metrología (SIM). APMP. SADMET. La

Confederación de Instrumentos de Medida (IMEKO). Estructuras

y funcionamiento.

9. Organizaciones metrológicas europeas. EUROMET,

WELMEC. Estructuras y funcionamiento.

10. Organización y funcionamiento de la Metrología Científica

Internacional. Los Institutos Nacionales de Metrología. Las

Organizaciones Regionales de Metrología. Las comparaciones llave.

11. Organizaciones internacionales de acreditación y

certificación. EA, ILAC. Estructuras y funcionamiento.

12. Organizaciones internacionales de Normalización.

13. Organismos nacionales de normalización, certificación y

acreditación. La calidad en España.

14. AENOR. Estructura. Funcionamiento. Comités de

normalización. Certificación. Actividades.

15. ENAC. Estructura. Funcionamiento. Acreditación.

Normativas aplicables.

16. Sistemas de unidades. Fundamentos científicos de un

sistema de unidades. Coherencia de un sistema de unidades.

Propiedades.

17. El Sistema internacional de unidades SI. Unidades

básicas. Su definición. Unidades derivadas. Símbolos. Reglas de

formación de múltiplos y submúltiplos. Otras unidades.

18. Recomendaciones más importantes a tener en cuenta para

la correcta utilización del Sistema Internacional de Unidades SI.

19. Las constantes fundamentales de la Física y el Sistema

Internacional de Unidades SI.

20. Patrones de medida. Diversas clases de patrones.

Jerarquía de los patrones. Patrones nacionales. Reconocimiento oficial.

21. La I+D en la materialización de los patrones nacionales

de las unidades SI. La experimentación en Metrología.

22. Masa y magnitudes derivadas. Unidad de masa. El patrón

nacional de masa. Diseminación. Medidas e incertidumbres.

Viscosidad. Volumen. Densidad.

23. Los patrones nacionales de volumen y densidad de

sólidos. Materialización. Instrumentación y mediciones.

Incertidumbres de medida.

24. Fuerza. Medida de Fuerza. Unidad. El patrón nacional

de fuerza: materialización y diseminación. Instrumentos de medida

de fuerza. Normas y documentos aplicables. Determinación de

errores e incertidumbres.

25. Medida de par. Unidad, materialización y diseminación.

Instrumentos de medida de par. Normas y documentos aplicables.

Determinación de errores e incertidumbres.

26. Células de carga extensométricas. Principios físicos de

funcionamiento. Características principales. Normas y

documentos aplicables. Determinación de sus características metrológicas

principales según la recomendación R 60 (2000) de la OIML.

27. Instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático.

Requisitos esenciales. Órdenes, directivas, recomendaciones de

la OIML y normas de aplicación.

28. Instrumentos de pesaje de funcionamiento automático.

Características metrológicas principales. Recomendaciones de la

OIML aplicables.

29. Presión y vacío. El patrón nacional de presión.

Diseminación de unidades. Magnitudes. Instrumentación y mediciones.

Rangos de medida. Incertidumbres.

30. Longitud. Unidades básicas y derivadas. El patrón

nacional de longitud. Evolución histórica. Definición y realización.

31. La radiación láser. Componentes y funcionamiento de un

láser. Fenómenos de interferencia. Sistemas interferométricos de

medida. Aplicaciones. Diseminación de la unidad de longitud.

32. Metrología dimensional. Magnitudes. Campos que

abarca. Macro y micrometrología. Trazabilidad. Patrones a cantos y

a trazos. Máquinas universales. Comparadores. Instrumentos

sencillos. Máquinas de medición por coordenadas.

33. Mediciones angulares. Unidades. El patrón nacional de

ángulo plano. Ligazón con la unidad de longitud. Relaciones

trigonométricas. Subdivisión del círculo. Patrones materializados.

Generadores de ángulos. Instrumentación específica.

Aplicaciones.

34. Control de formas. Tipología. Origen de los defectos de

formas. Ligazón con la unidad de longitud. Distinción entre defecto

de forma y rugosidad. Patrones e instrumentos. Características.

Filtros. Planitud por métodos ópticos. Criterios de ajuste y

evaluación de los distintos tipos de defectos.

35. Calidad superficial. Origen de los defectos superficiales.

Ligazón con la unidad de longitud. Tipos de patrones e

instrumentos. Métodos ópticos. Métodos mecánicos. Filtros.

Parámetros. Normas sobre rugosidad.

36. Nanometrología. Aplicaciones. Mediciones.

Incertidumbres.

