Vista la instancia del Notario de Madrid don Enrique Fosar
Benlloch, en la que, al amparo del artículo 57 del Reglamento
Notarial y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de
la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, solicita se le conceda la
jubilación voluntaria por tener cumplida la edad de sesenta y cinco
años;
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por
el Real Decreto 1474/2000, de 4 de agosto, en su artículo 4,
ha tenido a bien acordar la jubilación voluntaria solicitada por
dicho Notario, y remitir a la Junta de Patronato de la Mutualidad
Notarial un certificado de servicios, al objeto de que por dicha
Junta se fijen la pensión y demás beneficios mutualistas que sean
procedentes, de acuerdo con lo que dispone el Decreto
2718/1973, de 19 de octubre.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento, el de esa Junta
Directiva y demás efectos.
Madrid, 11 de agosto de 2000.-La Directora general, Ana
López-Monis Gallego.
Ilmo. Sr. Decano del Colegio Notarial de Madrid.
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