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Documento BOE-A-2000-1684

Acuerdo de 12 de enero de 2000, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convocan pruebas de especialización para cubrir 15 plazas de Magistrado especialista en el orden jurisdiccional social.

Publicado en:
«BOE» núm. 23, de 27 de enero de 2000, páginas 3621 a 3626 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2000-1684

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 311.1 y 2,

314 y concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,

del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica

16/1994, de 8 de noviembre, así como en el capítulo III del

Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial, del Consejo

General del Poder Judicial, por Acuerdo del Pleno de fecha 12

de enero de 2000, ha acordado convocar pruebas de

especialización para cubrir 15 plazas en el orden jurisdiccional social,

con objeto de proveer las necesidades del servicio.

Las pruebas objeto de la presente convocatoria se regirán por

las siguientes bases, y en lo no previsto expresamente, por lo

dispuesto en el capítulo citado del Reglamento 1/1995, de 7 de

junio.

I. Requisitos de los aspirantes

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 del

Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial, podrán

concurrir a las presentes pruebas de especialización los miembros

de la Carrera Judicial que, ostentando la categoría de Juez, hayan

prestado, al menos, un año de servicios efectivos en la misma.

Igualmente, podrán hacerlo los que tengan la categoría de

Magistrado y, como forma de acceso a la Carrera Judicial, los miembros

de la Fiscal con, al menos, un año de servicios efectivos, en todo

caso computados a la fecha de expiración del plazo de presentación

de solicitudes.

Los aspirantes podrán participar en las pruebas que se

convocan cualquiera que sea su situación administrativa, excepto la

de suspensión definitiva.

II. Presentación de solicitudes

1. Las solicitudes para tomar parte en las pruebas que se

convocan, ajustadas al modelo que figura como anexo II, se

presentarán en el Registro General del Consejo General del Poder

Judicial (calle Marqués de la Ensenada, 8, 28071 Madrid),

directamente o por cualquiera de los procedimientos previstos en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, dentro de los veinte días hábiles siguientes

a contar desde la publicación del presente Acuerdo en el "Boletín

Oficial del Estado".

2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 85 del citado

Reglamento, los interesados podrán acompañar a sus instancias

una relación detallada de cuantos méritos y servicios profesionales

deseen aducir, sin que en ningún caso pueda exceder tal

documentación de un paquete de 30 ^ 21 ^ 8 centímetros. La

documentación presentada será trasladada por el Consejo General del

Poder Judicial al Tribunal calificador antes del comienzo del

ejercicio teórico con el fin de que pueda ser tenido en cuenta en

la evaluación.

III. Admisión de candidatos

1. Concluido el plazo de presentación de solicitudes, la

Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en el

plazo de quince días naturales, resolverá acerca de la admisión

o exclusión de los candidatos. El texto aprobatorio del

correspondiente acuerdo se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",

concediéndose a quienes resulten excluidos el plazo de diez días

para que subsanen los defectos advertidos o formulen las

reclamaciones a que hubiere lugar. Los errores de hecho podrán ser

subsanados en cualquier momento, bien de oficio o a petición

de los interesados.

2. Finalizado el plazo de subsanaciones, la comisión

permanente hará pública la relación definitiva de aspirantes admitidos

y excluidos, resolviendo acerca de las impugnaciones formuladas.

IV. Tribunal calificador y reglas de actuación

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 del citado

Reglamento, publicada la relación definitiva a que se refiere el

párrafo anterior, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial

procederá, según lo previsto en el artículo 314 de la Ley Orgánica

del Poder Judicial, a la designación y nombramiento del Tribunal

calificador, cuya composición, que será publicada en el "Boletín

Oficial del Estado", se ajusta a lo dispuesto en el artículo 15 del

mismo Reglamento, con la salvedad que se contempla en el

artículo 89.2.

2. El Tribunal, previa citación hecha en orden de su

Presidente, se constituirá dentro de los diez días naturales siguientes

al de publicación de su nombramiento, levantando la

correspondiente acta, y dirigirá al Consejo General del Poder Judicial una

propuesta comprensiva del calendario de desarrollo de las pruebas,

con señalamiento de la fecha de comienzo del primer ejercicio.