37. Metrología eléctrica. Magnitudes. Intensidad de corriente

eléctrica. Tensión eléctrica en corriente continua. Patrones e

instrumentación. Técnicas de relación. Efecto Josephson. Métodos

de medida. Incertidumbres.

38. Resistencia eléctrica. Patrones e instrumentación.

Técnicas de relación. Efecto Hall cuántico. Métodos de medida.

Incertidumbres.

39. Tensión eléctrica en corriente alterna. Patrones e

instrumentación. Convertidores térmicos y otros. Transferencia corriente

alterna-corriente continua. Métodos de medida. Incertidumbres.

40. Impedancia. Patrones e instrumentación de capacidad e

inductancia eléctricas. Reactancias capacitivas e inductivas en

circuitos de corriente alterna. Métodos de medida. Incertidumbres.

41. Alta frecuencia. Patrones e instrumentación de

atenuación, potencia, impedancia y ruido en alta frecuencia. Métodos

de medida. Incertidumbres.

42. Termometría. Medidas e incertidumbres. La escala

internacional de temperatura ET-90. Puntos fijos. Patrones de

interpolación. Instrumentación.

43. Pirometría de radiación. Medidas e incertidumbres.

Cuerpo negro. Pirómetros ópticos. Lámparas de wolframio.

44. Criogenia. Aplicaciones. Calibración de termómetros

patrón de resistencia de platino. Termómetros criogénicos. Puntos

fijos criogénicos. Instrumentación. Medidas e incertidumbres.

45. Sensores de temperatura. Termómetros electrónicos.

Termopares de metales nobles. Rangos de medida. Calibraciones.

Instrumentación e incertidumbres.

46. Humedad. Patrones de humedad. Instrumentación.

Medidas e incertidumbres. Calibraciones.

47. Medidas de flujo. Caudal en volumen. Caudal másico.

Caudalímetros. Patrones. Diseminación. Calibraciones. Medidas

e incertidumbres.

48. Gases. Contadores de volumen de gas. Bancos de ensayo.

Patrones. Calibraciones. Emisiones de gases de escape. Opacidad.

Coeficiente de absorción. Instrumentación. Mediciones y ensayos.

49. Agua. Contadores de agua. Calibraciones. Medidas e

incertidumbres. Líquidos distintos del agua. Contadores

volumétricos. Sistemas de medida. Aparatos surtidores. Medidas e

incertidumbres. Etilómetros. Mediciones y ensayos.

50. Compatibilidad electromagnética (EMC). Sensores de

campo eléctrico. Caracterización y certificación de EMC. Ensayos.

Interferencias radiadas y conducidas. Normativa aplicable.

Calibraciones. Perturbaciones electromagnéticas y efectos biológicos.

51. Cinemómetros. Instrumentos de referencia para la medida

de velocidad. Patrón de velocidad. Radares móviles y fijos.

Ensayos.

52. Sonómetros. Calibradores sonoros. Ensayos.

Calibraciones. Aislamiento acústico. Medidas de la contaminación acústica.

53. Transductores de vibración. Normativa.

54. Laboratorios asociados al CEM depositarios de patrones

nacionales.

55. Radiometría y Fotometría. Magnitudes. El patrón nacional

de intensidad luminosa. Instrumentación. Medidas e

incertidumbres.

56. Tiempo y frecuencia. El patrón nacional de la unidad de

tiempo. Diseminación de unidades. Magnitudes. Instrumentación.

Medidas e incertidumbres.

57. Radiaciones ionizantes. Magnitudes. Patrones

nacionales. Actividad de un radionucleido. Exposición. Kerma. Dosis

absorbida. Instrumentación. Medidas e incertidumbres.

58. Metrología química. Materiales de referencia.

Intercomparaciones. Ensayos. Incertidumbres. Su aplicación al análisis

químico.

59. Control de la calidad del aire. Directivas europeas. Redes

de vigilancia.

60. La Metrología y el software. Situación actual y su

desarrollo.

61. La Metrología Aplicada. La Metrología en el empresa.

Necesidades para la industria y el comercio.

62. La Metrología factor imprescindible para la innovación

empresarial.

63. Trazabilidad. Cadenas de calibración.

Intercomparaciones. Calibración. Sistema de Calibración. Objetivos.

64. Acreditación de un laboratorio de calibración. Requisitos

técnicos y administrativos. Procedimiento. Actuaciones.

Normativa.

65. La Metrología Legal salvaguarda de la salud, seguridad

e intereses económicos de los ciudadanos y en la protección del

medio ambiente.

66. El Control Metrológico del Estado. Instrumentos de

medida sometidos a control metrológico. Normativa específica.

67. Ejecución del Control metrológico del Estado. Las

Comunidades Autónomas competentes en ejecución de metrología legal.

