Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso
de traslados convocado por Resolución de 10 de marzo de 2000
("Boletín Oficial del Estado" de 4 de abril), para cubrir plazas
vacantes para Secretarías de Juzgados de Paz de más de 7.000
habitantes entre Secretarios de Paz a extinguir, Oficiales y Agentes
de la Administración de Justicia ;
Vista la propuesta de la Secretaría de Estado,
Esta Dirección General de Justicia, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 455 y 494 de la Ley Orgánica 6/1985,
de 1 de julio, del Poder Judicial ; el Reglamento Orgánico del
Cuerpo de Secretarios de la Justicia Municipal, aprobado por
Decreto de 12 de junio de 1970, y los artículos 54, 55 y 57
del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, por el que se
aprueba el Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares
y Agentes de la Administración de Justicia, ha dispuesto:
Primero.-Hacer públicos los destinos que con carácter
definitivo han sido adjudicados a los funcionarios que han participado
en el concurso de traslados convocado por Resolución de fecha
mencionada anteriormente, que se corresponden con los
relacionados en el anexo I de la Resolución de convocatoria.
Segundo.-Declarar caducadas las instancias presentadas por
los participantes en el presente concurso que no han obtenido
destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros concursos
de traslados.
Tercero.-Declarar desiertas las plazas no adjudicadas en el
presente concurso, por lo que se cubrirán en la forma prevista
en el artículo 458 de la Ley Orgánica del Poder Judicial por
funcionarios de nuevo ingreso.
Cuarto.-El cese de los funcionarios en su antiguo destino
deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la
publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado" y en
el "Boletín Oficial de Navarra", debiendo posesionarse del nuevo
destino obtenido por concurso en los tres días naturales siguientes
al cese, si no hay cambio de localidad, o en los diez días naturales
siguientes, en caso contrario. El plazo posesorio será retribuido
por la Administración competente respecto a la plaza obtenida
por concurso.
No corresponde el permiso de diez días por traslado de
domicilio con cambio de residencia establecido en el artículo 66.1.b)
del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, al otorgarse un
plazo para tomar posesión retribuido.
Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo en la
Administración de Justicia, el plazo posesorio deberá computarse
desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución
en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial de
Navarra", pero, en este caso, dicho plazo no resulta retribuido,
ya que se produce antes de formalizarse el reingreso y, por tanto,
no puede ser computado como de servicios efectivos.
En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del
presente concurso se encontraran en activo en otro Cuerpo y no
quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la
Administración, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable
para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al Presidente,
Juez, Fiscal o Jefe del organismo de su actual destino un permiso
retribuido de un día, si no hay cambio de localidad, o de dos
en caso contrario, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse
a Canarias, Islas Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso
podrá ser de hasta tres días [artículo 66.1.g) del Reglamento
Orgánico], teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha
inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza
de reingreso.
Por el órgano competente de la Comunidad Autónoma o la
Gerencia Territorial que corresponda, se les concederá la
excedencia de oficio en el Cuerpo de procedencia, si ésta se produce
en un Cuerpo al servicio de la Administración de Justicia, en cuyo
destino se les tendrá por cesados con la fecha anterior a la de
su posesión en el Cuerpo de reingreso, al objeto de evitar la
interrupción en la percepción de sus haberes.
Sin perjuicio de la existencia del plazo posesorio, los
funcionarios a los que se hayan adjudicado plazas definitivamente,
deberán notificar de modo fehaciente a la Dirección General de Justicia
del Gobierno de Navarra, con una antelación mínima de
veinticuatro horas, la fecha en la que efectivamente va a producirse
la toma de posesión.
Las personas que actualmente ocupen, como funcionarios
interinos, las plazas que han sido adjudicadas, cesarán como
consecuencia de la toma de posesión del titular.
Si no se lograra la simultaneidad de publicación de la
Resolución en el "Boletín Oficial de Navarra" y en el "Boletín Oficial
del Estado", los plazos se computarán desde el día siguiente al
de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Contra la presente Resolución podrán los interesados formular
recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de
un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de
la misma en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial
de Navarra".
Pamplona, 4 de septiembre de 2000.-El Director, José María
Abad Alegría.
ANEXO
DNI Apellidos y nombre Destino actual Destino adjudicado Puntuación
17.719.815 Mateo Chico, María Dolores. Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción número 1 de
Lleida.
Juzgado de Paz (Agrupación
Municipal) de Cascante
(Navarra).
6,931
29.147.543 Sagaseta de Ilurdoz Uranga, Soledad. Juzgado de Paz de Tomares
(Sevilla).
Juzgado de Paz (Agrupación
Municipal) de Olite (Navarra).
11,964
46.400.648 García Figueras, María Esperanza. Excedente. Juzgado de Paz (Agrupación
Municipal) de Castejón
(Navarra).
5,522
15.799.192 Jiménez Ollacarizqueta, María Dolores. Excedente. Juzgado de Paz (Agrupación
Municipal) de Etxarri-Aranaz
(Navarra).
0,003
18.204.784 García-Monge Santidrián, María Dolores. Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción número 2 de
Alcañiz (Teruel).
Juzgado de Paz (Agrupación
Municipal) de Corella
(Navarra).
8,439
15.828.938 Ahechu Yetano, María Sagrario. Juzgado de Paz (Agrupación
Municipal) de Baztán.
Juzgado de Paz (Agrupación
Municipal) de Leitza (Navarra).
9,850
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