Aprobada esta propuesta, se acordará su publicación en el "Boletín

Oficial del Estado", indicándose también el lugar de celebración

de aquellas. Entre la expresada publicación y el comienzo de las

pruebas deberán mediar, al menos, veinte días.

3. En la sesión de constitución los miembros del Tribunal

en quienes concurre alguna de las causas de abstención

establecidas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

deberán manifestarlo expresamente, salvo que tuvieran

conocimiento de ella en un momento posterior. Por los mismos motivos

podrán los opositores, en su caso, promover la recusación de los

miembros del Tribunal.

4. El Presidente del Tribunal pondrá en conocimiento del

Consejo General del Poder Judicial la abstención o recusación de

cualquiera de sus miembros a fin de que aquel resuelva sobre ella

y proceda, en su caso, a la designación de otro miembro del

Tribunal de la misma condición que el que se hubiera abstenido

o hubiera sido recusado. En el ínterin sin embargo, el Tribunal

podrá seguir actuando si cuenta con el quórum mínimo

reglamentario.

5. El Tribunal no podrá actuar sin la presencia, al menos,

de cinco de sus miembros. En el caso de no hallarse presente

el Presidente del Tribunal será sustituido, con carácter accidental,

por el Magistrado más antiguo, en el supuesto de ausencia del

Secretario, realizará sus funciones el Abogado o, en su defecto,

otro de los miembros del Tribunal por orden inverso a aquel en

que aparezcan enumerados en el acuerdo de su nombramiento.

6. Las decisiones del Tribunal se adoptarán por mayoría de

votos, siendo de calidad, en caso de empate, el voto del Presidente.

El Tribunal resolverá cuantas incidencias se planteen en el

desarrollo de las pruebas que no estén previstas en la presente

convocatoria, o en el Reglamento que le sirve de marco.

7. Las sesiones se documentarán por el Secretario, que

levantará acta de las mismas, suscribiéndolas con el visto bueno del

Presidente. En las actas se indicarán necesariamente los miembros

presentes, las causas de la ausencia de los demás y las

motivaciones de las decisiones del Tribunal, expresando las razones

concretas por las que los opositores, en su caso, hayan sido

suspendidos o invitados a retirarse.

V. Ejercicio teórico, curso y calificación

1. Las pruebas de especialización se realizarán en el lugar

que determine el Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en

el artículo 312.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, lo que

se publicará junto con el señalamiento del día y hora de comienzo

del ejercicio teórico en el "Boletín Oficial del Estado". Consistirán

en la realización de un ejercicio teórico y el seguimiento posterior

de un curso teórico-práctico.

2. El ejercicio teórico consistirá en la exposición oral ante

el Tribunal, constituido en sesión pública, de cuatro temas

extraidos a la suerte, de entre los que componen el programa que

aparece como anexo I al presente Acuerdo. Su distribución, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 del Reglamento de

la Carrera Judicial, será la siguiente: Dos temas del Derecho del

Trabajo, uno de Seguridad Social y uno de Derecho Procesal del

Trabajo, durante un tiempo máximo de ochenta minutos.

Para su realización y calificación se observarán las siguientes

reglas:

a) Se efectuará un solo llamamiento, quedando decaídos en

su derecho los aspirantes que no comparezcan a realizarlo, a

menos que, con anterioridad a dicho acto, justifiquen debidamente

la causa de su incomparecencia, que será apreciada por el

Tribunal, en cuyo supuesto serán objeto de una nueva convocatoria

para cuanto el Tribunal lo acuerde.

b) Los aspirantes, antes de dar comienzo a la exposición,

dispondrán de un máximo de treinta minutos de reflexión, pudiendo

formular por escrito, si así lo desean, un esquema a la vista del

Tribunal.

c) Cuando por unanimidad del Tribunal, consultado a tal

efecto por su Presidente, en cualquier momento de la exposición de

los temas se apreciara una manifiesta deficiencia de contenido,

se invitará al aspirante a retirarse, con indicación del motivo,

dando por concluido para aquél el desarrollo de las pruebas y haciendo

una sucinta referencia en el acta de la sesión correspondiente.