Servicios técnicos. Procedimientos. Coordinación.

68. Registro de control metrológico. Objeto. Descripción.

Funcionamiento. Inscripción.

69. Aprobación de modelo de un instrumento de medida.

Normativa. Procedimiento técnico y administrativo. Signo de

aprobación de modelo.

70. Verificaciones de un instrumento de medida. Verificación

primitiva. Procedimientos. Verificación periódica. Objeto.

Verificación después de reparación o modificación. Los reparadores.

Vigilancia e inspección.

71. Habilitación de un laboratorio de verificación

metrológica. Procedimiento. Clasificación. Normas técnicas.

Funcionamiento.

72. Control Metrológico CEE. Objeto. Formas de control.

Definiciones. Realización del control. Aprobación de modelo CEE.

Normativa. Procedimientos técnicos y administrativos.

73. Legislación metrológica europea. Nuevo enfoque.

Enfoque global. Organismos notificados. Puesta en Mercado de los

instrumentos de medida..

74. El nuevo planteamiento de la metrología legal en Europa:

La Directiva sobre los Instrumentos de Medida.

75. Métodos de medida. Principios y características.

Propiedades de los sistemas de medida. Reproducibilidad y repetibilidad

de las medidas. Definiciones y caracterización. Incertidumbres de

medida. Evaluación y contribuciones.

76. Expresión de las incertidumbres de medida.

Incertidumbres tipo A y B. Incertidumbre combinada. Incertidumbre

expandida. Aplicaciones.

77. El Mercado Único. Libre circulación de mercancias y

productos. Normas de aceptación generalizada en el ámbito

voluntario.

78. Los Sistemas de calidad. Objetivos. Evaluación. Manual

de calidad. Criterios básicos.

79. Normas europeas serie EN 45000. Criterios generales

para el funcionamiento de un laboratorio de calibración.

Magnitudes de influencia. Certificados de calibración.

80. La Norma ISO 17025.

ANEXO III

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del Ministerio de Fomento

CURSO SELECTIVO

Módulo I. Administración y función pública

El Estado y las Administraciones Públicas:

1. El marco constitucional. La Corona. El Tribunal

Constitucional.

2. Los tres poderes del Estado. El Poder Legislativo: La

función legislativa de las Cortes Generales y su relación con los otros

poderes.

3. El Poder Judicial: organización, funciones e

independencia. Sus relaciones con los otros poderes.

4. El Poder Ejecutivo: El Gobierno y la Administración.

Mecanismos de control del Gobierno. Sus relaciones con los otros

poderes.

5. Las Administraciones Públicas: Principios constitucionales

de organización y funcionamiento.

6. La Administración Central del Estado: Los Órganos

Superiores. Esquema de la Organización Ministerial en España.

7. Esquema de la Organización Territorial de las

Administraciones Públicas. Órganos periféricos de la Administración del

Estado.

8. La Administración Institucional. Las empresas públicas.

9. Las Comunidades Autónomas. Distribución de

competencias. Relaciones de cooperación y de conflicto con el Estado.

10. La Administración Pública de las Comunidades

Autónomas: organización y funcionamiento.

11. Las Entidades locales: relaciones con los otros poderes

territoriales. La Administración Pública Local. Órganos

consultivos y de control de la Administración.

12. Las Comunidades Europeas: Principios básicos de

organización y funcionamiento.

13. La organización general del Ministerio de Fomento.

14. Análisis de los órganos sectoriales. Análisis de los órganos

horizontales.

15. La atribución y el ejercicio de las competencias.

Descentralización, desconcentración y delegación.

16. La organización territorial del Ministerio de Fomento.

17. Organismos autónomos, entes públicos y sociedades

estatales del Ministerio de Fomento.

Reglas de funcionamiento de la Administración Pública:

18. El Estado de Derecho y la Administración Pública. El

principio de jerarquía de las normas. Leyes. Decretos-leyes y Decretos

legislativos. La legislación de las Comunidades Autónomas.

19. Las normas reglamentarias. Los Decretos. Las Órdenes

ministeriales. Instrucciones y Circulares. Tramitación

administrativa de las disposiciones de carácter general. Técnica para su

elaboración.

20. Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo. Análisis global de la Ley 30/1992.

21. La actividad de la Administración Pública (I). El principio

de legalidad.

22. Los actos administrativos.

23. La actividad de la Administración Pública (II). El concepto

de interesado. Los derechos del ciudadano. Los actos presuntos.

24. La actividad de la Administración Pública (III). Los

procedimientos administrativos. Análisis de las fases del

procedimiento: Iniciación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución.

25. La responsabilidad de la Administración Pública y sus

agentes.

26. La revisión de los actos en vía administrativa. La revisión

de oficio. El sistema de recursos. La reclamación

económico-administrativa.

27. La Administración Pública y la justicia. La reclamación

previa. El recurso contencioso-administrativo.

Recursos Humanos y Función Pública:

28. Régimen general de la función pública. Características

de la función pública. Competencias en materia de personal.

Órganos de coordinación y control.

29. Planificación de recursos humanos. La oferta de empleo.

Los planes de empleo público.

30. La selección de recursos humanos. Concepto y clases.

Sistemas selectivos: La promoción interna.

31. La provisión de puestos de trabajo. Análisis detallado de

las modalidades normales y excepcionales.

32. Movilidad y promoción profesional.

33. Derechos y deberes de los funcionarios.

34. Situaciones administrativas.

35. Régimen disciplinario. Las incompatibilidades del

personal al servicio de las Administraciones Públicas.

36. El sistema retributivo de la función pública. Análisis de

los conceptos retributivos. Conexión entre puestos de trabajo y

retribuciones.

37. Las relaciones de puestos de trabajo.

La Unión Europea:

1. La Unión Europea: La unión política y la unión económica

y monetaria. El Tratado de la Unión Europea. La adhesión de

España a las Comunidades Europeas: problemática económica de

la plena integración.

2. Las instituciones comunitarias (I): El Consejo Europeo, el

Consejo de Ministros y la Comisión.

3. Las instituciones comunitarias (II): El Parlamento Europeo,

el Tribunal de Justicia. La participación de los Estados miembros

en el proceso decisorio.

4. El Derecho Comunitario. Sus fuentes: Reglamentos,

directivas y decisiones. Relaciones entre el derecho comunitario y el

ordenamiento jurídico de los estados miembros. La aplicación del

derecho comunitario.

5. El presupuesto comunitario. Características, estructura y

normativa reguladora. Las políticas estructurales y las nuevas

perspectivas financieras comunitarias. Las políticas comunes de la

Unión Europea. Especial referencia a las Políticas Regional, de

Transportes, Medio Ambiente y Comunicaciones.

Módulo II

1. Trabajo en equipo.

2. Redacción de Informes.

Módulo III. Gestión administrativa

1. Contratación Administrativa. Marco normativo. El contrato

administrativo. Órganos de contratación.

2. Elaboración, aprobación y replanteo del proyecto.

Tramitación del expediente de contratación con aprobación del pliego

de cláusulas administrativas particulares y del gasto

correspondiente. Selección del adjudicatario.

3. Ejecución del contrato de obra pública. Prerrogativas de

la Administración. Garantías del contratista. Ejecución de obras

por la propia Administración. Extinción del contrato.

4. Régimen de pagos. Cesión y subcontratación.

5. Ejecución del contrato de obras. Modificación. Obras

complementarias. Cesión y subcontrato. Ejecución por Administración.

Extinción del contrato.

6. La actividad convencional de la Administración Pública.

Contratación de otros entes públicos.

7. La expropiación forzosa: Concepto. Naturaleza jurídica.

Legislación vigente. Sujetos. Objeto. Procedimiento general.

Procedimiento de urgencia. Procedimientos especiales. Reversión de

bienes expropiados. Garantías jurisdiccionales.

8. Práctica de los procedimientos: Procedimiento general de

urgencia. Determinación del justo precio: Sistemas. Incidencias

derivadas de la tramitación de expedientes.

9. El dominio público: Concepto y naturaleza jurídica.

Clasificación. El Patrimonio del Estado. El Patrimonio Nacional.

Elementos del dominio público: Sujeto. Objeto. Destino. El dominio

público: Afectación, desafectación y mutaciones demaniales.

10. Régimen jurídico del dominio público: Inalienabilidad.

Inembargabilidad. Dominio público y el Registro. Servidumbres.

Imprescriptibilidad. Deslinde. Recuperación. Potestad

sancionadora. Utilización del dominio público. Usos comunes: General y

especial. Uso privativo. Autorizaciones y concesiones. Reservas

demaniales.

11. La Administración sancionadora y la Administración

responsable. Principios que informan la potestad sancionadora y el

procedimiento sancionador.

12. Dominio público carreteras (I): Concepto. Modos de

explotación de las carreteras. Carreteras en régimen de concesión.

Elementos funcionales. Áreas de servicio. Estaciones de Servicio.

Uso y defensa. Zonas de protección. Zonas de dominio público,

servidumbre y afectación. Línea de edificación. Publicidad.