d) Finalizada la exposición de los temas, los candidatos

habrán de responder a las observaciones que sobre el contenido

de los mismos les sean formuladas por los miembros del Tribunal,

durante un período de tiempo que en total no exceda de quince

minutos.

e) Previa deliberación a puerta cerrada, al término de la sesión

de cada día, el Tribunal decidirá por mayoría la aprobación o

desaprobación de cada uno de los aspirantes que hubiesen

actuado. El número de puntos que cada miembro del Tribunal podrá

conceder a cada aspirante que hubiese actuado, será de uno a

cinco por cada tema expuesto. Las puntuaciones serán sumadas,

sin incluir la más alta ni la más baja, dividiéndose el total que

resulte después de hecha esta deducción entre el número de

vocales asistentes cuya calificación se hubiere computado y la cifra

del cociente constituirá la calificación del aspirante.

f) Diariamente el Tribunal hará público en el tablón de

anuncios del local donde se celebren las sesiones el resultado obtenido

por los aspirantes aprobados.

3. Concluido el ejercicio teórico, el Tribunal remitirá al

Consejo General del Poder Judicial la relación de candidatos que lo

hubiesen superado con expresión de la puntuación obtenida, a

fin de que por este órgano se disponga lo necesario en cuanto

a la realización del curso en la Escuela Judicial. El expresado

curso se acomodará a las siguientes bases:

a) Su duración no será inferior en ningún caso a tres meses,

tiempo durante el cual los aprobados realizarán las actividades

de contenido esencialmente práctico programadas para estas

pruebas selectivas.

b) Dicho programa formativo comprenderá elaboración de

resoluciones, estudio de jurisprudencia, seminarios y realización

de trabajos o ponencias sobre las materias anunciadas. Al término

del curso los alumnos que lo hayan seguido elaborarán, bajo la

dirección del profesorado de la Escuela Judicial, una memoria

de las actividades realizadas en el mismo.

c) El programa formativo del curso se elaborará por los

órganos correspondientes de la Escuela Judicial y será sometido a

la aprobación del Consejo General del Poder Judicial. Habrá de

comprender la duración del curso, los extremos a que se refiere

el artículo 312.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la

propuesta de profesorado que haya de dirigirlo.

d) Mientras dure el curso, el Consejo General del Poder

Judicial concederá a los alumnos que hayan de seguirlo las licencias

necesarias para concurrir a la sede de la Escuela Judicial en las

fechas o períodos de tiempo establecidos en la programación, con

el fin de llevar a cabo en la misma las actividades previstas, de

conformidad con lo dispuesto en el título XII del Reglamento de

la Carrera Judicial.

e) Concluido el curso, los profesores que lo hubieran dirigido

presentarán al Tribunal, reunidos en sesión conjunta, un informe

razonado de las actividades realizadas por cada uno de los

aspirantes, con propuesta de calificación. Posteriormente, el Tribunal

elaborará la calificación final de los aspirantes valorando por igual

las puntuaciones obtenidas en el ejercicio teórico y en el curso.

Efectuada esta calificación, la remitirá al Consejo General del

Poder Judicial.

VI. Propuesta de aprobados, nombramientos y destinos

1. El Tribunal calificador remitirá la relación de aprobados

al Consejo General del Poder Judicial colocados por orden de

puntuación global obtenida, sin que puedan comprenderse en la

misma mayor número de plazas que las anunciadas en la

correspondiente convocatoria. Copia de dicha relación se hará pública

en el tablón de anuncios del lugar donde se hayan celebrado las

pruebas.

2. Recibida en el Consejo General del Poder Judicial la

propuesta de aprobados, se acordará su inserción en el "Boletín Oficial

del Estado", procediéndose al nombramiento de los seleccionados

como Magistrados especialistas en el orden jurisdiccional social,

siendo destinados a las vacantes existentes y otorgándose

preferencia a la mejor puntuación obtenida. Los casos de empate

serán resueltos a favor de quien ostente mejor puesto en el

escalafón. Perderán la condición de Magistrado especialista quienes

no tomasen posesión del destino obtenido.

3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 del citado

Reglamento, quienes, hallándose incluidos en la relación de

aprobados no tuviesen cabida dentro de las vacantes disponibles,

quedarán en expectativa de destino, procediéndose a su

nombramiento y destino según se vayan produciendo las correspondientes

vacantes, precisamente por el orden en que figuren en la relación

prevista en el apartado anterior, sin acreditar entre tanto derecho

retributivo alguno pero manteniendo los derechos escalafonales

a que se refiere al apartado siguiente.

4. Los aspirantes con categoría de Juez que resulten

seleccionados se incorporarán al escalafón de la categoría de

Magistrados por el orden de su nombramiento, según la calificación

total obtenida, y a continuación del último de los promovidos

por cualquiera de los turnos previstos en el artículo 311 de la

Ley Orgánica del Poder Judicial.

Los Magistrados que superasen las pruebas de especialización

en este orden jurisdiccional conservarán sus respectivas

situaciones en el orden escalafonal correspondiente a la categoría de

Magistrados, independientemente de la puntuación obtenida.

Sin embargo, de lo dispuesto en los dos párrafos anteriores

el orden de puntuación total obtenida por Jueces y Magistrados

en las pruebas de especialización determinará,

independientemente de sus respectivos puestos en el escalafón general, la preferencia

para ocupar las plazas de especialista en los términos previstos

en los artículos 329.2 y 330.2, en relación con el artículo 332,

todos ellos de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

5. Los aspirantes procedentes de la Carrera Judicial que

accedieren a la Judicial por resultar seleccionados se incorporarán

al escalafón correspondiente a la categoría de Magistrado, por

orden de nombramiento, según la calificación final obtenida, a

continuación del último de los promovidos por cualquiera de los

turnos previstos en el artículo 311 de la Ley Orgánica del Poder

Judicial, quedando sujetos a lo dispuesto en el artículo 311, 4

y 5 de la mencionada Ley.

VII. Recursos

1. Los actos y resoluciones adoptados por el Tribunal podrán

ser impugnados ante el Consejo General del Poder Judicial en

los plazos y por los motivos que establece la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra el presente Acuerdo podrá interponerse

potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día

siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el "Boletín

Oficial del Estado", ante el mismo órgano que lo ha dictado, o

bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo

de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la

publicación de la presente resolución en el "Boletín Oficial del Estado",

ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, de conformidad con

lo dispuesto por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de

enero, y en la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 12 de enero de 2000.-El Presidente del Consejo

General del Poder Judicial,

DELGADO BARRIO

ANEXO I

Programa que ha de regir en las pruebas de especialización

de Magistrados en el orden jurisdiccional social

I. Derecho del Trabajo

Tema 1. El trabajo por cuenta ajena a través de la historia.

Las notas configuradoras del trabajo objeto de Derecho del

Trabajo. Presupuestos históricos del nacimiento del Derecho del

Trabajo. Su proyección en España. Constitucionalización e

internacionalización del Derecho del Trabajo. Concepto y contenido del

Derecho del Trabajo.

Tema 2. La evolución del Derecho del Trabajo en España.

La transición hacia un régimen democrático de relaciones

laborales. La Constitución de 1978. Caracteres y función del Derecho

del Trabajo.

Tema 3. Las fuentes del Derecho: Conceptos y clases. Las

fuentes de producción y las fuentes formales del Derecho del

Trabajo. Las normas laborales del Estado y de las Comunidades

Autónomas. Las ordenanzas de trabajo: Su significación actual.

Tema 4. La norma pactada. La autonomía negocial de las

organizaciones profesionales: Evolución y significado actual. El

convenio colectivo. Concepto y caracteres. Garantías de su fuerza

vinculante. Sus clases ; en particular, los convenios de eficacia

general y limitada.

Tema 5. La costumbre laboral. Los principios generales del

Derecho del Trabajo. Las normas internacionales. Las

instrucciones empresariales y los Reglamentos de Régimen Interior. Alcance.

Tema 6. El Derecho Social Comunitario Europeo. Principios

y caracteres. Fuentes del Derecho Primario: Los Tratados

Comunitarios. Fuentes del Derecho Derivado: Los reglamentos, las

directivas y las decisiones. Las recomendaciones, dictámenes y

resoluciones. La jurisprudencia del Tribunal de Justicia. Relaciones

del Derecho Comunitario con el Derecho Nacional: Eficacia

directa, primacía del Derecho Comunitario.

Tema 7. El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas:

Organización y competencias. La cuestión prejudicial.

Procedimiento ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.

Normas sobre jurisdicción internacional. Reconocimiento y

ejecución de sentencias.

Tema 8. La aplicación de las normas laborales.

Jerarquización y orden de preferencia. Selección de la norma aplicable. El

principio de condición más beneficiosa. El principio de

irrenunciabilidad de derechos. La interpretación del ordenamiento

laboral.

Tema 9. El contrato de trabajo: Concepto y caracteres.

Contrato de trabajo y figuras afines. Relaciones laborales especiales.

Inclusiones y exclusiones.

Tema 10. El empresario: Concepto. La interposición del

empresario. Las contratas y subcontratas de obras y servicios.

Las Administraciones Públicas como empresarios.

Tema 11. El trabajador: Concepto técnico, jurídico y legal.

La capacidad para contratar como trabajador. La aptitud para

trabajar. El trabajador extranjero. La capacidad para contratar

como empresario.

Tema 12. Consentimiento y forma del contrato de trabajo.

La ineficacia del contrato de trabajo. La prueba del contrato:

Presunción de su existencia. El período de prueba: Forma, duración,

efectos y naturaleza jurídica.

Tema 13. El acceso al trabajo. La colocación como función

pública: Principios. El derecho del trabajador a la formación: Los

contratos formativos. Las empresas de trabajo temporal: Régimen

jurídico. El contrato de puesta a disposición.

Tema 14. Clases de contrato de trabajo atendiendo a su

duración: a) Evolución histórica ; b) Régimen jurídico. Los contratos

temporales: Tipología y regulación normativa. La contratación

temporal: Fomento del empleo y de la estabilidad en la

contratación.

Tema 15. La prestación de trabajo: Caracteres. El derecho

a la ocupación efectiva. Igualdad y prohibición de discriminación.

El principio de dignidad de trato. El cumplimiento de la prestación

de trabajo. Los deberes de obediencia y de buena fe: Sus

manifestaciones. La categoría profesional ; referencia a la incidencia

de la negociación colectiva.

Tema 16. Las jornadas de trabajo. Jornadas normal y

especiales. El contrato a tiempo parcial y de relevo. Las horas

extraordinarias: Tipología y régimen jurídico.

Tema 17. El horario de trabajo. Descanso semanal y festivo.

Las vacaciones anuales. Permisos y licencias no periódicas.

Tema 18. Los poderes empresariales: Poder de dirección, de

variación y disciplinario. Deberes del empresario: Deber de

seguridad e higiene en el trabajo, de asistencia y protección del

trabajador. La responsabilidad empresarial.

Tema 19. El salario. La estructura del salario: a) Salario

base ; b) Complementos salariales. Las percepciones

extrasalariales. Modalidades salariales: a) Salarios en dinero y en

especies ; b) Salarios por tiempo y por rendimiento; c) Salarios fijos

y móviles. Referencia a la incidencia de la negociación colectiva.

Tema 20. El salario mínimo interprofesional. Mejoras

voluntarias. La absorción y compensación de salarios. El cumplimiento

de la prestación salarial. Garantías del crédito salarial:

Inembargabilidad y privilegios del salario. El Fondo de Garantía Salarial.

El control de los incrementos salariales: Inembargabilidad, control

público y concertación social. La protección de los trabajos en

el supuesto de insolvencia del empresario en la normativa

comunitaria.

Tema 21. Las modificaciones del contrato de trabajo. La

novación subjetiva: Sucesión de empresas y el principio de subrogación.

Las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo:

Límites y procedimiento. La movilidad funcional y geográfica. La

suspensión del contrato de trabajo. Estudio especial de las

excedencias. Sucesión de empresa y sustitución de empresario en la

normativa comunitaria.

Tema 22. La extinción del contrato de trabajo. Cuadro general

de las causas de extinción. La determinación convencional: a) El

mutuo acuerdo y su documentación ; b) Término final y

condiciones resolutorias. La extinción por muerte, jubilación e

incapacidad del trabajador y del empresario.

Tema 23. La extinción del contrato de trabajo por causas

objetivas: Concepto y caracteres, procedimiento y efectos. Las

llamadas "reconversiones industriales". El despido colectivo:

Concepto y caracteres, procedimiento y efectos.

Tema 24. El despido disciplinario: a) Concepto ; b) Causas;

c) Forma y plazos. La acción por despido y actos extintivos

asimilados.

Tema 25. La revisión del despido: Despido procedente,

improcedente y nulo. La extinción del contrato por voluntad del

trabajador. Prescripción y caducidad de las acciones nacidas del

contrato de trabajo.

Tema 26. Las relaciones especiales del trabajo: Concepto y

clases. Altos cargos y directivos de empresas. Deportistas y artistas

profesionales. Trabajadores al servicio del hogar familiar. Otras

relaciones especiales.

Tema 27. La formación histórica de la autonomía colectiva:

Fases. Concepto y manifestaciones de la autonomía colectiva:

Organizativa, negocial y autotutela. Los grandes sistemas

sindicales.

Tema 28. Autonomía organizativa. Las organizaciones

profesionales. Estudio especial del sindicato. Concepto, naturaleza

jurídica y clases. Su organización interna. Las organizaciones

sindicales internacionales. Las organizaciones empresariales.

Tema 29. La libertad sindical, antecedentes y evolución del

sindicalismo en España. La libertad sindical: Titularidad y

contenido. Las cláusulas de garantía sindical. Régimen jurídico de

los sindicatos. El sindicato más representativo. La protección

internacional de la libertad sindical.

Tema 30. Las representaciones sindicales en la empresa.

Delegados sindicales y sección sindical. Régimen jurídico de su

acción sindical. La protección de los representantes sindicales.

Tema 31. Modalidades de participación del personal en la

empresa: Congestión, control obrero y autogestión. Legalidad

vigente en España. Los delegados de personal, el comité de

empresa y el comité intercentros. Garantías de los representantes del

personal. El derecho de reunión en la empresa: Su régimen

jurídico.

Tema 32. Negociación colectiva en España. Evolución

histórica. Regulación constitucional, la estructura de la negociación

colectiva. Unidades de negociación, los principios de ordenación,

caracteres de la estructura negocial española.

Tema 33. El Convenio Colectivo de eficacia general: Partes,

contenido, procedimiento de elaboración, registro y publicación,

eficacia, adhesión y extensión, interpretación. Nulidad del

Convenio Colectivo. El Convenio Colectivo de eficacia limitada. Los

acuerdos marcointerprofesionales.

Tema 34. El conflicto colectivo: Concepto y clases. Los

procedimientos de composición de los conflictos colectivos en el

derecho comparado. Conciliación, mediación, arbitraje. Su regulación

en España. Efectos de los acuerdos de avenencia y laudos

arbitrales.

Tema 35. La huelga: a) Concepto y clases ; b) Breve

referencia a su evolución histórica. Régimen jurídico de la huelga:

a) Huelgas legales, ilegales y abusivas ; b) Efectos. Los servicios

esenciales.

Tema 36. El cierre patronal: Concepto y fundamento.

Régimen jurídico del cierre patronal: El cierre patronal como poder

de policía. Otras manifestaciones conflictivas.

Tema 37. Competencias del Estado y de las Comunidades

Autónomas en materia laboral. Procedimientos administrativos

laborales. La Organización Internacional del Trabajo. Otras

organizaciones internacionales laborales. Los fondos sociales

comunitarios.

Tema 38. La doctrina del Tribunal Constitucional en materia

laboral.

II. Seguridad Social

Tema 39. Formación histórica de la Seguridad Social.

Sistemas, concepto y principios. Formación de la Seguridad Social

en España. La configuración constitucional. La crisis del sistema

de Seguridad Social y su reforma. Estructura y ámbito del sistema.

Tema 40. La relación jurídica de la Seguridad Social:

Estructura. Campo de aplicación del régimen general. Técnica de

conservación de derechos de los tratados bilaterales. Afiliación: Altas

y bajas de los trabajadores. Situaciones asimiladas al alta y de

cómputo de cotizaciones.

Tema 41. Financiación de la Seguridad Social. La cotización.

La relación de cotización y la relación de trabajo. Bases y tipos

de cotización: Normas generales y supuestos especiales.

Recaudación voluntaria y en vía ejecutiva.

Tema 42. La acción protectora de la Seguridad Social. La

relación jurídica de protección. Las contingencias protegidas. La

especialidad de las contingencias profesionales. El accidente de

trabajo y la enfermedad profesional.

Tema 43. Las prestaciones: Concepto, clases y régimen

jurídico. Incompatibilidades y garantías. Responsabilidad en materia

de prestaciones: a) De los sujetos protegidos ; b) De las

entidades gestoras, colaboradoras y servicios comunes ; c) De las

empresas. Automaticidad de las prestaciones.

Tema 44. Asistencia sanitaria. La protección de la salud:

Problemática económica y sanitaria. La contingencia protegida:

Hechos causantes, beneficiarios y régimen jurídico. Prestaciones.

Tema 45. La organización sanitaria de la Seguridad Social.

Régimen jurídico del personal de la Seguridad Social.

Tema 46. La incapacidad temporal: Situaciones protegidas

y prestaciones. La maternidad: Situaciones protegidas y

prestaciones.

Tema 47. La invalidez permanente: Clases y prestaciones.

Procedimiento: Las comisiones de evaluación y las unidades de

valoración.

Tema 48. Evolución de la protección por desempleo en el

sistema español de la Seguridad Social. Régimen actual: Niveles

contributivo y asistencial. Contingencias protegidas, beneficiarios,

prestaciones y dinámica de la protección.

Tema 49. Regímenes especiales de desempleo. Régimen

agrario. Trabajadores del mar. Socios de cooperativas de trabajo

asociado. Protección por desempeño y crisis económica.

Tema 50. Evolución de la jubilación en el sistema español

de la Seguridad Social. Contingencia protegida, beneficiarios,

prestaciones y dinámica de la protección. Situaciones transitorias.

Jubilaciones anticipadas. Revalorización y mejora de pensiones.

Tema 51. Muerte y supervivencia. Contingencia protegida,

beneficiarios, prestaciones y dinámica de la protección.

Prestaciones familiares.

Tema 52. Regímenes especiales de la Seguridad Social. El

Régimen Especial Agrario. Trabajadores del mar. Trabajadores

autónomos. Funcionarios. Otros regímenes especiales.

Tema 53. La Seguridad Social de los trabajadores emigrantes:

Los Reglamentos Comunitarios 1408/71 y 574/72. Tratados

bilaterales en materia de Seguridad Social.

Tema 54. La gestión del sistema español de Seguridad Social.

Régimen jurídico: Entidades gestoras y servicios comunes.

Colaboración en la gestión. Las mutuas patronales. Las empresas:

Colaboración voluntaria y obligatoria, organizaciones colegiales

sanitarias, entidades concertadas.

Tema 55. Las mejoras voluntarias de la Seguridad Social.

Regímenes complementarios. El ejercicio de los derechos de

Seguridad Social. Caducidad y prescripción de acciones. Prestaciones

indebidas.

III. Derecho Procesal del Trabajo

Tema 56. El origen de los Tribunales de Trabajo. El orden

jurisdiccional social en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Jurisdicción y competencia de los órganos del orden jurisdiccional

social. El proceso laboral. Sus principios.

Tema 57. Las partes en el proceso laboral. Capacidad.

Legitimación. Estudio especial de la intervención de los sindicatos

y asociaciones patronales. Intervención en el proceso del Fondo

de Garantía Salarial. Postulación procesal. La pretensión procesal.

Actos procesales. Requisitos. Vicios y subsanación.

Tema 58. La conciliación previa obligatoria. La reclamación

previa ante la Administración. Actos preparatorios y medidas

precautorias.

Tema 59. La demanda: Requisitos. Examen de defectos y

subsanación. Acumulación de acciones y de autos. La conciliación

judicial. Ratificación o ampliación de la demanda. La contestación

a la demanda. Reconvención. Excepciones dilatorias y perentorias.

Cuestiones previas y prejudiciales.

Tema 60. Excepciones dilatorias y perentorias. Cuestiones

prejudiciales previas. La prueba. Valoración y carga de la prueba.

Tema 61. Medios de prueba. Procedimiento probatorio.

Conclusiones y acta de juicio. Diligencias para mejor proveer. La

sentencia.

Tema 62. Modalidades procesales. Despidos y sanciones.

Reclamación al Estado del pago de salarios de tramitación en

juicios por despido. Extinción del contrato por causas objetivas

y otras causas de extinción.

Tema 63. Conflictos colectivos. La impugnación de

Convenios Colectivos. Caracteres. Competencia. Partes legitimadas y

tramitación.

Tema 64. Vacaciones. Materia electoral: Impugnación de los

laudos ; impugnación de la resolución administrativa que deniega

el registro. Clasificación profesional. Movilidad geográfica y

modi

ficaciones sutanciales de las condiciones de trabajo. Procedimiento

de oficio.

Tema 65. Impugnación de los Estatutos de los sindicatos o

de su modificación. Tutela de los derechos de libertad sindical.

Tema 66. Modalidad procesal en materia de Seguridad Social.

Especialidades en la vía administrativa previa y en la tramitación.

Audiencia al demandado rebelde. Recursos de reposición, súplica

y queja.

Tema 67. Los medios de impugnación. El recurso de

suplicación. Resoluciones recurribles. Motivos del recurso.

Procedimiento. Depósitos y consignaciones. Otros recursos.

Tema 68. El recurso de casación: Resoluciones recurribles.

Motivos de casación. Procedimiento. Depósitos y consignaciones.

El recurso de casación para la unificación de doctrina. La

jurisprudencia del Tribunal Constitucional en materia procesal-laboral.

Tema 69. El recurso de casación para la unificación de

doctrina.

Tema 70. Ejecución de sentencias. Principios generales de

la ejecución en el orden jurisdiccional social. Ejecución definitiva.

Ejecución dineraria: El embargo, realización de los bienes

embargados ; pago de los acreedores; insolvencia empresarial;

intervención del Fondo de Garantía Salarial.

Tema 71. Ejecución definitiva de las sentencias firmes por

despido y frente a entes públicos. Ejecución provisional:

Sentencias condenatorias al pago de cantidades ; sentencias

condenatorias en materia de Seguridad Social ; sentencias de despido;

sentencias condenatorias recaídas en otros procesos.

Tema 72. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional en

materia procesal laboral. La cuestión de inconstitucionalidad ante

el Tribunal Constitucional: Significado, requisitos y tramitación.

Tema 73. El Tribunal de Justicia de las Comunidades

Europeas: Organización y competencias. Recursos directos. Especial

referencia a la cuestión prejudicial. La jurisprudencia del Tribunal

de Justicia de las Comunidades Europeas en materia social.

ANEXO II (ver imagen página 3626).

(1) Sello de registro de entrada en la oficina en que se presente la solicitud o sello del certificado de la Oficina de Correos.

(2) Sello de registro de entrada del Consejo General del Poder Judicial.

(3) Civil, Penal, Contencioso-Administrativo o Social.

(4) Fecha del Acuerdo, día/mes/año.

(5) Juez, Magistrado, Fiscal, etc.

(6) Fecha de toma de posesión en el destino actual.

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