Autorizaciones de obras, instalaciones o actividades. Accesos. Uso de

las carreteras. Infracciones y sanciones. Tramos urbanos.

13. Dominio público carreteras (II): Tramitación de

expedientes relacionados con las limitaciones de la propiedad. Publicidad.

Expedientes sobre estaciones de servicio, accesos, paralización

de obras, infracciones y sanciones. Expedientes sobre obras en

las márgenes de tramos urbanos.

Gestión económica financiera

1. El modelo económico español en el marco de la economía

mundial. Líneas generales de la política económica actual. El

sector Servicios y los subsectores de transporte, comunicaciones.

Análisis de las principales macromagnitudes. Incidencias de las obras

públicas en el marco económico social.

2. La actividad financiera de la Administración: Concepto y

normas reguladoras. Organización de la Administración

financiera. Presupuesto y ciclo presupuestario. El ámbito jurídico de la

Administración en vía tributaria. Principio y contenido de la

misma. Principio de legalidad. Teoría jurídica de los ingresos públicos.

Clasificación.

3. El Tributo. concepto y clases. Especial estudio de las tasas

y precios. Contenido de la relación jurídica tributaria. Liquidación

e inspección tributaria. Recaudación y reclamación en vía

tributaria. Los tributos y el Ministerio de Fomento. Figuras de especial

importancia en los campos de la tasa y de la contribución especial.

4. Los Presupuestos Generales del Estado: Contenido y

aprobación: La estructura presupuestaria. La elaboración del

presupuesto.

5. Las modificaciones presupuestarias: Clases de

modificaciones y tramitación. El Presupuesto del Ministerio de Fomento

para el 2000: Principales partidas del gasto. Ingresos gestionados

por el Ministerio de Fomento.

6. Procedimientos ordinarios de ejecución y control del gasto:

Procedimiento común del gasto. Procedimiento común del pago.

Contabilidad y control del presupuesto de gastos.

7. La ejecución de los Gastos Públicos (I): Los gastos de

personal: Retribuciones de los empleados públicos. Elaboración y

pago de las nóminas. Otros gastos de personal.

8. La ejecución de los Gastos Públicos (II): los gastos de

transferencias: Gestión de subvenciones. Gestión de gastos derivados

de la responsabilidad patrimonial del Estado.

9. La ejecución del Presupuesto de Gastos como consecuencia

de la actividad contractual de la Administración.

10. Procedimientos especiales de gasto: Anticipos de caja fija.

Pagos a justificar. Obras de emergencia. Pagos en el exterior.

Convalidación de gastos realizados sin fiscalización. Tramitación

anticipada de expedientes de gasto.

ANEXO IV

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del Ministerio de Fomento

Tribunal titular:

Presidente: Don Cesáreo Clavero Martínez, Escala Técnicos

Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio

Medio Ambiente.

Vocales: Don Francisco Achútegui Viada, Cuerpo de Ingenieros

de Caminos, Canales y Puertos del Estado; don Mariano Martín

Peña, Cuerpo Ingenieros Geógrafos, y don Manuel Pérez Casas,

Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Secretario: Don Juan Escobar Hinojosa, Escala Técnica de

Gestión de Organismos Autónomos.

Tribunal Suplente:

Presidente: Don Emilio Prieto Esteban, Escala Técnicos

Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de

Medio Ambiente.

Vocales: Don Teodoro Estrella Monreal, Escala Técnicos

Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de

Medio Ambiente; don Vicente Cuéllar Mirasol, Escala Técnicos

Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio

de Medio Ambiente, y don José Angel Robles Carbonell, Escala

de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos

del Ministerio de Medio Ambiente.

Secretario: Don Juan Antonio Ortiz Fernandez, Escala de

Técnicos de Administración, a extinguir, de AISS.

ANEXO V

(El certificado debe extenderse en fotocopia de este anexo)

Don/doña ..................................................,

cargo .........................................................,

centro directivo o unidad administrativa ........

CERTIFICO: Que según los antecedentes que obran en este

centro, el funcionario abajo indicado tiene acreditados los

siguientes extremos:

1.o Antigüedad:

Tiempo de servicios reconocidos (años completos) hasta la

fecha de publicación de la presente convocatoria:

2.o Grado personal consolidado:

3.o Datos referidos al puesto de trabajo desarrollado:

Denominación del puesto:

Años completos de servicios prestados en el puesto de trabajo:

4.o Cursos de formación y perfeccionamiento:

Denominación Centro que lo impartió

................................................................

................................................................

................................................................

................................................................

Expedido en .................., a ............ de ...... de ......

(Firma ysello)

(A cumplimentar por el órgano de selección)

Total puntuación en fase de concurso ......

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid